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El Constitucional revisará si se vulneraron los derechos de Junqueras al impedirle tomar posesión del acta de eurodiputado

El Tribunal de Justicia de la UE reconoció la inmunidad del líder de ERC desde que se proclamaron los resultados de las elecciones de 2019 al Europarlamento

José María Brunet
Junqueras
Mitin en mayo de 2019 del presidente de ERC y candidato al Parlamento Europeo, Oriol Junqueras, y el senador electo Raül Romeva, en Sant Vicent dels Horts (Barcelona).

El Tribunal Constitucional va a revisar las resoluciones por las que se impidió al líder de ERC Oriol Junqueras ser proclamado eurodiputado sin acudir antes a la Junta Electoral Central (JEC) para recoger el acta y jurar la Constitución. El tribunal de garantías lo ha acordado este miércoles al admitir a trámite los recursos presentados por Junqueras contra decisiones del Tribunal Supremo que supusieron que no pudiera adquirir la plena condición de miembro del Parlamento Europeo tras las elecciones europeas de mayo de 2019.

Las condiciones para el reconocimiento de la condición de eurodiputado de Junqueras y los requisitos para que pudiera recoger el acta fueron objeto de numerosas controversias que el propio Supremo quiso aclarar planteando al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) una cuestión prejudicial o consulta. Las dudas surgieron después de que el 26 de mayo de 2019 Junqueras fuera elegido eurodiputado sin que el Supremo permitiera luego que el líder de ERC saliese de la cárcel, donde cumplía pena por la sentencia del procés, para ir a recoger su acta de europarlamentario.

En paralelo, la Sala Penal presentó la cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que fueran los magistrados europeos quienes señalasen cómo había que resolver la petición del líder de ERC, que acababa de ser condenado a 13 años de prisión por un delito de sedición en concurso medial con otro de malversación de fondos públicos. El tribunal de Luxemburgo, a su vez, resolvió que Junqueras debería haber sido excarcelado y que gozaba de inmunidad cuando fue proclamado eurodiputado.

El Tribunal de Luxemburgo, en todo caso, no impuso la salida de prisión de Junqueras. La respuesta del TJUE a la consulta del Supremo llegó en enero de 2020, cuando el entonces líder de ERC se hallaba ya cumpliendo la pena de 13 años de prisión e inhabilitación que la Sala Penal le había impuesto por un delito de sedición en concurso medial con otro de malversación. El Tribunal de Justicia de la UE dejó en manos del Supremo la responsabilidad de “apreciar los efectos aparejados a las inmunidades de que goza el señor Junqueras”. La Fiscalía se opuso a la excarcelación del líder de ERC, que no llegó hasta que el Gobierno decidió conceder el indulto a los condenados en la causa del procés, en junio de 2021.

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