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El Supremo ampara a un periodista frente a la AVT

El Tribunal niega que un reportaje publicado por la revista Interviú en 2007 haya lesionado el honor del expresidente de la Asociación de Víctimas de Terrorismo

Las informaciones publicadas sobre la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), el principal colectivo de perjudicados por atentados, tienen “indudable interés público” debido a que esta organización se financia en gran parte con fondos públicos. Así lo estima la Sala Civil del Tribunal Supremo, que ha negado que un reportaje publicado por la revista Interviú en 2007 y titulado El cortijo de Alcaraz haya lesionado el honor del expresidente de la asociación, Francisco José Alcaraz, y su esposa, María del Carmen Álvarez.

El artículo reflejaba las discrepancias que, en el seno de la AVT, había causado la llegada al poder de Alcaraz. En él se acusaba a este de actuar despóticamente respecto a empleados y asociados. También se describía cómo había colocado a su esposa al frente del departamento jurídico sin que tuviera estudios para ello. Además, se señalaba la supuesta opacidad en el manejo de los fondos y la salida de la mitad de su plantilla por su enfrentamiento con el expresidente.

Alcaraz y su esposa denunciaron a la revista y al autor de la noticia, Juan José Fernández, al considerar que dañaba su derecho al honor. En primera instancia, un juzgado de Jaén condenó a la publicación a pagar una indemnización de 12.000 euros a cada uno así como a publicar en sus páginas el texto íntegro de la sentencia. La Audiencia de esa provincia confirmó después esa primera resolución.

Interés relevante

El Supremo ha corregido ahora a ambos tribunales al considerar que la información tenía “indudable interés público”. “Esta asociación”, la AVT, “es una de las más respetadas por la integración en la misma de personas relacionadas con atentados”, pero también por “las subvenciones públicas obtenidas, siendo una de las que más fondos públicos obtiene”. Por eso, toda noticia sobre la gestión de su presidente es “de un interés público relevante”.

Pero, además, el alto tribunal considera veraz la información. “La esposa del señor Alcaraz fue coordinadora del área jurídica con el anterior presidente de la asociación y fue renovada en el cargo por la nueva junta directiva”, de la que su marido era presidente, dice. Respecto a la oscuridad en el manejo de las cuentas los magistrados recuerdan que las primeras sentencias declararon probado que solo se daba acceso a ellas a los socios que lo pedían, “pocos”, como mantenía la información.

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