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Podemos gana en el Supremo la ‘batalla’ sobre las primarias de Collado Villalba

El alto tribunal rechaza el recurso de un militante para anular los comicios internos de 2019

Pablo Iglesias, entonces líder de Podemos, acude en 2021 a un mitin del partido en Collado-Villalba.
Pablo Iglesias, entonces líder de Podemos, acude en 2021 a un mitin del partido en Collado-Villalba.Víctor Lerena (EFE)
J. J. Gálvez

El Tribunal Supremo ha dado la razón a Podemos en una causa abierta sobre las primarias del partido celebradas en Collado Villalba para las elecciones municipales de mayo de 2019, que un juzgado anuló en 2020 al considerar que los resultados se habían alterado. La Audiencia Provincial de Madrid ya revocó en 2021 ese fallo contrario a los intereses del partido, pero el denunciante —uno de los tres militantes que se presentó al proceso— llevó el caso hasta la Sala de lo Civil del alto tribunal para que volviese a revertir el dictamen de la justicia y, así, se invalidasen de nuevo los comicios internos. Sin embargo, ha fracasado: los magistrados no solo han rechazado su recurso, sino que además le han impuesto el pago de las costas del procedimiento, según una resolución de este 19 de octubre, a la que tuvo acceso EL PAÍS.

Esta batalla jurídica empezó hace casi tres años. Alejandro Mata perdió las primarias de la formación en el municipio madrileño y demandó al partido al considerar que se había producido un fraude. Según aseguraba, se había alterado el resultado mediante tres vías: con la prolongación del plazo durante el que las urnas estuvieron abiertas; con la admisión del voto doble de afiliados a otros partidos (Izquierda Unida y Cambiemos Villalba) con los que Podemos concurriría a las elecciones en confluencia electoral; y con la manipulación del sistema de recuento de votos.

El caso recayó en el Juzgado de Primera Instancia 89 de Madrid, que consideró acreditado la “manipulación” del resultado y estimó las pretensiones de Mata. De esta forma, las primarias quedaban anuladas. Pero la guerra en los tribunales aún no había acabado. Podemos, representado por la abogada Marta Flor, recurrió entonces a la Audiencia Provincial, que aceptó los argumentos de la formación. Los magistrados de este tribunal infligieron, además, un duro golpe al juzgado de primera instancia: “No compartimos la valoración probatoria realizada, pues los que la sentencia considera hechos base han quedado totalmente desvirtuados [...] La inferencia presuntiva de la alteración de los resultados electorales no concuerda ni guarda correspondencia, sino que pugna, con las pruebas practicadas”, concluyeron los jueces, que echaron abajo la primera sentencia.

Anta tal varapalo, Mata volvió a la carga y recurrió al Supremo. Pero este tampoco le ha dado la razón. Según el fallo del alto tribunal, no se pueden aceptar sus alegaciones pues carecen “manifiestamente de fundamento”. “Por una parte, el recurso incurre en notables defectos, en tanto se dificulta la identificación de la cuestión o cuestiones vinculadas con la norma que se señala como infringida; y, en rigor, no concierne al problema sustantivo, sino a la valoración de la prueba hecha por la sentencia recurrida, que contradice la apetecida y valorada por el propio recurrente”.

Escuela esotérica

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Paralelamente, el Supremo ha declarado nulo un acuerdo del Consejo Ciudadanos de Madrid de Podemos que excluyó una candidatura del proceso de primarias celebradas para las elecciones al Ayuntamiento de Madrid de 2015. El partido no avaló la lista Madrid Integral y Democrático, vinculada a una escuela esotérica, al considerar que no era coherente con los principios de su Documento Ético. Sin embargo, el alto tribunal entiende que su decisión vulneró los derechos de asociación y libertad de creencias de los integrantes de la candidatura.

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Sobre la firma

J. J. Gálvez
Redactor de Tribunales de la sección de Nacional de EL PAÍS, donde trabaja desde 2014 y donde también ha cubierto información sobre Inmigración y Política. Antes ha escrito en medios como Diario de Sevilla, Europa Sur, Diario de Cádiz o ADN.es.

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