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La fiscalía considera inconstitucional penalizar la negativa al test de alcoholemia

El alto tribunal tramita seis cuestiones promovidas por sendos órganos judiciales

Blanca Cia

Un informe de la fiscalía, autorizado por el hoy ex fiscal general del Estado Juan Ortiz Úrculo y entregado al Tribunal Constitucional en enero pasado, considera que acusar de desobediencia al conductor que se niegue a someterse a las pruebas de alcoholemia es inconstitucional. Los razonamientos del fiscal se explican en una de las seis cuestiones de inconstitucionalidad que tramita el alto tribunal: la del juez de Palma de Mallorca que impugnó el polémico artículo 380 del nuevo Código Penal, que prevé penas de hasta un año de cárcel por negarse a realizar el test de alcoholemia.

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite las impugnaciones de ese tipo penal -que entró en vigor, con el resto del Código, hace un año- planteadas por seis órganos judiciales distintos de España, entre ellos una sección de la Audiencia de Oviedo.Algunos de los jueces que han impugnado ese artículo lo han hecho con el convencimiento de que se trata de una vulneración del derecho fundamental a no declarar contra sí mismo porque la práctica de la prueba de la alcoholemia equivale a una declaración. En ninguna figura delictiva del Código Penal está previsto que la negativa del acusado a aportar una determinada prueba que pueda perjudicarle le suponga una acusación de desobediencia grave. Y eso es lo que le ocurre al conductor que no accede a la prueba de detección de alcohol en la sangre. "Lo que no puede suceder es que su conducta [refiriéndose al conductor] le acarree por sí misma consecuencias negativas", apunta el informe del ex Fiscal General del Estado.

Existe otro tipo de pruebas

Además de ese razonamiento, el informe destaca que hay otros medios para apreciar si existe o no un delito contra la seguridad en el tráfico. Afirma que la prueba de la alcoholemia, además, no es la más importante. En este sentido, el fiscal apunta que la autoridad judicial, ante la que sea trasladado el supuesto infractor, puede realizar otro tipo de pruebas para determinar si el conductor se encuentra bajo los efectos del alcohol o no.Otro de los motivos que apunta el informe del ex Fiscal General del Estado para apoyar la inconstitucionalidad de la acusación de desobediencia al conductor que se niegue a someterse a la prueba de la alcoholemia es la desproporcionalidad de la pena: "Resulta desproporcionado y contradictorio que la sanción de la conducta de negativa a la práctica de la prueba conlleve una pena superior [de hasta un año de cárcel] a la que corresponde al delito contra la seguridad del tráfico que se trata de evitar, y que se castiga con pena de multa ( ... ) o arresto de ocho a doce fines de semana". Entiende el fiscal que de esa forma se produce la quiebra del principio de proporcionalidad y, en consecuencia, el de legalidad que ampara la Constitución.

Una de las situaciones paradójicas que se están produciendo en torno a ese delito es que mientras la Fiscalía General del Estado ha pedido formalmente que sea declarado inconstitucional, los fiscales, en la práctica cotidiana, están obligados a plantear esa acusación contra los supuestos infractores o promover la cuestión de inconstitucionalidad. Fuentes de la carrera fiscal argumentaron que una cosa es el criterio sobre un precepto legal y otro su cumplimiento: "mientras esté en el Código Penal hay que aplicarlo".

Récord de impugnaciones

Fuentes jurídicas consultadas apuntan que el artículo 380 del nuevo Código Penal es el que ha registrado más impugnaciones promovidas por jueces y magistrados. Por ahora, el Tribunal Constitucional ha admitido a trámite seis cuestiones planteadas por órganos judiciales de Barcelona, Palma de Mallorca, Badalona, Valencia y por una sección de lo penal de la Audiencia de Oviedo. Todos los procesos concretos que han provocado la impugnación han quedado suspendidos hasta que se pronuncie el Tribunal Constitucional.Fuentes judiciales apuntaron que no es frecuente la desobediencia y que la mayoría de los conductores aceptan someterse a la prueba de alcoholemia. "La conducción bajo los efectos del alcohol es un tipo de delito que puede cometer cualquier ciudadano y para la mayoría supone un sentimiento de culpabilidad por lo que, casi siempre, colaboran", explica una juez de Barcelona.

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Sobre la firma

Blanca Cia
Redactora de la edición de EL PAÍS de Cataluña, en la que ha desarrollado la mayor parte de su carrera profesional en diferentes secciones, entre ellas información judicial, local, cultural y política. Licenciada en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona.

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