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feminismo

El agrio debate entre feministas irrumpe con fuerza en el Parlament

La reforma de la ley para erradicar la violencia machista incluirá a grandes rasgos a transexuales y varias modalidades de la “diversidad de género”

Àngels Piñol
Manifestación del Día del Orgullo Gay en Barcelona.
Manifestación del Día del Orgullo Gay en Barcelona.Adria Salido Zarco (GTRES)

El Parlament celebrará en diciembre el último pleno de esta legislatura, que incluirá la reforma de la ley para erradicar la violencia machista, de 2008, para reforzar la protección de mujeres y niñas incluyendo a grandes rasgos a transexuales y varias modalidades de la “diversidad de género”. La propuesta ha generado un agrio debate en el feminismo: un sector defiende que solo es mujer quien nace así o quien concluye el proceso legal de cambio de sexo y que la ley se acerca a postulados transexuales, mientras otro defiende el “autodeterminismo de género”. La reforma se está debatiendo por la vía de urgencia.

La iniciativa partió de Catalunya en Comú para incorporar en la ley la “violencia institucional” contra las mujeres —cuando la Administración no ampara a las agredidas— y la “violencia digital” —la difusión de ataques en las redes—. Su idea era dar más “robustez” a la norma revisando el artículo 2, que reza: “Las referencias a las mujeres incluidas en esta ley se entiende que incluyen a niñas y a las adolescentes salvo que se indique lo contrario”. Lo querían cambiar por: “Se entiende que incluyen a las niñas y adolescentes transgénero y cisgénero, a las personas intersexuales, así como a les identidades no binarias o las que no se quieren relacionar con ningún espectro de género binario”.

Coincidiendo con el debate en el Congreso de la conocida como Ley trans, la definición desencadenó una tormenta tan feroz por parte de ciertos grupos feministas, que los comunes han renunciado al texto. Al final, solo quieren añadir “mujeres, adolescentes y niñas transexuales”. “Nos hemos autoenmendado. Ha habido una campaña muy dura en contra”, dice la diputada Susanna Segovia. Gemma Lienas, exdiputada de Catalunya Sí que es Pot, compareció en comisión contra la reforma.

El artículo 2 es una declaración de intenciones sobre el universo del que parte cada grupo, donde Ciudadanos y ERC son los más inclusivos, la CUP no interviene en la ponencia, el PP alude a “cisgénero y transgénero” y desborda a Junts que se limita a decir “salvo que la ley diga lo contrario”. El PSC solo añade que en las referencias a las mujeres se incluya “a las menores de 18 años”.

“El objeto jurídico de la ley tiene que ser la mujer”, alega Beatriz Silva, del PSC, que puntualiza que el artículo 70 de la norma ya reconoce los derechos de la diversidad transexual y quieren ahora incorporar que las “mujeres transexuales son mujeres y, por tanto, sujetos de derecho de esta ley”. “Está en el artículo 70 pero queremos visualizarlo en el 2. Es una postura política”, matiza Jenn Díaz, de ERC, que apuesta por situar a las personas transexuales en el frontispicio de la ley.

“Estamos enfadadas. La reforma desvirtúa el concepto de mujer como categoría jurídica”, dice Silvia Carrasco, antropóloga, de Feministes de Catalunya, asociada a dos coordinadoras estatales que agrupan a 170 colectivos. “El planteamiento no es transgresor ni revolucionario. La violencia machista en la historia de la humanidad se ha dirigido contra mujeres y niñas”, apunta, y lamenta la falta de debate social y que la reforma no incluya la lucha contra la prostitución o el acceso de jóvenes a la pornografía infantil.

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El análisis contrasta con el de Laia Rosic, psicóloga y coordinadora del grupo de trabajo sobre violencias machistas del Consell Nacional de Dones (CNDC), que desdramatiza recordando que todo el feminismo busca “la abolición del estereotipo de género”. Y reivindica que históricamente el movimiento feminista en Cataluña ha ido de la mano del colectivo trans. El CNDC pide modificar el artículo 70 para que los derechos de las personas transexuales que han sufrido violencia machista se equiparen al del resto de mujeres sin que se les exija un informe de disforia de género (trastorno del sexo), como dice ahora la ley. “No se les puede imputar una patología. Son mujeres y deben ser leídas como tales”, dice Rosic.

Con un debate más enconado fuera del Parlament que dentro, todo apunta a que el caballo de batalla de la ponencia estará centrado en ese artículo 70. Díaz confía en pactar con otros grupos para que la ley no exija documentación a las transexuales que acuden a las oficinas para ser atendidas víctimas de esa violencia y recuerda que fácilmente se pueden tardar 10 años en dejar la primera “huella administrativa” que refleje el cambio legal de identidad. La Generalitat ya expide las tarjetas sanitarias sin exigir el cambio en el DNI. “Se nota mucho cuando en tu partido tienes o no un grupo trans. Lo que no queremos es dejar en las manos del trabajador de turno poder atender a las personas trans”, asevera Díaz.

Feministes de Catalunya quiere mantener el artículo 70 tal y como está y otros partidos alegan que si las transexuales ya son consideradas mujeres no hace falta reformar nada. ERC quiere protegerlas en los años de tránsito en que carezcan de documentación.

Los conceptos de la ponencia

Estos son algunos de los conceptos que figuran en las enmiendas de la ley:

Cisgénero: Persona cuya identidad de género coincide con el sexo asignado al nacer. ERC, PP y Cs usan la definición.

Trans: Término paraguas utilizado para referirse de manera inclusiva a las personas que viven continua o temporalmente un género que difiere del que le fue asignado al nacer.

Transgénero: Persona cuya identidad de género no coincide con el asignado al nacer. Los comunes renunciaron a esta definición.

Transexual: Persona que ha modificado o tiene la necesidad de modificar sus características sexuales.

Intersexual: Persona que nace con características sexuales que no permiten clasificarla como macho o hembra.

Identidad no binaria: Persona con identidad de género que no coincide con el concepto tradicional de hombre y mujer.

 

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