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EL 'CASO LIAÑO'

Un informe unánime

Un informe de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado determinó en marzo de 1997 que de la denuncia presentada días antes contra Sogecable no se desprendía la existencia de delito alguno. El informe, elaborado por Eduardo Torres-Dulce, fiscal jefe de esa secretaría, fue apoyado luego por unanimidad por los otros fiscales integrantes de la citada secretaría y por el propio fiscal general del Estado en esa época, Juan Ortiz Úrculo.Así se lo comunicó Ortiz Úrculo a los fiscales de la Audiencia Nacional Eduardo Fungairiño e Ignacio Gordillo. Ese informe se refería a la denuncia relativa al "depósito de garantía" aportado por los abonados a Canal + a cambio del descodificador y concluía: "Tales hechos, así expuestos o considerados, no revisten caracteres de delito". Añadía el documento que, en todo caso, los hechos descritos en la denuncia estarían prescritos y agregaba: "La mayoría de la doctrina y de la jurisprudencia no admite la existencia de la apropiación indebida por el hecho de que se disponga por el depositario de ese dinero (piénsese en el absurdo de una querella contra un banco por el hecho de haber invertido mediante la concesión de un préstamo a un cliente los fondos depositados en una cuenta corriente de otro)". "No estamos, pues, ante un delito de apropiación indebida", aseguraba después.El mismo informe se refería a la "dudosa existencia de perjudicados" y precisaba: "No consta que haya habido algún abonado al que se le haya denegado la entrega de su depósito a cambio de la entrega del descodificador".

Más información
El fiscal general informó a Gordillo de que no había delito en Sogecable
El portal de Belén

Finalmente, también indicaba el informe: "No parece que la alteración unilateral de las condiciones de un contrato pueda reputarse estafa".

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