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La violación de la fe pública

Lo que se ventila en el juicio que acaba de celebrarse contra Ignacio Coca y otras seis personas son delitos de falsedad en documento público, materializados en 21 escrituras notariales y en una serie de pólizas de transmisión de acciones. Al Estado corresponde garantizar que la fe pública no resulte violada, pero el mismo Estado, que, a través del fiscal, reclama una respuesta penal a la violación de la fe pública, coloca este bien jurídico en las manos privadas de profesionales de elite que obtienen pingües ganancias como fedatarios de los negocios jurídicos, pero a los que pocas veces se les exigen responsabilidades por las falsedades que se perpetran en su presencia o, a veces, con su colaboración.Según los alegatos de los abogados, los fedatarios conocieron plenamente lo que se hacía, por lo que no hubo delito alguno. Por el contrario, desde la perspectiva de la ley, si se declarara probado que se produjeron falsedades con el conocimiento de los notarios o agentes de cambio y bolsa que intervinieron en los documentos, lo lógico sería extender la responsabilidad de los supuestos violadores de la fe pública a sus presuntos colaboradores instrumentales.

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