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El 'dominio lingüístico catalán'

Los preceptos anulados del reglamento de usos lingüísticos de la Universidad Rovira i Virgili (URV) incluían, entre otras cosas, que se debía redactar exclusivamente en catalán la rotulación interna y externa de todos los centros que dependen de la URV, todas las actuaciones internas de carácter administrativo y la documentación dirigida al alumnado y al público en general.

La documentación dirigida a otras universidades y a las administraciones públicas 'del dominio lingüístico catalán' también debía ser en esta lengua. Este concepto se aplicaba también a las comunicaciones a los medios y a los residentes en el citado dominio lingüístico. Asimismo, en los actos públicos realizados dentro del dominio lingüístico catalán, los representantes institucionales de la URV debían expresarse en catalán, 'excepto casos excepcionales'.

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Los concursos para la provisión de plazas docentes y de profesorado contratado debían prever la acreditación de un nivel de suficiencia en el conocimiento de la lengua catalana.

Esta acreditación se podría establecer 'en el momento de la realización del concurso, o bien en un plazo máximo de dos años a partir de la fecha de toma de posesión en el caso del profesorado funcionario, o bien en el plazo de dos años a partir de la fecha de inicio del primer contrato en caso del profesorado contratado'.

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