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La justicia eleva a 10 años la condena a un hombre que intentó matar a otro durante una cita en Bilbao

El Tribunal Superior de Justicia entiende que hubo alevosía y que el trastorno antisocial reconocido al procesado no le hizo perder la voluntad

Condenado Bilbao
El arrestado por la muerte de varios hombres en Bilbao es custodiado por agentes de la Ertzaintza tras registrar un piso en la localidad guipuzcoana de Irun (Gipuzkoa), en mayo de 2022.Juan Herrero (EFE)
J. V.

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha elevado de siete y medio a diez años de cárcel la condena impuesta a un hombre por intentar matar a otro al que había conocido a través de una aplicación de citas en Bilbao, según ha informado este viernes el Poder Judicial. La decisión, que revoca parcialmente una sentencia de la Audiencia de Bizkaia de noviembre de 2023, acuerda una subida de la pena porque los magistrados entienden que el procesado actuó con alevosía y no ven “acreditado” que el “trastorno antisocial de personalidad” que se le reconoció le hiciera perder la voluntad, “siquiera de modo leve”. El Tribunal Superior del País Vasco ha atendido parcialmente el recurso de la asociación LGTBI+ Gehitu, personada como acusación popular, y ha pasado de condenarle por intento de homicidio a hacerlo por tentativa de asesinato.

El procesado por esta causa, Nelson David M. B., de 26 años, está investigado por las muertes de otros cinco hombres, que inicialmente se consideraron fallecimientos naturales, y por dos intentos de homicidio. La última de estas tentativas, cometida en diciembre de 2021, fue la que provocó su detención y su primer juicio. Durante la vista, Nelson David M. B. mantuvo que atacó “por impulso” a su víctima y que por aquel entonces formaba parte de una banda que se dedicaba a embaucar a las víctimas para extraerles el dinero de sus tarjetas bancarias y repartirse el dinero mediante transferencias automáticas por Bizum. La asociación LGTBI+ Gehitu reclamaba que se le condenara a 17 años y 11 meses de prisión y la Fiscalía pedía una pena de nueve años de cárcel.

La Audiencia de Bizkaia declaró probado que conoció a la víctima a través de una aplicación de contactos y que tuvieron una primera cita el 15 de diciembre de 2021. Dos días después, el 17 de diciembre, volvieron a quedar en casa de la víctima y, mientras estaban en el sofá, el acusado, “de forma inesperada” y “guiado con el ánimo de acabar con la vida” del otro varón, trató de asfixiarle. El tribunal reconoció que podría haberle matado y consideró agravante que se hubiera aprovechado de las circunstancias en las que se encontraban (en plena cita), pero no entendió que hubiera habido alevosía, algo necesario para que se considerara un intento de asesinato.

El Tribunal Superior del País Vasco precisa que el hecho de que la víctima hubiera logrado escapar del agresor cuando se cometió el ataque, no elimina la “traición inicial” del acusado, ya que se valió del “clima de familiaridad” y “confianza” que había entre ambos para, de “forma inesperada”, presionar el cuello de la víctima cuando no se podía defender. La resolución recoge también jurisprudencia del Tribunal Supremo que señala que se puede considerar que hay alevosía cuando la capacidad de defenderse de la víctima se anula, pero también cuando se dificulta.

El tribunal superior añade que no se le puede conceder la atenuante de anomalía psíquica que aplicó la Audiencia vizcaína porque no se acreditó que el “trastorno antisocial de la personalidad” y el consumo abusivo de tóxicos tenga un efecto sobre su imputabilidad. “La simple y genérica expresión de que el acusado tenía un trastorno de personalidad y [era] consumidor de tóxicos, sin mayores especificaciones y matices” no permite afirmar que “carecía de voluntad siquiera de modo leve”, se añade en la resolución, en la que se incide en que no existe “ninguna vinculación” entre ese trastorno de la personalidad y el delito contra la vida cometido.

La resolución rechaza, como también hizo el tribunal de instancia, la agravante que pidió Gehitu por considerar que Nelson David M. B. tenía una motivación discriminatoria por la orientación o identidad sexual de la víctima. “Ni de la dinámica comisiva, ni de las circunstancias anteriores y posteriores a los hechos, se deriva ningún dato indicativo de que el acusado actuara guiado por dicho ánimo discriminatorio intolerable”, afirma el tribunal superior, que también rechaza todos los motivos de apelación presentados por la defensa del acusado.

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Desde la detención de Nelson David M. B., los tribunales han reabierto dos casos en los que se encuentra implicado. La más reciente, acordada este enero, investiga la muerte de un hombre en octubre de 2021. En septiembre de 2023, la Audiencia de Bizkaia también acordó reabrir la causa por la muerte de otro hombre en septiembre de 2021.

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Sobre la firma

J. V.
Es redactora de la sección de España, donde realiza labores de redacción y edición. Ha desarrollado la mayor parte de su trayectoria profesional en EL PAÍS. Antes trabajó en el diario Málaga Hoy y en Cadena Ser. Es licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense y Máster de periodismo de EL PAÍS.
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