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El jurado declara culpable al acusado de matar a un rival de los mercadillos ambulantes de Málaga

El veredicto, con siete votos a favor y dos en contra, considera probado que fue él quien apretó seis veces el gatillo y ahora se enfrenta a una pena de 26 años y medio de prisión

El vendedor ambulante (con camisa clara) acusado de matar a otro a tiros en abril de 2021 en la localidad malagueña de Torremolinos durante el juicio, el pasado lunes en Málaga.
El vendedor ambulante (con camisa clara) acusado de matar a otro a tiros en abril de 2021 en la localidad malagueña de Torremolinos durante el juicio, el pasado lunes en Málaga.Carlos Diaz Martin (EFE)

Un jurado popular ha declarado culpable al acusado de matar a tiros a un competidor en los mercadillos de la Costa del Sol en la primavera de 2021. La decisión, tomada por siete votos a favor y dos en contra, ha considerado probado que Celio de Jesús P. R. se acercó en Torremolinos a su objetivo —Ahmed, marroquí de 35 años— durante la madrugada del 19 de abril de aquel año, que lo hizo encapuchado, luego disparó con una pistola de nueve milímetros y más tarde huyó a la carrera, subió a su furgoneta y aparcó cerca de su casa, ya en Benalmádena. Su singular forma de andar, con los pies levemente hacia adentro y las puntas de los dedos levantadas, captada por numerosas cámaras de videovigilancia, ha sido clave en el caso. El procesado, de nacionalidad portuguesa, se enfrenta a 26 años y medio de prisión, como piden tanto la Fiscalía como la acusación popular, que añaden 110.000 euros de indemnización para los familiares de la víctima. Celio de Jesús ha escuchado el veredicto cabizbajo y después ha declinado hacer uso de su turno de palabra. La magistrada dictará sentencia en los próximos días, pero la defensa ya ha anunciado que recurrirá.

El juicio empezó este lunes con un único acusado. Celio de Jesús P. R., de 29 años y nacionalidad portuguesa, relató en su declaración que lleva en España desde que tenía solo un año y que su familia dejó el país vecino después “de un problema”. Llegaron incluso a cambiarle su nombre, con el que creció en territorio español y por el que se le conocía en Benalmádena, donde residía. Dejó el colegio a los 16 años y desde entonces se dedicó a los mercadillos ambulantes, especializado en ropa de segunda mano. En los últimos años, también a la compraventa de prendas de marcas falsificadas. Aunque surtía a otros vendedores de toda la Costa del Sol e incluso de la limítrofe provincia de Cádiz, también acudía a distintos municipios para levantar su puesto. Es ahí donde se cruzó con Ahmed, con el que reconoció haber hablado dos veces. La primera, según declaró, porque el marroquí le había ofrecido mercancía, y la segunda, para intercambiar los lugares en un mercadillo de Marbella. Esa llamada se produjo justo horas antes del asesinato. “Nunca tuvimos conflictos”, aseguró el portugués.

El motivo del crimen fue una de las principales líneas de la defensa, ante la falta de antecedentes del acusado y la incongruencia de que una simple discusión en un mercadillo acabase a tiros. De hecho, ha sido el único de los puntos que no ha conseguido aclarar el jurado popular, que no ha apreciado que existiese una enemistad previa. En su veredicto, razonado a partir de las declaraciones de los agentes que llevaron la investigación —procedentes del grupo de la Policía Nacional especializado en ajustes de cuentas entre narcotraficantes de la Udyco, porque en principio es lo que parecía— así como de las de testigos y especialistas, han considerado probado que el acusado fue quien disparó sobre la víctima. “Todo eran pruebas indiciarias abundantes y suficientes, pero ninguna directa. No hacían fácil el veredicto”, reconocían fuentes de la acusación particular.

El relato que conforman los hechos probados por el jurado es similar al que presentó la Fiscalía. Recogen que el acusado aparcó su furgoneta la noche anterior en las cercanías del hostal donde residía la víctima y donde tenía aparcado su camión. Que esperó, encapuchado con una sudadera negra, en el vehículo hasta las cinco de la mañana. Entonces se acercó al alojamiento de su objetivo y se escondió entre dos coches hasta que Ahmed se subió al camión, momento en el que se acercó y apretó el gatillo, para después huir.

Las cámaras de vigilancia de numerosos comercios y de la propia Policía Local de Torremolinos captaron los momentos en los que el ya declarado culpable llegaba hasta la zona con su furgoneta y, más tarde, cómo se desplazaba a pie para buscar a su objetivo, también cómo huía tras dispararle. Las imágenes han sido básicas para identificar al autor, porque quien se ve en todo el recorrido “comparte particularidades muy específicas” con el acusado, como un leve giro de los pies al andar o la elevación de los dedos, además de su morfología, como explicaron los expertos durante el juicio. El jurado cree que los hechos están“sobradamente probados” para emitir su veredicto, a pesar de que el autor se pertrechó con una sudadera ancha de color negro y una capucha. La prenda no fue encontrada durante la investigación, tampoco el arma que utilizó.

La portavoz del jurado popular ha explicado que también han tenido en cuenta que el autor de los disparos podía “conocer los hábitos” de la víctima puesto que Ahmed era muy ordenado, solía repetir sus movimientos y llevaba alojado en el hostal del que salió poco antes de ser asesinado desde agosto del año anterior. Y que aprovechó que en abril de 2021 existía un toque de queda —a causa de la crisis sanitaria del coronavirus— para asegurarse de “no ser visto” y de que tampoco hubiera posibilidad de socorrer a la víctima.

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Tras el veredicto, el fiscal ha mantenido la solicitud de 25 años de prisión por el asesinato y año y medio más por la tenencia ilícita de armas, así como una indemnización de 110.000 euros para el padre de la víctima, cifras que ha aprobado también la acusación particular. La magistrada que ha ejercido como presidenta del jurado elaborará ahora la sentencia del caso, que incluirá la condena. La defensa ha anunciado que estudia ya recurrirla, agarrado a esos dos votos del jurado a favor de la absolución de su cliente y, por tanto, a la falta de unanimidad.

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