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La reforma de la sedición asimila las penas a los delitos de resistencia violenta previstos en otros países

Alemania, Francia o Suiza castigan con tres años el quebrantamiento de la paz pública o la violencia contra las autoridades

Reyes Rincón
Jordi Cuixart y Jordi Sànchez
Jordi Cuixart y Jordi Sànchez, subidos a un vehículo policial, el 20 de septiembre de 2017 en Barcelona.ALBERT GARCIA

El principal argumento en el que el Gobierno apoya la decisión de reformar los delitos de desórdenes públicos y derogar la sedición es que esta figura resulta “obsoleta” y la mayoría de los países europeos la han ido eliminando. A su vez, señala el Ejecutivo, las penas previstas en esos países para las conductas asimilables a la sedición española son mucho más bajas, y pone el ejemplo de Alemania, Francia o Suiza, donde hechos similares se castigan con un máximo de tres años de cárcel, frente a los 15 de pena más alta prevista en España.

El profesor de Derecho penal de la Universidad de Valladolid Antonio Javato explica que, aunque es difícil establecer comparaciones dada la singularidad de los sistemas jurídico-penales europeos, sí que es posible detectar “delitos asimilables” en los códigos penales de los principales países del entorno de España. “En muchos de ellos la sedición se configura como una agravante del delito de resistencia a la autoridad”, equivalente al delito español de atentado (artículos 550 y siguientes del Código Penal). “Se castigaría mediante ella la resistencia cometida por una pluralidad de personas con violencia o intimidación y con la finalidad de impedir u obstaculizar el cumplimiento de las leyes, resoluciones administrativas o judiciales”, explica el profesor.

Con estos delitos son con los que el Gobierno cree necesario “homologar” la legislación española, según explica en la exposición de motivos de la proposición de ley y han incidido en los últimos días los socios de coalición al referirse a este asunto. En Alemania, el quebrantamiento de la paz pública se pena con hasta tres años de prisión (cinco si concurren agravantes); una pena similar a la prevista en Francia para el llamado delito de rebelión, que consiste en la resistencia violenta por parte de una autoridad para el cumplimiento de las leyes, castigado con dos años de cárcel (tres si se actúa en grupo), aunque puede llegar a los cinco años en caso de que se usen armas (10 años si es un grupo armado). En Suiza, existe un delito que pena con hasta tres años la violencia o amenaza contra autoridades públicas.

Italia y Bélgica contemplan hasta cinco años de prisión, el primero por un delito que persigue la resistencia con violencia o amenaza a un funcionario público; y el segundo, en una modalidad de rebelión en grupo que pena también la resistencia violenta contra las autoridades encargadas de la ejecución de las leyes. Portugal tiene las penas más elevadas, entre uno y ocho años de cárcel por resistencia en el artículo 333 y hasta tres años en el artículo 334, referido a algaradas para perturbar el funcionamiento constitucional.

Los argumentos del Gobierno no son compartidos por el Tribunal Supremo, que en la sentencia del procés se refirió a esta comparación para rebatir el argumento empleado por las defensas de los acusados de que las penas previstas en España eran desproporcionadas respecto a otros países europeos. La Sala de lo Penal rechazó esta tesis porque, advirtió, la sedición española es “algo más que un delito contra el orden público”, aunque se incluya bajo ese epígrafe en el Código Penal. El tribunal asimiló el delito por el que se condenó a los líderes del procés con otros recogidos en distintas legislaciones que pretenden salvaguardar el orden constitucional. “La práctica totalidad de las constituciones europeas incluye preceptos encaminados a reforzar la integridad del territorio sobre el que se asientan los respectivos Estados”, señaló el Supremo, que sostuvo que la conducta de los dirigentes secesionista habría sido castigada en países como Francia, Italia o Alemania con penas más elevadas que en España. En esta tesis ha abundado este viernes el PP al afirmar que la ley francesa pena hasta con cadena perpetua a quienes atenten contra el orden constitucional, mientras que Alemania prevé un mínimo de 10 años para quienes, con fuerza o amenaza de fuerza, socaven la existencia de la República Federal o actúen para cambiar el orden constitucional.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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