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La Audiencia de Ourense condena a un hombre a ocho años de prisión por una violación en un pub

El acusado acorraló a su víctima en un baño y nadie oyó los gritos por el volumen de la música

Manifestación contra la sentencia de la manada en mayo de 2018 en Madrid.
Manifestación contra la sentencia de la manada en mayo de 2018 en Madrid.Álvaro García

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense ha condenado a ocho años y medio de cárcel, como autor de un delito de agresión sexual, a un hombre que violó a una mujer a la que conocía en junio de 2017 en el baño de un pub. El tribunal considera acreditado que tras consumir una raya de cocaína cada uno, el sospechoso acorraló a la víctima y la violó. La mujer, según consta en la sentencia, le gritó que parase y pidió ayuda, pero no fue escuchada porque la música del local estaba muy alta.

Tal y como relata los hechos el Tribunal Superior de Xustiza, “la agresión finalizó cuando dos clientas del local intentaron abrir la puerta del cuarto de baño y encontraron a la víctima tirada en el suelo con los pantalones bajados y llorando, mientras el acusado se subía la bragueta”. El condenado abandonó el local, pero fue perseguido por dos clientes y, al final, la policía lo detuvo. “Nuestra convicción se funda en el testimonio de la víctima, que es claro, reiterado, concluyente y digno de crédito”, indican los magistrados del tribunal en la sentencia. El fallo indica también que “en todo momento, desde la denuncia inicial hasta el plenario, la víctima relató el ataque sexual que sufrió de forma verosímil y creíble”. Además, los jueces señalan que su versión está “corroborada por las pruebas documental, pericial y testifical practicadas”.

El tribunal indica que el procesado “no pudo albergar duda alguna de la negativa de la víctima, que exteriorizó claramente su oposición a consentir sus demandas”. Así, recalca que “no es no en cualquier tiempo y lugar, y ello no admite género alguno de interpretación en contrario”. El testimonio del acusado, quien negó todo contacto sexual, es considerado “inverosímil” por la Audiencia de Ourense.

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