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La auditora de Pescanova (BDO) afronta una factura millonaria tras la condena de la Audiencia Nacional

La sentencia obliga a BDO a indemnizar, junto con Pescanova y los seis exdirectivos condenados, con 126 millones a las sociedades afectadas. La firma se considera una víctima y anuncia que recurrirá ante el Supremo

Una fábrica del Grupo Pescanova en Vigo (Pontevedra), en una imagen de archivo.
Una fábrica del Grupo Pescanova en Vigo (Pontevedra), en una imagen de archivo.Reuters

La sentencia contra la cúpula directiva de la antigua Pescanova supone un duro golpe para BDO, una de las principales firmas de auditoría de España que, ha sido condenada como autora responsable de “un delito de falseamiento de información económica y financiera” en su gestión de la pesquera gallega, que se declaró en suspensión de pagos en 2013 tras estallar el escándalo sobre sus irregularidades contables. La sentencia también supondrá una factura millonaria para la firma, que tendrá resarcir de forma solidaria a los grandes inversores por sus pérdidas millonarias. La decisión de la Audiencia supone un hito histórico al condenar por primera vez en España a una firma de auditoría y al socio que firmó las cuentas, para el que solicita tres años y seis meses de cárcel.

Los jueces dejan claro el papel de la firma auditora y de su socio Santiago Sañé, que auditaron la compañía entre 2002 y 2012. La sentencia señala en los hechos probados que BDO “teniendo acceso a todos los datos de la contabilidad de la matriz y sus filiales, avaló con sus informes, sin salvedades, cuantas operaciones llevó a cabo la matriz vulnerando las normas de la contabilidad y permitiendo dar una imagen de su situación económica y financiera muy diferente a su abultada deuda financiera real; aquiescencia que no desapareció por el hecho de que la intención real de Pescanova fuera distinta de la propia de los mecanismos financieros utilizados”.

Y añade: “superado el último control de supervisión de los datos que figuraban en los citados documentos por un organismo independiente como era el auditor externo, sin que, pese a conocer que Pescanova neteaba todo lo que podía, presentara algún tipo de objeción, se inició el principio de su difusión mediante su remisión al organismo supervisor y con ello a cualquier tercero interesado en invertir, conociendo que la información que se transmitía no era acorde a la situación económica y financiera real de la Sociedad, de forma tal que todos aquellos que invirtieron confiados en la veracidad de los datos publicados, perdieron sus inversiones”.

Por eso, la sentencia dicta que BDO tendrá que indemnizar de forma solidaria con los otros condenados, Pescanova y los seis exdirectivos condenados, con un total de 126,8 millones de euros a las sociedades afectadas. Además, deberá devolver, también de forma solidaria con los otros acusados, una suma de cerca de 36 millones correspondiente al dinero invertido, y perdido, por decenas de pequeños accionistas. Otros 40 millones, estafados según la sentencia de la Audiencia Nacional a Bankia, UBI y Banco Espírito Santo (ahora Novo Banco) serán aportados por la antigua Pescanova y los exdirectivos condenados.

La auditora se considera “víctima del entramado tejido por la dirección de la empresa” y ya ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Supremo. “Como hemos defendido y se ha probado, tanto BDO Auditores como Santiago Sañé [el socio encargado de auditar las cuentas de Pescanova] fuimos engañados y víctimas del entramado y fraude organizado por la dirección de Pescanova”, sostiene la auditora. Sañé ha sido condenado a tres años y medio de cárcel en tanto que autor de los informes remitidos a la CNMV por los responsables de la entidad, “conociendo que los resultados que se iban a publicar ocultaban la deuda financiera real y no reflejaban la imagen fiel de la sociedad”, según el fallo judicial.

BDO Auditores S.L., contratada por Pescanova desde 2002, emitió informes favorables fraudulentos de las cuentas anuales y consolidadas de la compañía correspondientes a los ejercicios 2010, 2011 y 2012, según consta en la sentencia de la Audiencia Nacional que condena a penas de cárcel al expresidente del gigante pesquero, Manuel Fernández de Sousa, y al núcleo de su cúpula directiva, así como a Sañé. El tribunal deja claro que la auditora cometió el fraude “haciendo constar que expresaba la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera” de la pesquera.

Entre 2009 y 2012, el grupo gallego presentó en la CNMV informes avalados por BDO en los que se reflejaban constantes y ficticios aumentos de beneficios. Así, en el informe de gestión intermedia del primer trimestre de 2009 constaba que Pescanova había obtenido un beneficio neto de un 6% sobre el año anterior, alcanzando los 7,6 millones de euros. En el del primer trimestre de 2012, la cifra de negocios era ya de 351 millones de euros y el beneficio del Grupo Pescanova de 9 millones, indicándose un incremento del 5,7 % con respecto al mismo período del ejercicio anterior. En el correspondiente al tercer trimestre de ese mismo año, la cifra de negocios alcanzaba los 1.149 millones y el beneficio del Grupo Pescanova, los 24,9 millones.

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Con esos datos, el consejo de administración aprobó, en agosto de 2012, una ampliación de capital que supuso la emisión de 9.290.464 nuevas acciones por un importe nominal de más de 55,74 millones de euros (13,45 euros por acción), más una prima de emisión de 7,45 euros por acción, lo que suponía un 32,33% más de capital. Y remitió a la CNMV el folleto de emisión que ofrecía como información financiera fundamental la de sus cuentas anuales consolidadas de los ejercicios 2009, 2010 y 2011 y los estados financieros intermedios del primer trimestre de 2012. BDO destacaba que las cuentas “habían sido auditadas favorablemente y sin salvedad, y que la sociedad emisora había cumplido todos sus compromisos financieros sin riesgo alguno de vencimiento anticipado de sus obligaciones”.

El tribunal sostiene que el 10 de julio de 2012 Sañé, en nombre de BDO, llevó a cabo “un procedimiento de due diligence [diligencia debida, un tipo de informe habitual cuando se acude a ampliaciones de capital] con motivo de la revisión de las cuentas consolidadas limitada al mes de mayo”. Fruto de ello dirigió una comfort letter al consejo de Pescanova y BNP Paribas, como entidad aseguradora de la ampliación de capital, “verificando la corrección de determinados cálculos y la conformidad de la información financiera suministrada con sus respectivas fuentes”.

La sentencia destaca que sociedades inversoras de diversos países europeos adquirieron acciones confiando en la veracidad de los datos aportados por el organismo regulador, que evidenciaban los buenos resultados económicos de las cuentas anuales, así como por la reputación del grupo gallego y por estar auditado por BDO, una empresa que ostentaba un puesto destacado en la clasificación mundial de auditoras.

De la misma forma que BDO, la antigua Pescanova, igualmente condenada, defiende que ha sido “una perjudicada” y anuncia que prepara también su recurso ante el Supremo. Esta sociedad, participada por los bancos con los que Pescanova tenía deudas y por 9.000 pequeños accionistas que lo perdieron casi todo, mantiene una participación del 1,67% en Nueva Pescanova. Aseguran sus representantes que los actos de la antigua dirección determinaron el concurso de acreedores al que se vio abocada la compañía debido “precisamente” a las actuaciones de los otros acusados, ya que el negocio productivo de la empresa “era y sigue siendo rentable”. Además, afirma que las devoluciones que deba hacer tendrán que sufrir una quita del 97,5% “como en el concurso de acreedores”.

La sentencia concluye: “No era misión de BDO adivinar ni investigar que lo que pretendía Pescanova con los créditos documentarios era financiarse a costa de filiales de ultramar que desconocían lo que la matriz hacía; simplemente, lo que se pedía a BDO era el control de los datos de la contabilidad y para ello, tenía todos los recursos a su alcance, pudo ver la falta de coherencia entre aquellas cifras y otras variables que indicaban que las cantidades no concordaban; sin embargo, los créditos documentarios, como el resto de las partidas fueron examinados, sin salvedad alguna”, señala la sentencia.

Fe de errores: En una primera versión, el subtítulo de esta información recogía por error que la cantidad a indemnizar era de 1.267 millones de euros, cuando en realidad, como se recoge en el texto, es de 126,8 millones.

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