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La entrega de Puigdemont, un rosario de frustraciones en Europa

El ‘expresident’ fugado lleva cuatro años esquivando la euroorden de arresto para ser juzgado en España

Fernando J. Pérez
El juez Pablo Llarena, en el Tribunal Supremo tras reactivar la euroorden de arresto contra Puigdemont, en Madrid, el 14 de octubre de 2019.
El juez Pablo Llarena, en el Tribunal Supremo tras reactivar la euroorden de arresto contra Puigdemont, en Madrid, el 14 de octubre de 2019.VÍCTOR SAINZ

Desde que Carles Puigdemont escapó de España y se instaló en Bruselas el 30 de octubre de 2017, tras la fallida declaración de independencia de Cataluña y su destitución como presidente de la Generalitat por el artículo 155 de la Constitución, la justicia española ha engarzado un verdadero rosario de frustraciones en su intento de que los distintos países de Europa por los que se ha movido lo entreguen para juzgarle por su papel en el procés. En estos casi cuatro años, las euroórdenes de detención —el mecanismo de cooperación y reconocimiento de resoluciones judiciales entre Estados de la UE—, remitidas primero por la Audiencia Nacional y luego por el Tribunal Supremo, se han ido estrellando contra la estrategia de defensa capitaneada por el abogado Gonzalo Boye. Sin embargo, los recovecos legales y la capacidad de movimiento del expresident fugado se van estrechando.

Tras huir de la justicia, Puigdemont fijó su residencia en Waterloo (Bélgica) y montó el Consell per la Republica, para dotar de liturgia —y también para financiar— su papel de president en el exilio. Las autoridades belgas —sobre todo en las provincias flamencas— se han mostrado tradicionalmente comprensivas con los movimientos independentistas en España, y Puigdemont obtuvo su primera victoria nada más llegar. El 6 de noviembre de 2017, el president cesado y los cuatro consellers que le acompañaron —Toni Comín, Clara Ponsatí, Lluís Puig y Meritxell Serret— se entregaron en una comisaría para evitar la imagen de una detención, y en apenas 12 horas el juez los dejó en libertad con obligación de no abandonar Bélgica mientras las distintas instancias judiciales estudiaban la euroorden.

El 5 de diciembre de ese año, el magistrado instructor del Supremo, Pablo Llarena, retiró las euroórdenes que había remitido la entonces juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela para evitar que Bélgica rechazara entregar a los fugados por el delito de rebelión y sí por otros tipos penales. Ello supondría dividir el banquillo de los acusados en dos grupos: los que se quedaron en España, con Oriol Junqueras a la cabeza, que se enfrentarían a la acusación completa, y los fugados, que solo podrían ser acusados por los delitos menos graves, como la malversación. Por entonces, Puigdemont encabezaba la lista independentista a las elecciones autonómicas del 21-D, las convocadas por el Gobierno central, y el juez Llarena todavía albergaba la esperanza de que volviera a España para tomar posesión del escaño.

Después de que el Tribunal Constitucional rechazara la investidura a distancia de Puigdemont, cuya lista ganó aquellos comicios autonómicos, el expresident viajó el 22 de marzo de 2018 a Finlandia para extender su campaña independentista. Ese mismo día Llarena reactivó la euroorden y le procesó por rebelión junto con el resto de su Govern y los líderes sociales Jordi Sànchez y Jordi Cuixart. Puigdemont emprendió un regreso apresurado desde Helsinki hasta Bruselas, acompañado de dos mossos que le hacían de escolta y de sus colaboradores Josep Lluís Alay y José María Jami Matamala. Tras cruzar la frontera danesa y recorrer 30 kilómetros por el estado alemán de Schleswig-Holstein, Puigdemont fue detenido e ingresó en la prisión de Neumünster.

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El arresto fue acogido con euforia en el Tribunal Supremo y sumió en la zozobra al independentismo radical. Sin embargo, el desengaño de la justicia española fue mayúsculo: el 5 de abril de 2018 el tribunal de Schleswig-Holstein lo dejó en libertad tras descartar la entrega por delito de rebelión y mientras estudiaba una posible entrega por malversación. El 12 de julio, los jueces alemanes accedieron a la extradición solo por el delito contra el erario público. Llarena optó de nuevo por retirar la euroorden mientras Puigdemont regresaba a Waterloo. El expresident, sobre quien solo pesaba entonces una orden de detención en España, viajó durante los meses siguientes por Escocia, Suiza, Países Bajos y las islas Feroe.

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En 2019, la situación procesal de Puigdemont se complica aún más: en marzo el Tribunal Constitucional rechaza otorgarle la condición de diputado autonómico, y en mayo, obtiene un escaño en el Parlamento Europeo. El Constitucional rechazó su investidura al no acudir a Madrid a acatar la Constitución. Se inició un litigio para acceder al acta que no terminó hasta el 20 de diciembre, cuando la Eurocámara le reconoció la condición de diputado tras un fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Para entonces, el 14 de octubre de 2019 el Supremo notificó la sentencia del procés, donde se rechazó el delito de rebelión, y se condenó a los acusados por sedición y malversación. El juez Llarena reactivó por tercera vez la euroorden contra Puigdemont y los fugados por estos dos delitos. Sin embargo, el expresident gozaba ya de la inmunidad parlamentaria como eurodiputado electo, por lo que Bélgica suspendió el procedimiento de entrega.

Llarena pidió al Parlamento Europeo el suplicatorio —permiso para actuar penalmente— contra Puigdemont en enero de 2020. Sin embargo, las restricciones por la pandemia impidieron que este se votara hasta el pasado 9 de marzo, cuando se aprobó por 404 votos a favor, 247 en contra y 42 abstenciones. El mismo día en que la Eurocámara resolvió a favor de retirar la inmunidad, y en vista de que Bélgica rechazaba ejecutar la euroorden en el caso del exconsejero Lluís Puig, el juez Llarena envió una “cuestión prejudicial” al TJUE, en la que preguntaba cómo se debe aplicar la decisión marco —la norma europea— que regula las euroórdenes. Esta respuesta de la justicia de la UE sigue sin recibirse.

Puigdemont recurrió la retirada de inmunidad por parte del Parlamento ante el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE), la división del TJUE encargada de resolver sobre decisiones de las instituciones de la Unión. En un primer momento, el 2 de junio, el tribunal acordó suspender cautelarmente la retirada de la inmunidad, pero el 30 de julio, en otro auto, resolvió limitar, también cautelarmente, este privilegio a los desplazamientos de Puigdemont desde y hacia el Parlamento.

El Tribunal General de la Unión Europea en la resolución que confirmó el levantamiento de la inmunidad parlamentaria de Puigdemont, afirmaba que “nada” permitía “considerar” que las autoridades judiciales belgas o las de “cualquier otro estado miembro” pudieran “ejecutar las órdenes de detención europeas” dictadas contra los eurodiputados independentistas y “entregarlos a las autoridades españolas”. Y ello era así porque estaba pendiente de resolverse por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea la cuestión prejudicial planteada por el juez Llarena sobre la interpretación que hizo Bélgica de la directiva de las euroórdenes, por la que rechazó la entrega del exconsejero catalán Lluís Puig. En el auto del 30 de julio, el tribunal de Luxemburgo afirmaba, además, que las “autoridades españolas” —sin citar cuáles— indicaron “expresamente” que hasta que no se resolviera esa pregunta de Llarena, “la ejecución de las órdenes de detención también ha sido suspendida”.

No obstante, el Tribunal de Luxemburgo contemplaba en ese momento la posibilidad de que Puigdemont, o los otros dos eurodiputados fugados, pudieran ser detenidos por cualquier Estado miembro de la UE en ejecución de las euroórdenes. En ese caso, el tribunal europeo planteaba que “los diputados mantienen la posibilidad de interponer una nueva demanda” para recobrar la inmunidad parlamentaria.

Puigdemont fue detenido el jueves por la noche cuando aterrizó en Alguer (Cerdeña, Italia) en un avión de Ryanair. El juez lo dejó este viernes en libertad con el compromiso de que comparezca el próximo 4 de octubre. Lo que suceda a partir de entonces dependerá en buena medida de Luxemburgo: si el TJUE ha fijado su posición sobre la aplicación de la euroorden y sobre si su división del TGUE ha decidido sobre el fondo de la retirada de la inmunidad.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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