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Tribuna:DERECHOS DEL NIÑO / y 2
Tribuna
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Efectos de la guerra

2. De la incertidumbre y el riesgo a una nueva esperanza: el reto básico para el bienio 1991-1992.Huellas de que ese Inagotable espíritu de Unicef, profundamente humano, no ha decaído, sino que se acrecienta en la difícil prueba, han quedado patentes en los diversos encuentros celebrados durante los últimos meses de 1990 para analizar a fondo las exigencias dimanantes del conjunto normativo (Convención de la ONU de 1989, Declaración y Plan de Acción, de la Cumbre Mundial de 1990), que puede y debe ser ya calificado como la Magna Carta de la Infancia, en plenitud de vigencia formal pero con necesidad de urgente aplicación efectiva. Simplemente, a modo de ejemplos, me alegra poner de relieve las minicumbres, seminarios o talleres celebrados en Venecia (merced al del comité italiano de Unicef), en Madrid (por iniciativa de la Dirección General de Protección del Menor del Ministerio de Asuntos Sociales), en Florencia (gracias a la sensibilidad y a la excelente técnica del International Child Development Centre), en Lima (por empeño de la oficina territorial de Unicef en aquella conturbada y doliente región andina), y ahora la inminente reunión post-Summit de representantes de los comités nacionales de Unicef y otros expertos, muy laudable y oportunamente convocada e impulsada por el infatigable señor James Grant. En este más que dramático momento del mundo es justo y plenamente lógico que todos los organismos de la ONU y todas las ONG, con la Cruz Roja en cabeza, y Unicef, en lo que concierne a la infancia, concentren su mayor esfuerzo en remediar o aliviar en el mayor grado posible los daños y sufrimientos que originan las acciones bélicas en el golfo Pérsico; y ésa debe ser la misión prioritaria de cuantos integramos los cuadros de Unicef y los de las otras instituciones humanitarias, mientras se logra la paz y en el periodo inmediatamente siguiente.

Pero ello no puede disminuir el ritmo del proceso de desarrollo y aplicación, a nivel internacional y al de los diversos Estados nacionales, de los preceptos de la Convención de los Derechos del Niño y de los acuerdos de la cumbre mundial de jefes de Estado y de Gobierno.

Ello me mueve a recapitular de algún modo las principales reflexiones oídas en los referidos encuentros. Asumiendo, en concreto, lo esencial de las conclusiones, líneas rectoras de actuación y recomendaciones que se consensuaron en el seminario de Florencia, m e atrevo a resumir tres perspectivas o dimensiones en el necesario proceso de seguimiento y prosecución sobre "supervivencia, protección y desarrollo" de la infancia, hasta conseguir su mayor y más genuina efectividad posible en la realidad de todas las naciones.

A) En la primera perspectiva o dimensión los empeños más urgentes habrían de ser:

a) Estimular a los Gobiernos firmantes de la Convención, e incluso a los participantes en la cumbre mundial, pero que todavía no han ratificado aquélla, a que lo hagan sin reservas o con las menos posibles.

b) Informar sistemáticamente a la opinión pública de todas las naciones sobre la situación real de la infancia, y movilizarla para que influya sobre los poderes públicos (Parlamentos y Gobiernos) de sus respectivos Estados, a fin de que se modifiquen o completen las normas internas, ajustándolas a la convención intemacional e integrando a ésta en el respectivo ordenamiento jurídico-constitucional.

c) Preconizar la creación de una comisión intragubernamental en cada Estado, para una

mejor coordinación de los diferentes ministerios, secretarías de Estado y servicios públicos, en sus específicas funciones relativas al bienestar de la infancia, y como órgano encargado de preparar los informes periódicos al Comité de los Derechos del

Niño de la ONU, según preceptúan los muy importantes artículos 44 y 45 de la convención.

d) Sugerir a los Gobiernos la mayor descentralización posible de 1 a acción protectora y promocional de la infancia, y promover la máxima participación ciudadana en los órganos locales, facilitando el acceso a ella también de la población infantil y juvenil, de tal manera que esa protección no sea únicamente para los niños, sino con intervención de los niños, en la mayor medida que sea razonable y factible.

Metas señalada

e) Vigorizar la actuación de los comités nacionales de Unicef en los países donantes y de las oficinas territoriales de la organización, en los países receptores, para incrementar en los primeros la recaudación de recursos económicos, en la medida necesaria para lograr las metas señaladas en el Plan de Acción de la Cumbre Mundial, y para distribuir y realizar mejor, en los segundos, los programas de cooperación y solidaridad.

f) Por fin, propugnar la creación en cada país de una comisión nacional, también con niveles escalonados, integrada por representantes de las diferentes ONG y otros organismos y asociaciones consagrados en mayor o menor grado a la promoción y defensa de los derechos de la infancia (Unicef, Cruz Roja, Cáritas, Manos Unidas, etcétera), con plena independencia de los poderes públicos y con la misión de propulsar la efectiva aplicación de la convención y de las normas de ella dimanantes; analizar los problemas que ello entraña en la realidad cultural y social de la respectiva nación y colaborar -si fuese necesario, con espíritu crítico y perfectivo- en la formulación de los informes que cada Gobierno ha de rendir al Comité de los Derechos del Niño de las ONU, todo ello en ejercicio de las facultades certeramente reconocidas en el artículo 45 de la convención.

B) En una segunda dimensión o perspectiva -convergente con la primera pero menos orgánica o estructural, más bien funcional, y en algún aspecto, como fórmulas alternativas p4ra mejorar el sistema protector y promocional de los derechos de la infancia- sería aconsejable examinar, y en su caso proponer, medidas como las siguientes:

a) Reformar en profundida d en todos los Estados el régimen de prevención, enjuiciamiento y sanciones de los menores de edad, eliminando las características de los procesos judiciales a personas mayores y su sentido punitivo, para intensificar el espíritu tutelar y formativo, de rehabilitación moral y de reinserción social, de aquellos adolescentes que estén en riesgo de cometer o hayan cometido hechos tipificados en las leyes como faltas, o incluso delitos, pero otorgándoles en todo momento las garantías de audiencia, asesoramiento y defensa establecidas en las normas mínimas de la ONU para los procesos penales.

b) Propugnar la creación en todas las naciones de figuras similares al Ombudsman, elegido por el Parlamento, con plena independencia del Gobierno y con facultades suficientes -aunque no sean ejecutivas, sino investigadoras, críticas y promocionales-, para actuar efizcamente como defensor de menores, en contacto con la comisión intragubernamental y con la Comisión Nacional para la Infancia, de su propia órbita territorial, anteriormente referidas; y descentralizando también sus funciones, en niveles de ámbito regional y local.

Coordinadamente con esos ombudsmen nacionales cabría fomentar la institución de un ombudsman supranacional, en cada continente o círculo cultural más homogéneo (Europa, Norteamérica, Latinoamérica, Oriente Próximo, Africa negra, etcétera), para la protección y ayuda a la infancia de familias dispersas, inmigrantes o refúgiadas, y como cooperador eficaz de las actividades del Comité de la ONU para los Derechos del Niño.

d) Promover la aprobación po¡el Consejo de Europa de un protocolo adicional a la Convención de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales, de 1950, a fin de extender la competencia de los organismos jurisdiccionales de Estrasburgo (Comisión y Corte europeas de Derechos Humanos), a conocer de demandas referentes a violaciones de los derechos de la infancia, reconocidos y garantizados por la Convención de la ONU de 1989; y una prepuesta semejante a la Organización de Estados Americanos (0E.A), en relación con la Convención Interamericana de Derechos Humanos, (o Pacto de San José de Costa Rica), de 1969.

e) Como complemento de ese sistema de protección judicial de los derechos de la infancia en la órbita europea y en la interamericana, sería deseable -aunque las dificultades sean patentemente mayores- que la ONU reformen el Estatuto del Tribunal Internacional de Justicia, ampliando su competencia al enjuiciamiento de demandas individuales por infracción de los derechos humanos fundamentales reconocidos en los Pactos Internacionales de 1966 y en otras convenci ones de alcance universal, incluida la Convención de los Derechos del Niño, garántizandoles así la máxima protección jurídica.

C) Finalmente, debemos ser conscientes de que esas medidas de defensa jurídica de la infancia no serán suficientes, sin embargo, mientras subsistan las notorias injusticias estructurales -sociales, económicas, culturales y políticas- en multitud de países del mundo, sobre todo en los calificados como en vías de desarrollo, pues ahí está la principal raíz de la pobreza crítica -con todas sus consecuenciasde millones de madres e hijos, que padecen tremendamente, como lo revelan los indicadores periódicos de los diversos organismos internacionales, reasumidos por Unicef.

Tres acciones

De ahí que -con la mirada puesta en lo que hoy ocurre y en su prevísible agravación en el futuro- nos urja insistir en tres acciones convergentes:a) Cooperar al máximo en el cese de las acciones bélicas en el goffio Pérsico, y el establecimiento de una paz justa en esa región del mundo, pues ello será esencial para el bienestar de la infancia.

b) Acelerar el sistema de cancelación gradual -pero sin demoras- de la deuda externa de los países en vías de desarrollo, que es una tremenda hipoteca y un agotador impedimento para la cobertura de las necesidades vitales de sus respectivas poblaciones, y apoyar a tal efecto la aplicación del acuerdo establecido entre el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y Unicef sobre reducciones parciales de esa deuda por parte de los Estados acreedores, y afección del equivalente en moneda nacional a servicios sociales de ayuda a las madres y a las niñas y niños del respectivo país.

c) Instar, para el inmediato futuro, a la instauración del nuevo orden económico internacionál, en la línea de los acuerdos adoptados por la ONU en 1975 y en los años siguientes, para corregir dichas injusticias y fomentar un desarrollo verdaderamente humano de las naciones deprimidas. Sólo si somos capaces de luchar pacíficamente, pero poniendo en juego al unísono las razones de la cabeza y del corazón, urgidos por un inmenso anhelo de justicia y de paz, podremos ganar la victoria de los derechos de la infancia, a la luz de la Convención de 1989 y de los acuerdos de la Cumbre Mundial de 1990, y abrir el horizonte de una liberadora esperanza.

Joaquín Ruiz-Giménez Cortés es presidente del Comité Español de Unicef.

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