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Una sentencia hace tambalear el reparto millonario de la SGAE a sus socios por el uso de su obra en televisión en 2018

El juez considera que la entidad impuso de forma retroactiva un límite a la recaudación de la franja nocturna en el primer semestre de ese año y anula el acuerdo que puso en marcha la distribución del dinero

Tommaso Koch
SGAE en Madrid
La sede de la SGAE en Madrid.SAMUEL SÁNCHEZ

La televisión es la principal fuente de ingresos de la SGAE. Pero, desde hace un tiempo, también supone el origen de casi todos sus problemas. El último es una sentencia del juzgado de primera instancia número 71 de Madrid, a la que ha tenido acceso EL PAÍS, que anula el acuerdo que produjo el reparto de la entidad referido al primer semestre de 2018: es decir, las cantidades que la SGAE ingresó a cada socio por el uso de sus obras entre enero y junio de ese año en la pequeña pantalla partieron de una decisión que ya no vale.

La entidad, según fijó el juez el pasado 8 de abril, aplicó de forma retroactiva normas que no estaban en vigor en aquel periodo. El problema es que el dinero, casi tres años después, ya está entregado. Y el fallo puede remover unos 10 millones de euros y afectar más de 40.000 profesionales, en cálculos de Miguel Ángel Ramos, abogado de los demandantes, Atresmedia y Mediaset. El letrado cree que la entidad puede optar por devolver el dinero a los socios a los que les corresponde y pedir un reintegro a quienes cobraron de más, o incluir los ajustes en las siguientes liquidaciones a los autores y editores. Aunque la opinión de fuentes de la SGAE es muy distinta: anuncian que la entidad recurrirá el fallo. Y agregan: “La sentencia declara la nulidad del acuerdo [por el que se hizo el reparto] pero no condena expresamente a rehacer el reparto, por lo que los demandantes han solicitado la subsanación de la sentencia, que está pendiente de resolución”.

El punto de partida de este enredo es el mismo de los últimos años: la llamada rueda, una presunta trama por la que directivos de varias emisoras y socios de la SGAE se embolsaron millones de euros por la música que sonaba de madrugada, sin apenas audiencia. El caso —que la justicia sigue investigando y donde acabaron imputadas en 2020 las propias Atresmedia y Mediaset— generó guerras internas, peleas en los tribunales y ecos que la entidad al fin creyó apagar el 9 de febrero: la Asamblea General de los socios ratificó un cambio de reglamento que estableció que las canciones retrasmitidas en cada franja horaria de televisión recauden en función de publicidad y audiencia. Hacerse de oro gracias a la noche, por tanto, ya no será posible. Pero, una vez solucionado el futuro, la SGAE debe lidiar con el pasado.

Tras una operación policial, un escándalo mediático, la dimisión de varios presidentes y años de inmovilismo en la entidad, la rueda acabó pinchada por el Congreso. La reforma de la Ley de Propiedad Intelectual impuso, a partir de marzo de 2019, que ninguna horquilla horaria podría suponer más del 20% del total de ingresos generados por la televisión. Pero en el primer semestre de 2018, el periodo al que se refiere el fallo, la franja nocturna todavía representó el 40%, lo que explica buena parte del problema. Y la demanda de Atresmedia y Mediaset, que veían peligrar muchos millones.

Porque varias cadenas, aparte de pagar a la SGAE por usar la música de sus autores, también encontraron la manera de recibir dinero de la entidad, en un proceso conocido como retorno. En función del uso de su catálogo en los distintos momentos del día, las obras de los autores generan recaudación: una emisión en prime time vale mucho más que una de madrugada. Pero la diferencia, durante años, no fue tan grande. Y dejó un hueco para lo que algún directivo tachó de “picaresca”, pero que la justicia investiga como presunto fraude: una trama para llenar la noche de canciones. Varios creadores generaban cientos de temas al año, a veces tan solo cambiando un par de notas de una melodía de dominio público y atribuyéndose su autoría. Y las cadenas se beneficiaban programando estas obras, cuyos derechos habían sido cedidos a sus propias editoriales musicales. Y así, a la hora de repartir el dinero que ellos mismos pagaban a la SGAE por el uso de su catálogo, una parte les llegaba de vuelta. Por eso, entre otras razones, Atresmedia y Mediaset figuraban entre las 14 cadenas que el juez Ismael Moreno decidió imputar hace dos años por presunta corrupción en los negocios.

Entre la Ley de Propiedad Intelectual de 2019 y el reciente cambio del reglamento interno, el truco ya no servirá para enriquecerse. Pero lo que Atresmedia y Mediaset denunciaron es que el límite máximo del 20% no estaba en vigor en el primer semestre de 2018 y por tanto no debió aplicarse a posteriori. Frente a ello, la Junta Directiva de la SGAE aprobó en mayo de 2019 un reparto referido a ese periodo que sí tenía en cuenta el nuevo límite de la ley, que entonces ya era vigente. La sentencia considera que se trata de un acuerdo “contrario al ordenamiento jurídico constitucional, al pretender su aplicación retroactiva, implicar una manifiesta falta de seguridad jurídica, comprometida por la modificación de los criterios aplicables al reparto de derechos ya devengados, sin razón jurídica que lo permita o autorice”.

En su defensa, la SGAE aseguró que fue una decisión obligada por sus propios estatutos. Porque en diciembre de 2018, la entidad aprobó el reparto del primer semestre del año, sin ningún límite de porcentajes. Pero la Asamblea General de los socios, considerado el Parlamento de la entidad, votó en contra de ese reparto. Y por eso, según el argumento de la entidad recogido en la sentencia, la junta directiva lo modificó, ya en mayo de 2019, incluyendo lo que mientras tanto se había vuelto imperativo legal. Fuentes de la SGAE añaden como razón ulterior la presión del Ministerio de Cultura, que en aquella época amenazaba a la entidad con retirarle la licencia si no ponía fin a la rueda y reequilibraba su reparto. “Una vez que la ley establece un tope máximo de remuneración para las obras que son emitidas en horarios sin audiencia significativa, y ante la decisión mayoritaria de la Asamblea General de socios de rechazar el reparto sin tope [...] la junta directiva decidió que debía volver a hacerse ese reparto aplicando un tope del 20%”, responden desde la entidad. Esa decisión es precisamente la que anula la sentencia. Otro juez tendrá que resolver definitivamente el caso. Y la pregunta que más importa a los socios: quién debe llevarse el dinero de 2018.

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Sobre la firma

Tommaso Koch
Redactor de Cultura. Se dedica a temas de cine, cómics, derechos de autor, política cultural, literatura y videojuegos, además de casos judiciales que tengan que ver con el sector artístico. Es licenciado en Ciencias Políticas por la Universidad Roma Tre y Máster de periodismo de El País. Nació en Roma, pero hace tiempo que se considera itañol.

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