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ERC propone una pena máxima de tres años de cárcel en los casos de malversación sin ánimo de lucro

La enmienda presentada este viernes por los republicanos diferencia la gravedad del delito según el beneficio obtenido por el acusado o terceros

Camilo S. Baquero
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, se reúne con el portavoz de ERC, Gabriel Rufián, en una imagen de archivo.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, se reúne con el portavoz de ERC, Gabriel Rufián, en una imagen de archivo.Efe

ERC ya ha registrado este viernes en el Congreso la enmienda que busca que la reforma del Código Penal también alcance al delito de malversación. El texto, que ahora podrá ser objeto de transacciones con otros grupos, y que analizará el lunes la Comisión de Justicia, revierte la reforma hecha por el PP en 2015 y vuelve a poner como centro de gravedad la existencia o no del ánimo de lucro. Diferenciando este hecho (a la manera de países como Italia o Francia), los republicanos proponen una horquilla de penas. Si no se acredita el beneficio personal o a un tercero, el tiempo en prisión establecido va de seis meses a tres años. En su variante más grave, se mantiene hasta los 12 años. Ese esquema beneficiaría, por ejemplo, a casi 40 ex altos cargos de la Generalitat con causas en los tribunales (12 de ellos de ERC), a algunos de los condenados por el procés y a Carles Puigdemont y los otros huidos de la justicia en Bélgica.

Tras días de negociaciones intensas y críticas dentro y fuera de los partidos de gobierno, el debate ahora se centrará en la letra pequeña. Ni PSOE ni Podemos han incluido en sus enmiendas una propuesta para la malversación, informan Javier Casqueiro y Paula Chouza, aunque sí está sobre la mesa negociar transacciones. Los socialistas y los republicanos niegan que el texto sea origen de un pacto entre ambos, mostrando así los difíciles equilibrios internos que ha implicado esta parte del cambio en el Código Penal. La tramitación de la reforma, que también incluye derogar la sedición y tocar otras figuras, continuará el lunes con la apertura de su ponencia y el análisis en comisión. De hecho, no se descarta que pueda llegar a la sesión del Pleno y se vote esta misma semana.

El presidente de ERC, Oriol Junqueras, condenado por malversación por el Tribunal Supremo en el juicio del procés, se ha felicitado en un tuit de la iniciativa de su partido: “Con pasos como este, conseguimos concentrar toda nuestra fuerza política para poner justicia allá donde hay injusticia. Solo así será posible limitar la capacidad represiva del Estado y, al mismo tiempo, avanzar en el camino de la construcción de una República Catalana justa”.

El principal reto de la modificación de la malversación era asegurarse de que al tocar el esquema de penas no se permitiera que se mejorara la situación de corruptos que sí se han lucrado mediante el desvío de dinero público. De momento, la propuesta de los republicanos mantiene la pena máxima que fijó el PP: ocho años de prisión, con posibilidad de hasta cuatro más en los casos donde el importe de lo malversado supere los 250.000 euros. Según la justificación que contiene la enmienda, el cambio “vuelve a la estructura planteada en 1995, donde lo que se considera malversación son las conductas de apropiación del patrimonio público con ánimo de lucro, así como el uso temporal del patrimonio público para fines particulares”.

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La verdadera novedad vendría en la adición de un artículo, el 423 bis, que especifica el supuesto donde no hay un beneficio. Los servidores públicos que destinen “el patrimonio público puesto a su cargo” para un uso “particular y ajeno a la función pública”, pero “sin ánimo de apropiárselo”, tendrán que responder por ello con entre seis meses y tres años de prisión. Aquí se fija una horquilla para la inhabilitación de entre uno y cuatro años. En estos supuestos encajaría, por ejemplo, que se usara el coche oficial para hacer gestiones personales .

En su tipo básico, donde sí se aprecia la intención de apropiarse de patrimonio público o de permitírselo a otros, la propuesta de los republicanos fija una pena de prisión de dos a seis años. La inhabilitación estaría entre los seis y los 10 años. Si se dan las agravantes de que lo desviado superase los 40.000 euros, tuviese un valor patrimonial o histórico o se tratase de fondos con los que se buscaba atender una calamidad pública, aumentarían las penas. La de prisión, de cuatro a ocho años y la de inhabilitación, de 10 a 20 años. En el supuesto más grave, si se comprobara que se han desviado más de 250.000 euros, la pena debería estar en “la mitad superior”, es decir, se sumarían cuatro años más, llegando a los 12.

Todo el andamiaje que sostiene el cambio, que el presidente Pedro Sánchez se abrió a aprobar el martes, es una contrarreforma de lo que impulsó el PP en 2015. El Gobierno de Mariano Rajoy optó por englobar la malversación dentro de un concepto más próximo a la administración desleal. El nuevo paradigma era no solo que se buscara el lucro, sino también evitar el perjuicio en el patrimonio administrado. Ese cambio es transcendente si se tiene en cuenta que el Tribunal Supremo y las defensas de los exconsejeros chocaron en el juicio al procés sobre si el mero hecho de comprometer una partida pública relacionada con la independencia ―y que nunca se llegó a ejecutar― implicaría que se consumara la malversación. ERC vuelve al esquema del Código Penal de 1995, que pone el centro del ánimo de lucro, pero con una definición modificada: la enmienda habla de la prohibición de “apropiarse”, mientras que en el de 1995 se emplea el verbo “sustraer”.

Sigue la negociación

Tras conocerse los detalles de la enmienda, los partidos en el Gobierno han encontrado este viernes dificultades para desmarcarse del texto presentado por los republicanos. El portavoz de los socialistas, Patxi López, ha negado que su grupo haya negociado la reforma de la malversación con los de Gabriel Rufián y que la iniciativa sobre un nuevo delito de enriquecimiento ilícito pretenda “contrarrestarla”, socavarla o, al menos, hacerle sombra. “¿Para contrarrestar qué? Nada. Para seguir avanzando en la lucha contra la corrupción”, ha rechazado el socialista.

En la misma línea, Jaume Asens, presidente del grupo parlamentario de Unidas Podemos, ha marcado distancias con Esquerra y ha pedido tiempo para “poder estudiar las implicaciones” del articulado presentado, aunque ha reconocido que existen conversaciones entre los grupos. “Sabemos cuáles son sus intenciones”, ha matizado. Tanto Asens como el portavoz parlamentario de UP, Pablo Echenique, se han mostrado “abiertos” a estudiar la iniciativa, porque la reforma del Partido Popular de 2015 no los satisface, y porque creen que es conveniente diferenciar entre supuestos en los que hay enriquecimiento ilícito y supuestos en los que no lo hay. “No puedo avanzar la posición del espacio, pero sí nuestra predisposición a hacer cambios en esa ley reformada por el PP, siempre que eso no sirva para garantizar la impunidad de ningún corrupto”, ha establecido Asens.

Posibles efectos

El planteamiento de ERC, de entrada, implica cambios en gran parte de los encausados y condenados por el procés. Ni a los sentenciados por el Tribunal Supremo ni a los que están siendo objeto de las investigaciones judiciales sobre los preparativos del referéndum ilegal del 1-O o la financiación de la acción exterior del independentismo se los señala por haber tenido aún beneficio. Si a esto se suma el efecto que puede tener la derogación del delito de sedición, el impacto puede ser considerable y es precisamente esa idea de desjudicializar la política la que ha impulsado el acuerdo entre el Gobierno y ERC.

De manera retroactiva, afectaría a los republicanos Junqueras y Dolors Bassa, así como al actual secretario de Junts, Jordi Turull, que son los únicos que fueron condenados por malversación. Sí tendrá más impacto en el futuro procesal de los ex cargos de segunda fila, que ya han sido procesados en la causa sobre los preparativos del procés, o la que investiga la financiación de la acción exterior independentista. Carles Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí, huidos de la justicia en Bélgica y a la espera de que los tribunales europeos tomen decisiones sobre su situación, también se enfrentan a un escenario más favorable.

La gran incógnita también es qué pasará con el expresidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán, condenado a seis años de prisión y 15 de inhabilitación por el caso de los ERE. En su caso, no se ha probado el beneficio personal, aunque si el “uso indebido” de los fondos públicos. Los republicanos recuerdan que el exlíder socialista fue juzgado gracias a la ley de 1995 y no a la vigente, que es de 2015. Dependiendo de cómo se concrete el texto final y de qué forma se termine aclarando el beneficio a terceros, se establecerá cómo queda la situación de Griñán. El interés por el lucro personal o de los partidos no siempre protagoniza los mayores casos de malversación: en el de Kitchen, por ejemplo, la cúpula del PP desvió dinero público para espiar ilegalmente al extesorero del PP, Luis Barcenas, y a su familia.

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Sobre la firma

Camilo S. Baquero
Reportero de la sección de Nacional, con la política catalana en el punto de mira. Antes de aterrizar en Barcelona había trabajado en diario El Tiempo (Bogotá). Estudió Comunicación Social - Periodismo en la Universidad de Antioquia y es exalumno de la Escuela UAM-EL PAÍS.

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