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Condenado a tres años y medio por drogar a dos prostitutas

El hombre les dio a beber un cóctel con cocaína y éxtasis, según el fallo de la Audiencia de A Coruña

Un club de alterne de Galicia.
Un club de alterne de Galicia.OSCAR CORRAL

La Sección Sexta de la Audiencia de A Coruña con sede en Santiago ha condenado a tres años y cinco meses de prisión a un hombre por echar droga en la bebida a dos prostitutas que se desplazaron a su vivienda. El cóctel elaborado para “producir efectos nocivos”, según recoge el fallo, estaba compuesto de cocaína y éxtasis (MDMA).

Los hechos probados en la sentencia se remontan a la madrugada del 4 de junio de 2015, cuando el hombre, vecino de Serra de Outes (A Coruña), acudió a un club de chicas de alterne situado en la localidad de Bertamiráns, cerca de Santiago. Allí conoció a las dos mujeres a las que contrató sus servicios y juntos se desplazaron a su domicilio en compañía de otro hombre que no fue testigo de los hechos.

Después de invitarlas a tomar una copa de champán, el hombre preparó una bebida que suministró a las chicas que contenía las sustancias estupefacientes. Entonces una de ellas comenzó a sentir mareos con pérdida de visión y precisó de tratamiento psiquiátrico y ansiolíticos.

El tribunal indica que los efectos del combinado de estupefacientes producidos en esta mujer tardaron en curar hasta siete días. Sin embargo, en la otra víctima los efectos de las drogas causaron menor daño porque comenzó a notar los mismos síntomas adversos pero rápidamente vomitó la bebida.

Ambas denunciaron posteriormente los hechos ante un juzgado de Santiago y la fiscalía había solicitado para el acusado una condena de 5 años de prisión. Este negó los hechos en el juicio y declaró que las mujeres habían bebido cava y que se fueron a la cama temprano porque estaban cansadas por el trabajo.

Los magistrados han condenado al hombre como autor de dos delitos, uno contra la salud pública, en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud, y otro de lesiones, por los efectos de las drogas. Además de la pena de prisión, el tribunal le ha impuesto al acusado la prohibición de aproximarse y comunicarse con las víctimas a menos de 200 metros durante los dos próximos años.

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También impone el fallo que el acusado deberá abonar a una indemnización de 3.000 euros a la mujer que sufrió más daños y ha fijado otra por importe de 600 euros para la otra denunciante. La sentencia no es firme por lo que podría ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

“No cabe aplicar el principio de insignificancia de la cantidad de droga suministrada a través de la bebida cuando las dosis disueltas han sido suficientes para producir efectos nocivos en la salud de las personas que las ingirieron”, argumenta el tribunal en los fundamentos de la sentencia.

Además, incide también el fallo que el acusado lesionó la seguridad de las víctimas y considera como “la circunstancia más relevante” que el condenado proporcionase una combinación de drogas duras sin el consentimiento de ambas mujeres. Un factor, apunta el tribunal, “que aumenta notablemente la recriminación de la conducta” del acusado.

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