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Dos años y cuatro meses de prisión para un inspector de los Mossos por el desalojo del 15-M en Cataluña

El agente deberá indemnizar a las víctimas con 1.500 euros y estará suspendido de cargo público el tiempo de la condena

Los manifestantes en plaza Catalunya en mayo de 2011.
Los manifestantes en plaza Catalunya en mayo de 2011.Albert garcia
Mar Rocabert Maltas

La Audiencia de Barcelona ha condenado a dos años y cuatro meses de prisión y a suspensión de cargo público al inspector del cuerpo de los Mossos d’Esquadra Jordi Arasa por las cargas policiales durante el desalojo de la plaza Catalunya el 27 de mayo de 2011, cuando se levantó el campamento del 15-M. Se le condena por dos delitos de lesiones a un año y dos meses por cada uno y deberá indemnizar a las víctimas con 1.500 euros por las heridas causadas. La sección 3ª de la Audiencia considera que fue el responsable del desalojo de la acampada y que la actuación policial fue “injustificada”.

Nueve años después de unas imágenes que dieron la vuelta al mundo, el tribunal ha concluido que no estaban “justificados en ningún caso” los golpes de porra a los “indignados”, como se llamó el movimiento de protesta social que surgió a raíz de la manifestación del 15 de mayo de 2011, que tuvo como epicentro en Barcelona una acampada en la plaza de Catalunya. La sentencia remarca que los manifestantes estaban en el suelo "en actitud absolutamente pacífica e incluso con las manos levantadas haciendo el gesto de la paz” para intentar impedir el desalojo de la acampada.

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La sentencia detalla que no hubo “ninguna situación que justificara golpear a lo/as ciudadano/as”, y considera que la actuación de los Mossos “tenía como objetivo posibilitar la entrada y salida de los camiones de la limpieza y para ello en ningún caso está justificado golpear a ninguna persona, salvo que esta última ponga en peligro algún bien jurídico que justifique de algún modo la conducta del agente”, pero señala que “no pasó nada de eso en los casos juzgados”.

Las magistradas apuntan que la acampada se enmarcaba en un acto pacífico de protesta ciudadana: “En los hechos juzgados no hubo enfrentamientos con la policía…no hubo ningún incidente que justificaran cargas policiales con defensas contra personas sentadas, no había situación de tensión porque la gente estaba sentada de forma pacífica…”. Y agrega que “el acusado era el jefe de la ARRO” y “se le presupone que sabe controlar la situación y no dejarse llevar por una tensión que en este caso tampoco apreciamos”.

Arasa, que en 2011 era subinspector y después fue ascendido a inspector y jefe de recursos operativos de los Mossos, ya fue condenado en 2014 por la Audiencia de Barcelona por una falta de lesiones por golpear en ese mismo desalojo al que después sería diputado de la CUP David Fernàndez.

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La sección tercera de la Audiencia de Barcelona condena ahora al inspector por dos delitos de lesiones a dos manifestantes, a los que deberá indemnizar, junto a otros dos “indignados” golpeados, con un total de 1.500 euros, de los que responderá subsidiariamente la Generalitat. La Audiencia da por probadas cuatro agresiones - dos de las cuales considera antiguas faltas, que se saldan con indemnizaciones- y condena a Arasa por dos delitos de lesiones con uso de instrumento peligroso, pero le rebaja la pena al aplicarle la atenuante de dilaciones indebidas.

En concreto, da por probado que Arasa se acercó por detrás a una manifestante que estaba sentada con sus amigas frente al cordón policial, “la cogió por los pelos y le golpeó dos veces con su defensa en el muslo y en la pierna". A otro manifestante que también estaba en el suelo “de forma pacíficay con las manos en alto”, el procesado le aporreó en las piernas y la cabeza, igual que a un hombre que había acudido a la plaza de Catalunya en busca de su hija, que estaba en la acampada, y que acabó sumándose a la sentada. A un cuarto manifestante, Arasa le golpeó en las piernas, los brazos, el pecho, el antebrazo y los hombros, sin que esa carga, según la sentencia, fuera “proporcionada” ni estuviera justificado el uso de las defensas. Con su sentencia, la Audiencia zanja una investigación que se inició en 2011 y que puso en el punto de mira a los antidisturbios de los Mossos pese a que el Govern de Artur Mas, con Felip Puig al frente de la conselleria de Interior, cerró filas con su policía.

La intervención en la acampada del 15-M se planificó inicialmente junto a la Guardia Urbana de Barcelona como un intento de limpieza de la plaza de Catalunya el 27 de mayo ante la inminente celebración de la final de la Champions League. Pero los concentrados lo vieron como una excusa para sacarlos de la plaza, dónde llevaban des del 15 de mayo y se atrincheraron en su acampada, entrelazándose por los brazos y sentándose en el suelo, mientras el número de participantes crecía. A lo largo de toda la mañana del 27M, los antidisturbios cargaron contra grupos de indignados con las manos en alto -estampa que se coló en las portada de medios de todo el mundo-, sin lograr su propósito: horas más tarde, las tiendas de campaña se multiplicaban y el 15M reunía a miles de manifestantes en la plaza de Catalunya. .

La sección 3ª de la Audiencia de Barcelona considera que el inspector fue el responsable del desalojo de la acampada de la plaza de Catalunya y que tuvo una actuación “injustificada” durante el desarrollo de la actuación policial para sacar de allí a los manifestantes. “En ninguno de los casos estaba justificado que el acusado hiciera uso de su defensa [material policial] y no cabe hablar de error porque no actuó ante una situación de riesgo para proteger ningún bien jurídico ni se lo podía representar así de ninguna manera”, dice la sentencia.

El texto detalla que no hubo “ninguna situación que justificara golpear a lo/as ciudadano/as”, y considera que la actuación de los Mossos “tenía como objetivo posibilitar la entrada y salida de los camiones de la limpieza y para ello en ningún caso está justificado golpear a ninguna persona, salvo que esta última ponga en peligro algún bien jurídico que justifique de algún modo la conducta del agente”, pero señala que “no pasó nada de eso en los casos juzgados”.

Las magistradas apuntan que la acampada se enmarcaba en un acto pacífico de protesta ciudadana: “En los hechos juzgados no hubo enfrentamientos con la policía, las líneas policiales no se hicieron para contener a la gente sino para controlar que nadie saliera de la plaza o entrara pero no hubo ningún intento de superar esas líneas y abordar la plaza, no hubo ningún incidente (en los hechos juzgados) que justificaran cargas policiales con defensas contra personas sentadas, no había situación de tensión porque la gente estaba sentada de forma pacífica, debemos recordar que el acusado era el jefe de la ARRO, es decir, se le presupone que sabe controlar la situación y no dejarse llevar por una tensión que en este caso tampoco apreciamos”.

Sin respuesta del Gobierno

Preguntada sobre si la decisión judicial implicará algún cambio o destitución en los Mossos o Interior, la portavoz del Govern, Meritxell Budó, aseguró que el tema no se trató en la reunión semanal del Ejecutivo catalán. “No hay ninguna decisión tomada”, contestó Budó, que tampoco se refirió a cómo se desarrolla la investigación interna de la policía catalana sobre la actuación para contener las protestas violentas posteriores a la publicación de la sentencia del procés. En cambio, desde ERC, el presidente del grupo parlamentario, Sergi Sabrià, reclamó a Interior qué explique porqué premiaron con un ascenso “ a uno de los artífices” de las “malas praxis en el cuerpo de los Mossos”.

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Sobre la firma

Mar Rocabert Maltas
Es periodista de tendencias y cultura en la redacción de Cataluña y se encarga de la edición digital del Quadern. Antes de llegar a EL PAÍS, trabajó en la Agència Catalana de Notícies. Vive en Barcelona y es licenciada en Periodismo por la Universitat Pompeu Fabra.

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