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Acuerdo en la Unión Europea para regular las patentes de seres vivos

Se podrán proteger genes y otras partes del cuerpo

Los ministros europeos encargados del mercado interior dieron ayer el primer paso en el proceso de aprobación de la polémica directiva sobre la protección jurídica de invenciones biotecnológica - como la soja transgénica-, que había sufrido reiterados retrasos en los últimos años por el desacuerdo entre la Comisión Europea y el Parlamento Europeo en relación con aspectos éticos en las patentes de los seres vivos.

El texto, que tiene en cuenta las objeciones presentadas por los parlamentarios, permitirá armonizar las legislaciones de los países europeos y ha sido aprobada con la esperanza de que fomente el desarrollo industrial de la biotecnología en Europa, muy inferior al de Estados Unidos. Sin embargo, la directiva es criticada por muchas organizaciones no gubernamentales porque, entre otras cosas, amenaza los derechos de países del Tercer Mundo respecto a su diversidad biológica, protegidos en principio por el Convenio de Biodiversidad.El texto debe ser aprobado todavía por el Parlamento Europeo antes de obtener el visto bueno definitivo del Consejo de Ministros. Contiene diversas exclusiones respecto a la patentabilidad. No se permite la patente de procedimientos para la clonación de seres humanos o modificación de su identidad genética, el uso de embriones con fines comerciales, la ingeniería genética en animales sin "beneficios médico sustancial" o las terapias de células germinales (que se trasmiten a la descendencia).

Puntos principales

Los restantes puntos principales del texto aprobado son:- Una materia biológica aislada de su medio ambiente natural o producida con ayuda de un procedimiento técnico puede ser objeto de una invención, incluso aunque preexistiera en estado natural.

- Las invenciones relativas a las plantas o animales son patentables si su aplicación no está técnicamente limitada a una variedad o una raza.

-Un elemento aislado del cuerpo humano, como un gen, producido por un procedimiento técnico puede ser patentable aunque su estructura sea idéntica a la del elemento natural. Es decir, no se pueden patentar el puro descubrimiento de un gen, pero sí el gen cuando se reproduce fuera del organismo al que pertenece.

-Las invenciones cuya comercialización sea contraria al orden público o a las buenas costumbres no son patentables.

La industria acogió ayer con satisfacción este primer paso para aprobar la directiva, pero algunos grupos contrarios a ella expresaron su esperanza de que no supere el trámite parlamentario. La diputada irlandesa Nuala Ahern del grupo de Los Verdes en el Parlamento Europeo, la calificó ayer como "un regalo anticipado de Navidad para la industria" que "concederá el control del monopolio comercial sobre las secuencias genéticas humanas".

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