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El TS anula el reparto de un premio de lotería logrado con un falso testimonio

El tribunal estima el recurso de una mujer que tuvo que entregar la mitad de lo ganado a su exmarido porque la vendedora de cupones mintió en el juicio

El Tribunal Supremo ha estimado el recurso de revisión de una mujer a la que correspondió un premio de 75 millones de pesetas (125.000 euros) de la ONCE y cuyo exmarido consiguió de un tribunal que le entregase la mitad gracias al falso testimonio de la vendedora de los cupones, con la que compartió las ganancias.

En el año 2000, Juan B., por aquel entonces marido separado de Montserrat C. reclamó a esta la mitad del premio de la lotería, alegando que durante el matrimonio, en el año 1995, había sido él el que había comprado los cupones de la ONCE que resultaron premiados con 75 millones de pesetas.

Un juzgado de El Vendrell (Tarragona) dio la razón al exmarido y condenó a la mujer al pago de la mitad el premio, 37,5 millones de pesetas. (62.500 euros). Dicha sentencia se basó en el testimonio de María Isabel Crespo, la arrendataria del bar donde Juan adquirió los cupones, que en el juicio testificó que los cupones se los había vendido al marido.

El marido prometió la mitad del dinero a la vendedora para que declarara a su favor

La Audiencia de Tarragona rechazó la apelación de Montserrat C., pero en 2002 otro juzgado condenó a María Isabel Crespo por delito de falso testimonio. La arrendataria que vendió los supones reconoció, en una conversación que grabada por Montserrat C., que los cupones se los había vendido a ella, y que su declaración en el juzgado habría sido otra si ambas hubieran llegado a un acuerdo, como hizo con su exmarido. En la conversación grabada la vendedora también reconoció que había impuesto sus condiciones a Juan, entre ellas la de que le diera la mitad de la cantidad lograda con la sentencia, es decir, la mitad de los 37,5 millones de pesetas.

Con la condena por falso testimonio de la vendedora de los cupones, Montserrat pidió al Supremo la revisión del juicio en el que la condenaron a ella a dar la mitad del premio a su exmarido. Y el Supremo acaba de fallar a su favor, dado que el testimonio de la vendedora de supones fue “relevante” como prueba directa para concluir que Montserat debía devolver la mitad del premio a su exmarido.

En consecuencia, el Supremo ha rescindido totalmente la sentencia que condenó a Monsterrat y ha ordenado celebrar un nuevo juicio en el que pueda tenerse en cuenta la realidad de lo acontecido.

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