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Claves de la ley de trata: centrada en las víctimas y protección integral

El texto, que inicia su tramitación parlamentaria, penalizará a quienes se beneficien del trabajo de las personas explotadas

La ministra de Justicia, Pilar Llop, durante una rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el martes en Madrid. Foto: CARLOS LUJAN (EUROPA PRESS) | Vídeo: EPV
Isabel Valdés

De toda la legislación que el Ejecutivo tiene en marcha, quizás la normativa contra la trata de seres humanos sea la única que no ha generado turbulencias, como sí lo hace de forma constante la llamada ley trans —dentro y fuera de la coalición—, la reforma del aborto —entre los bloques de izquierda y derecha en el Congreso—, o la del solo sí es sí, que provocó choques tanto en su tramitación como ahora tras las primeras rebajas de penas a agresores sexuales derivadas de su entrada en vigor. El anteproyecto de Ley Orgánica Integral contra la Trata y la Explotación de Seres Humanos salió el martes en primera vuelta del Consejo de Ministros y tendrá, previsiblemente, un recorrido legislativo más en calma por el consenso que genera la necesidad “democrática” de erradicar el tráfico de personas, como apuntó Pilar Llop, ministra de Justicia.

El principal objetivo es amparar a todas las víctimas de ese tráfico, que es conocido sobre todo en su rama de explotación sexual (que tiene como víctimas de forma mayoritaria a mujeres y niñas), pero que también supone la explotación laboral y está relacionado con la extracción y venta de órganos y tejidos corporales. La legislación es “una herramienta” que supondrá “una lucha eficaz contra las mafias de la explotación, tratantes de personas” que mueven “el tercer negocio más lucrativo, tras las armas y las drogas”, dijo Llop, en la rueda de prensa tras la reunión interministerial que dio luz verde al anteproyecto que firman cuatro ministerios —Justicia, Interior, Igualdad e Inclusión, y Seguridad Social y Migraciones—, y que se ha cerrado con las aportaciones de nueve departamentos más.

Ahora tendrán que comenzar los trámites en el Congreso, las aportaciones de los distintos grupos, los informes correspondientes de los órganos consultivos como el Consejo de Estado o el Consejo General del Poder Judicial, pasará por el Senado y tendrá una segunda vuelta en el Consejo de Ministros. Todo en un año. O ese es al menos el “deseo” del área de Pilar Llop, que quiere que la norma, que se está tramitando por vía de urgencia, quede aprobada en este periodo legislativo. A la espera de todos los cambios que se puedan producir, de lo que aún carece es de asignación presupuestaria; algo que es relativamente habitual en los primeros textos legislativos.

Por el momento, con las cuestiones que ha fijado esta primera redacción de la ley, estas son algunas claves:

Las víctimas, en el centro

La ministra de Justicia, Pilar Llop, calificó el martes la norma como “victimocéntrica”, es decir, con las víctimas, su protección, asistencia, reinserción y reparación en el centro, evitando la revictimización. Para ello, el texto despliega un amplio abanico de derechos que cubre de forma especial a los menores y que incluye la privacidad y la protección de su identidad, la asistencia jurídica gratuita, la inserción social y laboral, el acceso a la prestación del ingreso mínimo vital y a la vivienda; también a la reparación integral y a la indemnización y restitución, tanto dentro como fuera del proceso judicial que pudiera darse.

Estos derechos se garantizan “con independencia de su nacionalidad, española o extranjera, y de su situación administrativa o cualquier otra circunstancia personal o social”, y también desligándolos de la interposición de denuncia o la participación de la víctima en la investigación o el eventual proceso penal, una cuestión clave en un contexto como el de la trata, en el que las víctimas y muchas veces sus familias viven bajo la amenaza de quienes trafican con ellas.

También por eso, la norma establece desde el primer momento su derecho a ser protegidas. Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado harán una evaluación de los riesgos para ellas, sus familiares o allegados que residan en España, “y sobre esa base adoptarán las correspondientes medidas específicas para su protección”.

Tanto esa protección como la asistencia se ajustarán a la tipología de trata a la que hayan sido sometidas y al perfil y estado de la víctima (salud física y psíquica, si han sufrido violencia física, psicológica o sexual, estado de gestación, discapacidad o edad), con intérpretes y mediadores cuando sean necesarios, también en la información obligatoria a la que tendrán que tener acceso desde el momento de su detección sobre todas las medidas de protección y seguridad, los derechos y ayudas y todos los servicios de atención, emergencia, apoyo y recuperación integral.

“También se informará sobre el derecho a denunciar, el procedimiento para obtener asesoramiento y defensa jurídica y posibles indemnizaciones y recursos [como el alojamiento apropiado y seguro, incluido un recurso habitacional de urgencia, recursos básicos de subsistencia, asistencia médica, psicológica y social especializada o asesoramiento legal]”, y también toda la información sobre la posibilidad de volver a su país de origen en un “retorno asistido”.

Ese regreso se ofrecerá a “las víctimas tanto nacionales como extranjeras, sean o no residentes en España”, y se hará “tras una evaluación individualizada del riesgo para su vida e integridad en el país al que retorne y cuando conste que el organismo o entidad que acogerá a la víctima en destino proporcionará como mínimo la asistencia médica, psicológica y social que necesita”.

En caso de que la víctima estuviese de forma irregular en España, no tuviese documentación y quisiera volver a su país, “la autoridad competente emitirá los documentos de viaje u otras autorizaciones necesarias para que pueda viajar a su país de origen o de residencia y reingresar en él. En ningún caso quedará constancia de la situación de trata y explotación de la persona en la documentación expedida o en los archivos administrativos”.

Mecanismo Nacional de Derivación

El Mecanismo Nacional de Derivación (MND) será el órgano que dará pie a que se desplieguen todos los derechos y recursos que establece la norma, y estará adscrito a una Relatoría Nacional sobre Trata y Explotación de Seres Humanos, dependiente del Ministerio del Interior, que también se creará. Su función, que llevarán a cabo las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en coordinación con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, será “la inmediata derivación de las presuntas víctimas de trata y explotación a los servicios especializados de asistencia y protección, y la ejecución del procedimiento de identificación provisional de las víctimas”.

Algunos de los detalles de este nuevo organismo fueron los que el lunes por la tarde retrasaron el cierre del texto del anteproyecto. Justicia, Interior e Igualdad negociaron a contra reloj la incorporación de personal especializado a su funcionamiento. Igualdad quería que servicios sociales, la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género y las Unidades contra la Violencia de Género de las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno estuvieran ahí. E Interior, de acuerdo con que formasen parte del mecanismo, quería que lo fueran “en funciones de apoyo y cuando sean requeridas para ello por las Fuerzas de Seguridad y, sobre todo, para la parte asistencial”.

Finalmente, el MND contará con una fusión de lo que solicitaban las áreas de Irene Montero y Fernando Grande-Marlaska: “Unidades Multidisciplinares de identificación en cada provincia, formadas por un representante a nivel provincial de las unidades especializadas de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y por la Unidad de Violencia sobre la mujer integrada orgánicamente en la Delegación del Gobierno, Subdelegación del Gobierno o Dirección Insular que corresponda”.

Nuevos delitos y penas para los puteros

El anteproyecto “aborda conjuntamente la lucha contra todas las formas de trata de seres humanos (no solo la trata con fines de explotación sexual, en la que se ha centrado hasta ahora principalmente la Estrategia española de lucha contra la trata) y contra todas las formas explotación que constituyen la finalidad de la trata, incriminando el trabajo forzoso, la servidumbre, la esclavitud y todas las formas de sometimiento forzoso a explotación”, dice el preámbulo.

Así, el texto se refiere “a todas aquellas formas de explotación vinculadas a las finalidades de la trata y que tienen como denominador común la imposición de cualquier trabajo, servicio o actividad, regulado o no, lícito o ilícito, cuya prestación se exige a una persona en una situación de dominación o ausencia de libertad de decisión para prestarlo o abandonarlo”.

Ese concepto engloba la esclavitud, la servidumbre y los trabajos o servicios forzosos, la mendicidad, la realización de actividades delictivas, la prestación de servicios sexuales o reproductivos, la extracción de órganos o tejidos corporales y la celebración, por cualquier rito, de matrimonios o uniones de hecho forzadas.

En torno a la explotación sexual, el texto contempla penas de cárcel en la línea de la propuesta socialista para perseguir el proxenetismo en todas sus formas. El anteproyecto fija entre uno y cuatro años para los puteros: “Quien, sin haber intervenido como autor o partícipe, haga uso de los servicios, prestaciones o actividades de la víctima [...] será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años”. Y quedan exentos quien “habiendo utilizado ocasionalmente los servicios, actividades o prestaciones de una víctima [...] denunciare el hecho a la autoridad antes de la apertura del procedimiento o de las correspondientes diligencias policiales o judiciales”.

También se contempla la penalización con entre cinco y ocho años de cárcel a quien sea autor “del delito de trabajos o servicios forzosos”, es decir, quien “ejerza sobre una persona un poder de disposición o control, y empleando violencia, intimidación o engaño, o abusando de una situación de superioridad o de necesidad o de vulnerabilidad de la víctima, la obligue a realizar cualquier trabajo o servicio, incluyendo prestaciones o actividades de naturaleza sexual, la mendicidad y la realización de actividades delictivas”.

Y por último, para la llamada tercería locativa, de uno a cuatro años para quienes faciliten esa explotación “mediante el alquiler o puesta a disposición de locales de negocio, establecimientos comerciales o de lugares de alojamiento de las víctimas”.

El objetivo de la norma, después de cumplir con su “eje vertebrador”, “la protección y asistencia a las víctimas”, es también “desincentivar la demanda y tratar de romper la cadena de negocio que se genera utilizando a los seres humanos como mercancías”, explicó la ministra de Justicia el martes. Algo para lo que la norma ha incluido medidas de sensibilización, prevención y educación afectiva y sexual en un plan que se extiende al ámbito educativo, al de la publicidad y los medios de comunicación, al sanitario, y al sector privado y empresarial.

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Sobre la firma

Isabel Valdés
Corresponsal de género de EL PAÍS, antes pasó por Sanidad en Madrid, donde cubrió la pandemia. Está especializada en feminismo y violencia sexual y escribió 'Violadas o muertas', sobre el caso de La Manada y el movimiento feminista. Es licenciada en Periodismo por la Complutense y Máster de Periodismo UAM-EL PAÍS. Su segundo apellido es Aragonés.

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