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El CGPJ aparca la petición de amparo de García-Castellón hasta que el Supremo decida si asume la causa del ‘Tsunami Democràtic’

El juez de la Audiencia Nacional ha denunciado en el Consejo declaraciones públicas de Rufián, Plaja y el ex secretario de Estado de Justicia

El juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón.
El juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón.Sergio Pérez (EFE)
Reyes Rincón

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha decidido aplazar su decisión sobre la petición de amparo que formuló el instructor en la Audiencia Nacional del caso Tsunami Democràtic, Manuel García-Castellón, frente a declaraciones realizadas por cargos del Gobierno o de los partidos independentistas catalanes. La comisión permanente del órgano de gobierno de los jueces tenía esta semana sobre la mesa decidir si admitía a trámite la solicitud de García-Castellón para ampliar la petición de amparo que ya tramita el CGPJ a unas declaraciones realizadas por el portavoz de ERC en el Congreso, Gabriel Rufián, pero el Consejo ha optado por aparcar el tema hasta que el Tribunal Supremo decida si, como le ha solicitado el juez, asume la competencia para investigar este caso, ya que el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont —a quien sitúa “en el vértice más alto de la organización”— y el diputado del Parlamento catalán Ruben Wagensberg están aforados ante el Supremo en razón de sus respectivos cargos parlamentarios.

El CGPJ admitió la petición de amparo de García-Castellón el pasado 16 de noviembre. Esa petición se circunscribía a manifestaciones realizadas contra él por el secretario de Estado de Justicia, Tontxu Rodríguez, y por la portavoz de la Generalitat de Cataluña, Patricia Plaja tras su decisión de imputar a Puigdemont y a la dirigente de ERC Marta Rovira en el caso Tsunami Democràtic, en el que se investigan supuestos delitos de terrorismo. Rodríguez (que ha dejado de ser secretario de Estado de Justicia) acusó al juez de querer “influir” en la negociación entre PSOE y Junts para la investidura de Sánchez al señalar en la investigación a Puigdemont e imputar a Rovira en la causa por terrorismo sobre Tsunami Democràtic; mientras que Plaja apuntó que a los que les toca impartir justicia, “algunos, no todos, buscan no solo condicionar negociaciones políticas, sino castigarlas, prevaricando”.

García-Castellón denunció ante el órgano de gobierno de los jueces que de declaraciones públicas de ambos políticos cabía inferir que trataban de influir en el procedimiento judicial, así como “inquietarle” o “perturbarle” en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales. La comisión permanente del CGPJ dio 10 días de plazo a Rodríguez y Plaja para que presenten alegaciones. Pero la semana pasada, el juez amplió su petición de amparo tras los ataques vertidos contra él por Rufián desde el Congreso durante el debate de investidura de Pedro Sánchez. El magistrado respondía así a las palabras del diputado de Esquerra, que lo acusó de formar parte de una “guerra judicial” contra el independentismo para favorecer al PP y Vox.

Según ha informado este miércoles el CGPJ, se seguirá tramitando el expediente de solicitud de amparo, pero no se tomará una decisión antes de que se pronuncie el Supremo porque si este tribunal asume el caso “el amparo solicitado quedaría sin objeto”. La decisión sobre si se admite a trámite una ampliación del primer amparo, también ha quedado aparcada. El acuerdo ha sido aprobado con los votos a favor del presidente suplente del CGPJ, el vocal Vicente Guilarte, y de las vocales progresistas Roser Bach, Mar Cabrejas y Pilar Sepúlveda; y con los votos en contra de los vocales conservadores José Antonio Ballestero, Ángeles Carmona y Carmen Llombart, que han anunciado que formularán un voto particular.

La posibilidad de los jueces de solicitar amparo ante el CGPJ cuando se encuentren “inquietados o perturbados en su independencia” está recogida en el artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), pero es una vía con escasos efectos prácticos, más allá de que pueda derivar en una llamada de atención a los responsables de la conducta denunciada. El procedimiento está desarrollado en el Reglamento de la Carrera Judicial, de 2011, que establece que se considerarán, entre otras, actuaciones inquietantes o perturbadoras “las declaraciones o manifestaciones hechas en público y recogidas en medios de comunicación que objetivamente supongan un ataque a la independencia judicial y sean susceptibles de influir en la libre capacidad de resolución del juez o magistrado”.

Una vez admitida a trámite la solicitud y estudiadas las alegaciones que se reciban, la comisión permanente tomará una decisión. La resolución otorgando el amparo puede acordar, según el reglamento, “requerir a la persona, entidad o asociación el cese de la actuación que motivó la solicitud de amparo”, y “adoptar o promover la adopción de las medidas que resulten necesarias para restaurar la independencia judicial dañada”. La resolución adoptada por el pleno se puede notificar a la Fiscalía.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.
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