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Inhabilitado un concejal de Calafell por perdonar más de 750 multas de tráfico

Un juzgado penal de Tarragona condena a Francisco Clavero por revocar sanciones a familiares, conocidos y compañeros del ayuntamiento

Francisco Clavero, con gafas y corbata roja, en un acto institucional con la policía local de Calafell.
Francisco Clavero, con gafas y corbata roja, en un acto institucional con la policía local de Calafell.EL PAÍS
Marc Rovira

El Juzgado Penal 4 de Tarragona ha condenado a una pena de cinco años de inhabilitación al exedil de Seguridad Ciudadana de Calafell, Francisco Clavero, por considerar probado que revocó más de 750 multas de aparcamiento a personas de su entorno sin que hubiera justificación para hacerlo. La condena señala que Clavero cometió un delito de prevaricación y le obliga a indemnizar al consistorio con 11.500 euros por el perjuicio económico que su vista gorda causó a las arcas municipales. Clavero, que era concejal por Convergència i Unió, alegó durante la investigación judicial que la anulación de multas era habitual en el ayuntamiento y que él creía tener poderes para poder hacerlo.

La sentencia recoge que entre diciembre del 2010 y marzo del 2015 el concejal responsable del área de Seguridad Ciudadana dio carpetazo a centenares de expedientes por infracciones de aparcamiento y multas de zona azul. Se da la circunstancia que casi la totalidad de las multas perdonadas afectaban a vehículos que estaban a nombre del propio Clavero, o bien eran propiedad de parientes y de conocidos suyos. Revocó 194 sanciones que iban directamente contra él y otras 49 que afectaban a su hija. A su esposa le indultó al menos 25 expedientes.

La manga ancha con la dispensa de multas también escapaba de su círculo más íntimo. El exalcalde del municipio vio como se le anularon 13 multas, y el hermano de éste se benefició de, al menos, tres exenciones. “Aprovechando el cargo que ostentaba y sin justificación legal para ello, el acusado anuló numerosos expedientes sancionadores de tráfico entre los años 2011 y 2015 con el fin de que no fueran abonadas las pertinentes sanciones administrativas”, recoge el texto de la condena.

El juzgado aplica una circunstancia atenuante de reparación del daño, porque el exedil entregó antes del juicio 15.000 euros a cuenta de la posible responsabilidad que se le imputara, y otra de dilaciones indebidas atendiendo a los retrasos que ha acumulado la causa. La pena de inhabilitación para empleo o cargo público es por un tiempo de cinco años.

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