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De Valtònyc a Hasél: los condenados por injuriar a la Corona

La propuesta aprobada en el Congreso este jueves, con el apoyo de los partidos del Gobierno y sus socios, agita el debate sobre los límites a la libertad de expresión

Los Mossos d'Esquadra detienen al rapero Pablo Hasél en la Universidad de Lleida, donde se había atrincherado para evitar entrar en la cárcel por injurias a la Corona y apología del terrorismo, en 2021.
Los Mossos d'Esquadra detienen al rapero Pablo Hasél en la Universidad de Lleida, donde se había atrincherado para evitar entrar en la cárcel por injurias a la Corona y apología del terrorismo, en 2021.JAVIER MARTíN
J. J. Gálvez

El Congreso ha vuelto a afrontar este jueves el debate sobre los límites a la libertad de expresión. Con el apoyo de los partidos del Gobierno (PSOE y Unidas Podemos) y sus socios habituales, la Cámara ha aceptado la propuesta de iniciar los trámites para despenalizar las injurias y calumnias a la Corona, así como el delito de ultraje a España, sus comunidades autónomas, símbolos y emblemas. Esta iniciativa, que ha contado con el rechazo frontal de la derecha, agita un pasado reciente que acumula condenas muy cuestionadas por restringir dicho derecho.

Esta proposición de ley, que llega procedente del Senado, centra la diana primero en el delito de calumnias o injurias a la Corona, que se castiga con hasta dos años de cárcel. Sobre este precepto sobrevuela desde 2011 una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que condenó a España por imponer un año de prisión a Arnaldo Otegi, actual coordinador general de EH Bildu y exportavoz de Herri Batasuna, que se había referido al entonces rey Juan Carlos I como el “jefe máximo del Ejército español, el responsable de los torturadores”. Estrasburgo consideró que prevalecía el derecho a la libertad de expresión.

“Los límites de la crítica admisible son más amplios respecto a un hombre político, contemplado en este carácter, que los de un particular: a diferencia del segundo, el primero se expone inevitable y conscientemente a un control atento de sus hechos y gestos, tanto por los periodistas como por el conjunto de los ciudadanos. Debe, por lo tanto, mostrar una mayor tolerancia”, incidía el fallo de Europa, que infligió otro golpe a España en 2018. En un nuevo dictamen, el Tribunal de Derechos Humanos volvió a condenar al país por haber castigado con una multa y amenazado con cárcel a dos manifestantes que quemaron una foto del monarca. Esa sentencia deja claro que esa acción también se enmarcaba dentro de la “crítica política”.

Aun así, la jurisprudencia deja otras conocidas condenas por injurias a la Corona. La Audiencia Nacional sentenció con una multa a los dos autores de la caricatura que provocó el secuestro de la revista satírica El Jueves, que mostró en portada un dibujo de los entonces príncipes de Asturias manteniendo relaciones sexuales. El Tribunal Supremo también confirmó el fallo contra el rapero José Miguel Arenas Beltrán, Valtònyc, por este delito, entre otros: los jueces arguyeron que las expresiones que usó —como “El Rey tiene una cita en la plaza del pueblo, una soga al cuello y que le caiga el peso de la ley”— rebasaban la crítica política. El mismo delito, además de otros, se aplicó al también rapero Pablo Rivadulla, Pablo Hasél, que colgó una canción en YouTube con la siguiente letra sobre Juan Carlos I: “Apuntaba maneras cuando mató a su hermano Alfonsito (risas). Quién se cree que fue un accidente... Ni Marhuenda imaginando a Rajoy desnudo cuando miente. Torrente es un santo al lado de Juanea [sic], ya denunciaron que a Sofía maltrata. Qué legitimidad tiene el heredero de Franco, que en juergas y putas nuestra pasta está tirando”.

Sonarse los mocos con la bandera

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La propuesta debatida este jueves en el Congreso incluye eliminar también el delito de “ofensas o ultrajes de palabra, por escrito o de hecho a España, a sus comunidades autónomas o a sus símbolos o emblemas”, que se pena con hasta 12 meses de multa. Esta norma ha generado muchísimo debate en los últimos años. Un juez llegó a imputar en 2018 al cómico Dani Mateo por protagonizar un gag en el programa El Intermedio de La Sexta donde se sonaba los mocos con la bandera de España. También, el Tribunal Constitucional rechazó en 2020 —tras un tenso debate interno, que fracturó al órgano de garantías— el recurso presentado por un sindicalista gallego condenado por haber dicho que había que “prenderle fuego” a la “puta bandera” durante el izado de la enseña en una manifestación convocada delante del cuartel de la Armada en Ferrol (A Coruña).

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Sobre la firma

J. J. Gálvez
Redactor de Tribunales de la sección de Nacional de EL PAÍS, donde trabaja desde 2014 y donde también ha cubierto información sobre Inmigración y Política. Antes ha escrito en medios como Diario de Sevilla, Europa Sur, Diario de Cádiz o ADN.es.

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