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La Audiencia de Pontevedra absuelve al policía de Vilagarcía acusado de cohecho

El fallo reprocha la “pérdida de memoria” del conductor que acusó al agente de cobrarle 2000 euros por no tramitar una multa

Control de alcoholemia de la Guardia Civil.
Control de alcoholemia de la Guardia Civil.jaime villanueva

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha absuelto de un delito de cohecho al policía local de Vilagarcía, Marcial D.F. al que previamente un jurado popular había declarado no culpable. El veredicto concluye que, si bien se probó que durante la madrugada del 12 de septiembre de 2013 el acusado le realizó las pruebas de alcoholemia a un conductor, no se acreditó durante el juicio que este le pidiese dinero a cambio de no enviar al juzgado el atestado por delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas.

La Audiencia indica en su sentencia que el tribunal del jurado entendió que la prueba de cargo practicada fue “insuficiente para llegar a la condena del encausado. En esencia, porque el testimonio prestado por el conductor en sede de instrucción no se ha visto corroborado por otros datos objetivos ajenos a la propia declaración”.

Así, la sala considera que no había pruebas para condenarle, ya que el principal testigo de cargo y denunciante del acusado cambio su versión durante la vista oral, y no hubo otros indicios para sostener el informe de acusación de la Fiscalía de Pontevedra. El fallo incluso llega a cuestionar la versión inicial del testigo que dio origen a la causa por “la actitud que mostró en el juicio, al reiterar de manera contumaz que no recordaba nada”.

“Existen imprecisiones por ejemplo en lo relativo a la forma en la que el acusado contactó con él o a las veces que se entrevistaron”, recoge la sentencia. Además, señala que no existe prueba alguna que permita afirmar que el acusado se desplazó en un coche blanco hasta el domicilio del conductor para pedirle dinero, y, mucho menos, que ese supuesto vehículo se correspondiese con el que la Policía Local tenía asignado a uno de sus agentes.

Finalmente, la sala recoge el veredicto del jurado en el que pone de manifiesto que, aunque el atestado por alcoholemia no llegó al Juzgado, no pudieron concluir que ello se debiera a la actuación del acusado. Se basaron para ello en el testimonio de la que era la jefa de la Policía Local de Villagarcía cuando se produjeron los hechos.

La testigo afirmó que, a petición de la Policía Nacional, realizó las comprobaciones personalmente, y no apareció el atestado en el registro de salida ni en ningún otro sitio. Sin embargo, la entonces jefa de la Policía Local explicó que dado el lugar donde se hallaba la carpeta en la que se archivaban los atestados que había que entregar en el Juzgado (extremos sobre el que testificaron diversos agentes de manera coincidente), “cualquiera pudo haberlo cogido, ya que por aquel entonces no existía una custodia específica de estos documentos”, refiere el fallo.

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