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El tuitero Alvise Pérez, condenado a pagar 60.000 euros al exministro José Luis Ábalos por “graves daños morales”

El denunciado publicó imágenes y comentarios sobre el entonces miembro del Gobierno y dirigente socialista que la justicia obliga a suprimir con el texto que las comentaba

El diputado socialista José Luis Ábalos, en junio de 2021, cuanto todavía era ministro de Transportes y secretario de organización del PSOE, en Valencia.
El diputado socialista José Luis Ábalos, en junio de 2021, cuanto todavía era ministro de Transportes y secretario de organización del PSOE, en Valencia.Jorge Gil (Europa Press)
El País

El tuitero Alvise Pérez ha sido condenado por vulnerar la intimidad y el honor del exministro socialista de Transportes, José Luis Ábalos, con la difusión en redes sociales en 2021 de imágenes del político en la terraza de su domicilio particular tomadas sin consentimiento y acompañarlas de un texto con tono despectivo e insultante. La jueza María de los Ángeles Martín, magistrada del juzgado de primera instancia número 103 de Madrid, ha condenado a Luis Pérez (verdadero nombre del polemista), que tenía en aquella época 223.500 seguidores en la citada red social, a indemnizar con 60.000 euros al diputado socialista por los “graves daños morales” que le ha ocasionado. Además, el tuitero condenado debe realizar “cuantas actuaciones sean necesarias” para que se supriman de su cuenta de Twitter las fotografías y el texto por el que ha sido demandado y que también desaparezcan de los buscadores de internet. La decisión judicial, recogida en una sentencia fechada este jueves, puede ser recurrida ante la Audiencia de Madrid.

La sentencia, de diez páginas, explica que el tuitero no atendió a los requerimientos judiciales y ha sido juzgado en situación de rebeldía. La jueza Martín recoge que las fotografías del entonces ministro de Transportes, en las que aparecía en actitud pensativa en la terraza de su casa, se realizaron en el “ámbito más privado” y eran “ajenas totalmente a su función pública”. No consta, según el texto judicial, que esas imágenes se tomaran con el consentimiento del político, que aparece “en todo momento ajeno a la posibilidad de que pudiera ser fotografiado”. Según la jueza, estas fotos “no tienen ningún interés ni relevancia pública” y constituyen una “intromisión ilegítima en la intimidad”.

El tuitero publicó esas imágenes el 30 de enero de 2021 y las acompañó del siguiente texto: “¿Qué opinarías de la salud mental de un Ministro que se pasa la tarde mirando fijamente un par de pájaros enjaulados...?”. La jueza no ve “la menor duda” de que el tuitero demandado estaba sugiriendo que el político “adolece de salud mental por estar mirando a unos pájaros o plantas” y considera que la frase es “sumamente vejatoria” porque pone en duda “no solo su capacidad mental, sino su profesionalidad como ministro de España”, y, por tanto, su prestigio y reputación, algo que se considera un atentado contra su fama y honor.

El escrito judicial explica que esas intromisiones fueron reiteradas por otros medios el mismo día de la publicación y al siguiente en diversos medios, entre los que cita al diario.es, la última hora o diario crítico. A pesar de que el tuitero lo retiró dos días después, sigue apareciendo en los buscadores de la red. “Si bien la libertad de expresión tiene un ámbito de acción muy amplio en su comunicación o exteriorización no implica sobrepasar la crítica, en este caso a un miembro del gobierno, dando a sus comentarios un matiz denigrante, pues al ser así debe prevalecer la protección del derecho al honor”, explica la jueza.

Con respecto a los 60.000 euros que fija como indemnización, la sentencia recoge que para estimar esta cantidad se ha tenido en cuenta que se utilizó “claramente” la imagen del entonces ministro Ábalos para desprestigiar su labor como miembro del Gobierno; que se divulgó de forma masiva porque tenía 223.000 seguidores y se amplificó con la difusión de otros medios. También ha influido en el cálculo de la indemnización, la dificultad para hacer desaparecer esas manifestaciones una vez publicadas en la red social. “Se considera que la cantidad de 20.000 euros por cada una de las acciones ejercitadas [de] intromisión ilegítima en su honor, intimidad e imagen es una cantidad ponderada”, estima. La jueza ha condenado al tuitero a que “se abstenga” en el futuro de realizar “actos semejantes” y también a que asuma las costas del procedimiento judicial.

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