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Varios juristas creen que los casos del máster como el de Casado deben archivarse

La decisión del alto tribunal marca un punto de inflexión en la causa que ha acabado con una presidenta regional y una ministra

Pablo Casado, en el centro, durante la reunión este viernes de la junta directiva de Nuevas Generaciones del PP.
Pablo Casado, en el centro, durante la reunión este viernes de la junta directiva de Nuevas Generaciones del PP.Tarek (PP)

La resolución de este viernes del Tribunal Supremo, que ha rechazado investigar a Pablo Casado (PP) por el caso máster aunque reconoce que existió un trato de favor, marca un punto de inflexión en una causa que ha acaparado la vida política durante los últimos seis meses, que ha acabado con la carrera de una presidenta regional y de una ministra, y que cercaba al líder de la oposición.

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El acuerdo de los magistrados del alto tribunal aterrizará ahora en el juzgado de instrucción número 51 de Madrid, que deberá tomar una decisión sobre las compañeras del dirigente del PP que también obtuvieron el título con un trato de favor. Y, según más de media docena de juristas, tendrá previsiblemente que archivar los procesos contra ellas si considera que son casos exactamente iguales.

Celso Rodríguez Padrón, portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), incide en esa idea. Si los hechos que se le atribuyen a Casado y a sus compañeras son idénticos, "lo correcto" es dar a la investigación del juzgado ordinario "el mismo destino" que se ha dado en el Supremo a la causa, es decir, el archivo. No obstante, Rodríguez Padrón recuerda que "toda decisión judicial es personal, individual y concreta" y que, antes de sobreseer, la magistrada debe analizar si los indicios en todos los casos son idénticos. Así que, en el caso hipotético de que Rodríguez-Medel, titular del juzgado de instrucción número 51, considere que los hechos no son extrapolables a los otros encausados, podría denegar el archivo que seguramente le reclamarán las defensas, que podrán acudir en apelación a la Audiencia Provincial de Madrid.

"Pero, por lógica, si están en la misma situación, el Supremo es el que marca la línea. Aunque la decisión del alto tribunal no se considere jurisprudencia, no se puede ir en contra si estamos ante dos situaciones exactamente iguales", continúa Raimundo Prado, portavoz de la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria (AJFV). Un argumento que coincide con el manifestado por otras fuentes judiciales, relacionadas con el ministerio público, que señalan que el Supremo, "técnicamente, no obliga" a Rodríguez-Medel a archivar la causa sobre las tres compañeras de estudios del líder del PP.  Sin embargo, le está "indicando el camino" que le debería llevar a cerrar esa investigación si entiende que las circunstancias son "idénticas".

Esas mismas fuentes señalan que esta decisión de archivo la puede tomar la juez de oficio, al serle notificado el auto del Supremo que responde a su exposición razonada, o bien a instancia de alguna de las partes. También resulta habitual que pida su opinión a los fiscales que le han acompañado durante la instrucción. Y ahí pone el foco Ignacio González, portavoz de Juezas y Jueces para la Democracia: "Ahora, la fiscalía tendrá que pronunciarse y tendrá que decidir si unifica criterio con el del Supremo. Pero, si considera que los casos sin similares, tendrá que pedir el archivo".

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En ese sentido, otro jurista consultado por EL PAÍS destaca que, formalmente, nada impide a la juez continuar si la fiscalía mantiene la acusación o lo hacen las acusaciones particulares. De hecho, recuerda otras situaciones divergentes que se han producido, como cuando en un delito están implicados mayores y menores de edad, y son juzgados por tribunales distintos.

Casado, llamado como testigo

"Lo que dice el Supremo es que no existen indicios de que hubiera habido un concierto previo entre Casado y el Instituto de Derecho Público, epicentro del caso máster. Si en el caso del resto de imputados se ven supuestos idénticos, se tiene que llegar a la misma conclusión", prosigue Javier Álvarez, catedrático de Derecho Penal de la Universidad Carlos III. "Pero puede que en los otros casos se hallen esos indicios. Ahí está la gran diferencia", apostilla el profesor, que considera "difícilmente comprensible" la posición del alto tribunal: "Ni siquiera la ha admitido a trámite para dilucidar el caso del líder del PP. Es un exceso evidente, tenía que haberlo admitido y haber hecho la instrucción. Debería haber sido consciente del daño que causa a la universidad con esta decisión. La impresión social va a ser espantosa. Me parece una desigualdad tremenda".

"Y, si sigue el juicio sin él, podría ser llamado como testigo, como le pasó a Mariano Rajoy en la Audiencia Nacional. Y como testigo tendrá que decir la verdad", apostilla Álvarez. Aunque Manuel Cancio, catedrático de Derecho Penal de la Universidad Autónoma, ve muy difícil que le llamen a declarar como testigo. Además, Cancio califica de "efecto perverso" la situación que ha provocado el aforamiento. "Rompe la unidad de acción judicial. Daña la credibilidad del sistema. Es intolerable que haya una diferencia de criterio entre un tribunal en el que inciden las fuerzas políticas y dice que no hay que investigar a un político y otro en el que no inciden y dice que sí hay que investigarle", argumenta, antes de recalcar: "Es una disfunción que no tendría que haber en un país normal. Genera una situación que dentro de un año puede ser insoportable, porque nos podemos encontrar con que la exministra de Sanidad, Carmen Montón, sea investigada y Casado no, y la diferencia es que ella dimitió y no es aforada".

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