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Condenada a tres años y medio de cárcel una funcionaria navarra por acceder a información reservada de Hacienda sin autorización

La penada difundió datos de una mujer, a la que deberá pagar 1.000 euros y que recibe atención psicológica tras recibir un chantaje

La Audiencia de Navarra
Palacio de Justicia de Navarra.Villar Lopez (EFE)
Amaia Otazu

La Audiencia Provincial de Navarra ha condenado a tres años y medio de prisión a una funcionaria de carrera del Gobierno foral por un delito de revelación de secretos. Sin estar autorizada, accedió a información reservada de Hacienda de una mujer, que denunció los hechos, y a la que deberá pagar 1.000 euros de indemnización. Los hechos se remontan a marzo y abril de 2020. La condenada, de 51 años, accedió entonces hasta en tres ocasiones a dicha información y fotografió el contenido, que envió a un tercer implicado. Este hombre, consciente del origen ilícito de la imagen, se la envió a la víctima para perturbarla. Sin embargo, ha sido absuelto porque no se ha podido comprobar que pidiera a la condenada que le enviara esa información. Desde el 18 de mayo de 2020, y como consecuencia de los hechos, la denunciante recibe atención psicológica.

Según la resolución, en el momento de los hechos, la condenada desempeñaba un puesto administrativo con nivel C que consistía en la atención al público y la tramitación de expedientes relacionados con el registro de asociaciones, fundaciones y colegios profesionales. No estaba autorizada para acceder telemáticamente a otros departamentos, negociados o colegios profesionales y ello tampoco estaba incluido en sus funciones profesionales. A pesar de ello, recoge la sentencia, “con ánimo de revelar secretos y vulnerar la intimidad” de la víctima, la procesada utilizó su usuario y clave y accedió a una instancia presentada por la primera en la Sección de Asistencia al Contribuyente de la Hacienda Foral de Navarra. Tal y como ha quedado demostrado, dichos accesos no autorizados se realizaron el 4 de marzo a las 9.04, el 27 de abril a las 13.56 horas y el 30 de abril a las 12.44. En el último de esos accesos, la condenada hizo una fotografía del contenido de dicha instancia y, poco después, sobre las 13.17, se la envió a un tercer implicado, un varón. El tribunal considera que el hombre sí sabía del origen ilícito de esa imagen pero que, aun así, con el objetivo de perturbar a la víctima, le remitió esa fotografía a través de WhatsApp con el siguiente texto: “Buenos días!!! Ya está hecha la transferencia por la minuta que reclama… si ello ayuda a sufragar sus deudas con hacienda encantado”.

La justicia ha absuelto al hombre, pero ha condenado a tres años y medio de cárcel a la mujer tras considerar probado que “para obtener esta información tuvo que entrar en [la web] Registr@ e introducir como parámetros de búsqueda el nombre de la denunciante al menos y esto le permitió entrar a conocer unos datos e información que están vedadas para todas las personas que no tengan relación directa por razón de su trabajo en el departamento del Gobierno de Navarra al que se dirige las alegaciones o no sean el titular de los mismos”. La naturaleza reservada de dicha información es la clave señalada por los jueces para determinar la existencia de un delito de revelación de secretos.

Sin embargo, el hombre ha sido absuelto tanto de un delito de revelación de secretos como de un ilícito de amenazas. Por un lado, porque no se ha podido acreditar que el varón tomara parte en la obtención ilegal de los datos ni que solicitara a la procesada que los consiguiera. Por otro, porque a juicio de la Audiencia, el mensaje de WhatsApp enviado a la víctima “no constituye un delito de amenazas propiamente dicho ya que la expresión no tiene utilidad para ello ni separadamente hace mención a causarle algún mal”.

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