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Punto de observación
Columna
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Demasiados jueces en este tribunal

El Tribunal Constitucional está tomado cada vez más por jueces, ocho de once, y ex­miembros del Tribunal Supremo

Tribunal Constitucional
Patricia Bolinches
Soledad Gallego-Díaz

La elección de los nuevos miembros del Tribunal Constitucional, así como de su presidente y vicepresidenta, es una buena noticia en cuanto que pone fin, casi, a una grave anomalía: la permanencia en los cargos de aquellos cuyo mandato ya había caducado. El “casi” se debe a que aún falta que el Senado elija a un duodécimo magistrado, algo que al parecer no sucederá mientras que siga en pie una anomalía aún más descarada: la renovación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que veta el Partido Popular pese a que su mandato caducó, increíblemente, hace más de cuatro años.

Al menos se ha resuelto parte de lo más urgente. Quizá sea un buen momento para llamar la atención sobre otros problemas que aquejan al Tribunal Constitucional y que no son resultado de la agitación de los últimos meses, sino que vienen de lejos. Por ejemplo, el hecho de que el Constitucional esté tomado cada vez más por jueces y exmiembros del Tribunal Supremo: de los once miembros actuales, ocho proceden de la carrera judicial y solo tres son catedráticos. De los ocho miembros que proceden de la judicatura, cuatro han sido miembros del Tribunal Supremo. Da la impresión de que algunos jueces creen que el culmen de su carrera ya no es acceder a esa magistratura, sino que existe aún un paso más que dar para completar el recorrido: pasar al Constitucional. Es una pésima idea, porque el TC no tiene nada que ver con la judicatura y porque, bien al contrario, ha tenido históricamente serias diferencias con el Supremo.

El primer Tribunal Constitucional, en 1980, tuvo un presidente que era catedrático de Derecho Constitucional (y además, un sabio en la materia), Manuel García-Pelayo, y un vicepresidente que procedía del Supremo, Joaquín Arozamena, pero en su conjunto, nueve de sus miembros llegaron desde la Universidad, y solo tres, desde la judicatura. De los once presidentes que ha tenido el TC hasta hoy, nueve han sido catedráticos, y solo dos, jueces. De los once vicepresidentes, seis catedráticos y cinco jueces. Por primera vez, presidente y vicepresidenta proceden de la carrera judicial (Cándido Conde-Pumpido fue miembro del Supremo antes que fiscal general, e Inmaculada Montalbán, presidenta de Sala en el Tribunal Superior de Andalucía).

El Tribunal Constitucional se creó precisamente como un órgano ad hoc, situado fuera del Poder Judicial cuya mayoría siempre conservadora facilitaba determinadas posiciones políticas. Como explicó el recordado Pablo Pérez Tremps, catedrático y miembro del Constitucional entre 2004 y 2013, el empeño del Tribunal Constitucional en hacer efectiva su supremacía normativa, con creciente malestar del Supremo, “resultó decisivo para modificar la actuación de los jueces y tribunales ordinarios que, poco a poco, y no sin dificultades, fueron asumiendo esa nueva concepción de la Constitución y los valores y principios contenidos en ella”. La anulación de decisiones judiciales cuando resultaban contrarias a los derechos fundamentales permitió que se produjera una especie de “pedagogía constitucional” entre los jueces.

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El Tribunal Constitucional nació con voluntad de reflejar una pluralidad amplia, inclusiva, un punto de conexión con la realidad social y política del país. Sus argumentos, como intérprete máximo de la Constitución, tuvieron siempre un lado filosófico, sociológico y moral. Llenar el Tribunal Constitucional de jueces es, en cierta manera, hacerle perder su papel, porque la aplicación de la ley no ha sido nunca su cometido. El cumplimiento y la interpretación de la Constitución exigen, seguramente, muchos más conocimientos que el entendimiento de las leyes.

Con ocasión de la decisión del Constitucional de anular una sentencia del Supremo y declarar firme la anterior de la Audiencia, hecho que motivó un fortísimo malestar judicial en 1994, Francisco Rubio Llorente escribió que algunos partían de un supuesto erróneo: “El que en España hay dos Tribunales Supremos. Uno, el que así se llama, para la interpretación de las leyes; otro, que no se llama Supremo, sino Constitucional, solo para lo que tiene que ver con la Constitución”. El artículo se titulaba Supremo no hay más que uno, pero no es el verdadero. El Constitucional no es la voz de la ley y seguramente no necesita tantos jueces.

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