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El Constitucional anula parte de la ley de Castilla y León que permitía cazar al lobo

Varios preceptos de la normativa consideran la especie como pieza de caza mayor, a pesar de que el cánido está protegido en todo el territorio nacional

Lobo ibérico en semilibertad en el centro del lobo ibérico de Castilla y León Félix Rodriguez de la Fuente en Robledo, Puebla de Sanabria.
Lobo ibérico en semilibertad en el centro del lobo ibérico de Castilla y León Félix Rodriguez de la Fuente en Robledo, Puebla de Sanabria.© Luis Sevillano
Esther Sánchez

El pleno del Tribunal Constitucional ha dado la razón al Gobierno y ha anulado varios puntos de la ley de caza de Castilla y León en los que se consideraba al lobo como especie cinegética de caza mayor, lo que implicaba que se podían abatir ejemplares en contra de su protección actual. También se valoraba la pieza abatida en 6.000 euros. La sentencia respalda la posición del Gobierno, que presentó un recurso de inconstitucionalidad contra esta norma autonómica por considerar que entraba en contradicción con la legislación básica sobre medio ambiente e invadía competencias estatales.

El Constitucional concluye que los preceptos impugnados “vulneran el orden constitucional” porque “rebajan el nivel de protección medioambiental” de la especie. La caza del lobo se prohibió en todo el territorio nacional tras su inclusión en el Listado Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE). En él se encuentran las poblaciones que necesitan una protección particular por su valor científico, ecológico, cultural, singularidad, rareza o grado de amenaza. Así, el carnívoro dejó de ser considerado un trofeo de caza desde el 21 de septiembre de 2021. Hasta entonces el cánido estaba estrictamente protegido por debajo de la frontera del río Duero, donde es menos abundante, y era cinegético (se podía cazar) al norte de ese límite.

El Constitucional recuerda que se prohíbe cualquier actuación hecha con el propósito de dar muerte, capturar, perseguir o molestar a los ejemplares de las especies, subespecies o poblaciones incluidas en el listado. Por lo tanto, los preceptos aprobados por el Gobierno castellanoleonés en julio de 2021 son inconstitucionales.

Tanto la Junta como las Cortes de Castilla y León, personadas en el recurso de inconstitucionalidad, reconocieron en sus alegaciones que existía una “contradicción insalvable” de los preceptos impugnados con el régimen de protección estatal. Pero adujeron que la norma carecía de naturaleza básica y que existían varios recursos contencioso-administrativos contra la catalogación de la especie en el LESRPE pendientes de resolución ante la Audiencia Nacional. En la actualidad, solo se puede capturar algún ejemplar de lobo con permisos especiales de la Administración autonómica y en el caso de que se demuestre su conflictividad con el ganado y que se han aplicado medidas preventivas que no han funcionado. Es decir, no se permite abatir al lobo de forma recreativa.

Las comunidades con lobo, Castilla y León, Asturias y Cantabria, donde habita el 95% de la especie, se han manifestado en contra del aumento de protección del lobo porque consideran que los ataques del cánido a las ganaderías de sus territorios van a aumentar. Castilla y León modificó su ley de caza unos meses antes de que el lobo consiguiera la protección por encima del río Duero y catalogó al lobo como cinegético. El Ministerio para la Transición Ecológico pidió al Gobierno regional que reformara los preceptos que rebajaban la protección del animal, pero la comunidad autónoma no lo tuvo en cuenta.

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Sobre la firma

Esther Sánchez
Forma parte del equipo de Clima y Medio Ambiente y con anterioridad del suplemento Tierra. Está especializada en biodiversidad con especial preocupación por los conflictos que afectan a la naturaleza y al desarrollo sostenible. Es licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense y ha ejercido gran parte de su carrera profesional en EL PAÍS.

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