_
_
_
_
_

El Supremo de EE UU respalda a la diseñadora que rechaza hacer webs para bodas entre homosexuales

Los jueces conservadores permiten por primera vez a un negocio discriminar abiertamente a los miembros de la comunidad LGTBI amparándose en la libertad de expresión.

Lorie Smith, dueña de 303 Creative, a las puertas del Tribunal Supremo el 5 de diciembre de 2022, cuando se celebró la vista oral del caso.
Lorie Smith, dueña de 303 Creative, a las puertas del Tribunal Supremo el 5 de diciembre de 2022, cuando se celebró la vista oral del caso.ANNA MONEYMAKER (Getty Images via AFP)
Miguel Jiménez

Lorie Smith, una diseñadora de páginas web cristiana evangélica, de 38 años, que solo cree en el matrimonio como unión de un hombre y una mujer podrá negarse a diseñar páginas webs para bodas entre homosexuales. El Tribunal Supremo de mayoría conservadora le permite negar sus servicios a quienes se casen con personas del mismo sexo en lo que supone un golpe a los derechos de la comunidad LGTBI. La diseñadora defendía que nadie la podía obligar en virtud de la libertad de expresión consagrada en la Primera Enmienda de la Constitución.

“Las protecciones de la Primera Enmienda pertenecen a todos, no solo a los oradores cuyos motivos el gobierno considera dignos. En este caso, Colorado pretende obligar a una persona a expresarse de una manera que coincide con sus puntos de vista, pero que desafía su conciencia sobre un asunto de gran importancia”, dice la sentencia, que cuenta con los votos a favor de los seis magistrados conservadores y en contra de los tres progresistas. “La Primera Enmienda concibe a Estados Unidos como un lugar rico y complejo en el que todas las personas son libres de pensar y expresarse como deseen, no como exija el Gobierno”, añade el fallo, firmado por el magistrado conservador Neil Gorsuch.

El voto particular de las tres juezas progresistas denuncia la situación: “Hoy, el Tribunal, por primera vez en su historia, concede a un negocio abierto al público el derecho constitucional a negarse a servir a miembros de una clase protegida. En concreto, el Tribunal sostiene que la Primera Enmienda exime a una empresa de diseño de páginas web de una ley estatal que prohíbe a la empresa denegar páginas web de bodas a parejas del mismo sexo si la empresa decide vender esas páginas web al público. El Tribunal también sostiene que la empresa tiene derecho a publicar un aviso que diga un aviso que diga: ‘No se venderán [páginas web de bodas] si se utilizan para matrimonios homosexuales”, dice.

Y continúa: “La empresa argumenta, y la mayoría del Tribunal está de acuerdo, que como la empresa ofrece servicios personalizados y expresivos, la Cláusula de Libertad de Expresión de la Primera Enmienda protege a la empresa de una ley de aplicación general que prohíbe la discriminación en la venta de bienes y servicios disponibles al público. Eso es erróneo. Profundamente erróneo”, señala el voto particular firmado por la jueza Sonia Sotomayor, a la que se suman las también progresistas Elena Kagan y Kentanji Borwn Jackson. “La ley en cuestión se centra en la conducta, no en la expresión, para su regulación, y el acto de discriminación nunca ha constituido una expresión protegida en virtud de la Primera Enmienda. Nuestra Constitución no reconoce el derecho a negar el servicio a un grupo desfavorecido”, concluye.

El caso (303 Creative LLC contra Elenis) se ha convertido en exponente de las guerras culturales que el Supremo de mayoría conservadora está dispuesto a librar en su giro a la derecha, pese a que desde el principio tenía algo de prefabricado. Smith no tiene aún un servicio de webs para bodas y ninguna pareja gay le ha encargado una. Pero ella alegaba que quería lanzar el servicio y publicar una advertencia con un rechazo categórico a atender a clientes para bodas entre homosexuales, algo que prohíbe la ley de Colorado.

En la vista oral, todas las partes admitieron que nadie pueda obligar a la diseñadora a crear una página web que transmita mensajes a favor del matrimonio homosexual. Pero Smith se negaba a prestar el servicio aunque no tenga que incluir esa clase de mensajes; incluso si el diseño que se le encarga es igual a otro que ya haya hecho para una pareja heterosexual o si incluye solo datos como el nombre de los contrayentes, lugar de celebración, opciones de alojamiento, la lista de bodas y otros detalles logísticos.

En la sentencia, el juez Neil Gorsuch señala a los jueces progresistas, diciéndoles que han olvidado “lo que los casos de este Tribunal han reconocido una y otra vez: [que] un derecho de expresión solo para algunos mensajes y algunas personas no es ningún derecho”. “Si la libertad significa algo, significa el derecho a decirle a la gente lo que no quiere oír”, añade citando a George Orwell. La jueza Sonia Sotomayor replica en una nota a pie de página de su voto particular: “La repetida invocación de la mayoría a esta policía del pensamiento orwelliana es reveladora de lo mucho que malinterpreta este caso”.

El exvicepresidente Mike Pence, republicano y cristiano conservador, ha celebrado la sentencia: “¡Hoy ha ganado la fe! La libertad religiosa es la base de nuestra Constitución. La decisión de hoy del Tribunal Supremo es una victoria para la libertad religiosa de todos los estadounidenses de todas las confesiones, que pueden vivir, trabajar y rendir culto de acuerdo con su fe y su conciencia”, ha tuiteado.

En cambio, el presidente de Estados Unidos, Joe Biden, ha calificado la sentencia de “decepcionante” y ha urgido al Congreso a aprobar una ley de igualdad que blinde los derechos del colectivo LGTBI. “En Estados Unidos, ninguna persona debe sufrir discriminación por el mero hecho de ser quien es o a quien ama”, ha dicho a través de un comunicado. “Aunque la decisión del Tribunal solo se refiere a los diseños originales expresivos, me preocupa profundamente que la decisión pueda invitar a una mayor discriminación contra los estadounidenses LGBTQI+. En términos más generales, la decisión de hoy debilita leyes de larga data que protegen a todos los estadounidenses contra la discriminación en los establecimientos públicos, incluidas las personas de color, las personas con discapacidad, las personas religiosas y las mujeres”, ha añadido.

“El Tribunal Supremo acaba de dar a las empresas una licencia para discriminar”, concluye Ben Olinsky, vicepresidente del Center for American Progress. “Esta sentencia abre la puerta a que las empresas utilicen la libertad artística como excusa para discriminar a otros grupos históricamente marginados”, ha dicho a través de una declaración remitida a EL PAÍS por correo electrónico.

En la misma línea, Kelley Robinson, presidenta de Human Rights Campaign, la mayor organización de defensa de los derechos LGTBI, ha indicado: “Esta decisión del Tribunal Supremo es un peligroso paso atrás, que otorga a algunas empresas el poder de discriminar a las personas simplemente por lo que somos”.

El Supremo respaldó hace tres años a un pastelero de Colorado que se negó a hacer una tarta nupcial para una pareja gay, aunque no entró en el fondo de la cuestión y parte de sus argumentos iban en contra de la discriminación. Este caso guarda similitudes y diferencias con aquel, pero hay coincidencia en que su desenlace resulta más trascendente, al fijar la doctrina sobre hasta qué punto las creencias religiosas y de otro tipo pueden ampararse en la libertad de expresión para justificar actuaciones discriminatorias.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Sobre la firma

Miguel Jiménez
Corresponsal jefe de EL PAÍS en Estados Unidos. Ha desarrollado su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactor jefe de Economía y Negocios, subdirector y director adjunto y en el diario económico Cinco Días, del que fue director.

Más información

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_