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Ferrari pierde en Galicia: tunear un Ford Cougar para que parezca un F430 no es delito

La marca exigía más dos millones de euros al dueño de un concesionario de Arteixo por el falso ‘cavallino rampante’

Imagen del falso Ferrari objeto de la sentencia.
Imagen del falso Ferrari objeto de la sentencia.

Ferrari ha perdido una carrera en Galicia contra quienes tunean coches para que parezcan bólidos del cavallino rampante. El propietario de un negocio de compraventa de vehículos de media y baja gama de Arteixo (A Coruña) ha ganado un pleito al poderoso fabricante italiano de automóviles deportivos, que le reclamaba 2,1 millones de euros por explotar los derechos de propiedad intelectual de la marca al tunear un coche que aparentaba ser de la firma. “¿Acaso el uso de un coche tuneado, que aun para los menos entendidos claramente resulta patente que no es un Ferrari, vulnera las reglas de la competencia?”, se pregunta el magistrado del juzgado número 3 de A Coruña en la sentencia, que puede ser recurrida pero que en principio ha eximido al acusado de un delito contra la propiedad intelectual y de explotar los derechos de la marca.

El empresario compró un vehículo Ford Cougar a principios de octubre de 2018, y ahí comenzó una pesadilla judicial para su negocio que ha acabado dañando su reputación, lamenta. El coche ya había sido modificado previamente por sus antiguos dueños, que habían logrado una cierta apariencia de Ferrari F430 Scuderia. Esas alteraciones, según la sentencia, afectaban a distintos elementos de la carrocería y del interior del automóvil. Además, se habían instalado en lugares visibles del coche emblemas y escudos con el nombre de Ferrari y el cavallino rampante característico de la firma automovilística.

El hombre lo compró con la intención de utilizarlo como vehículo de gerencia del establecimiento de compraventa de coches que administraba con otros socios, por lo que le pegó en los laterales unas pegatinas con el logo de la empresa. Dos semanas después, el coche fue incautado por la Policía Local de Arteixo y desde entonces, está inmovilizado en dependencias de la Policía Judicial como prueba del delito hasta que la sentencia no sea firme.

El fallo desestima el fondo de la demanda al considerar que el coche no fue adquirido para la venta a terceros y, por tanto, su propietario no pretendía engañar a nadie. El juez cree que es una demanda desproporcionada. A su juicio, ha quedado acreditado que algunas piezas o componentes del falso deportivo son de otras marcas “muy parecidas a las de Ferrari, mientras que otras son de fabricación artesanal”. Cree el magistrado que el acusado, como vendedor de coches de segunda mano, “difícilmente resultaría creíble que supiese ni una palabra de modelos o dibujos industriales de vehículos”. Por lo que concluye que “menos sabrá aún que pueda existir un registro por parte de Ferrari de los componentes del modelo 430 Scuderia en la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea”.

“Es un hecho bastante insólito que un caso de propiedad intelectual acabe en la vía penal”, afirma en declaraciones a este periódico la abogada del empresario, María Muiño González. La defensa se ha pasado tres años “analizando los entresijos de la marca” y sostiene que el acusado “nunca quiso aparentar tener un auténtico Ferrari”. “Los emblemas eran burdos y se veía perfectamente que eran simples pegatinas”, explica, “y tampoco iba a venderlo; lo tuvo en su poder solo 12 días hasta que fue incautado”.

El coche llevaba cinco años circulando así de tuneado y el vendedor no comunicó al empresario la existencia de ningún problema legal al adquirirlo. Se trata de un coche que está homologado por Industria para poderlo modificar. Además, el ingeniero industrial que intervino como perito en el caso resaltó el hecho de que el Ford Cougar lleva el motor delante y el de Ferrari es trasero, que el sonido del motor no son comparables, y en el interior hay elementos diferenciales que no exigen una pericia para distinguirlos. El técnico añadió que los emblemas eran de mala calidad y los colores de la bandera, distintos: ni siquiera pertenecían a la italiana, sino a la chilena.

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La sentencia argumenta que el conocimiento por parte del acusado del registro de los componentes de Ferrari “no es algo que se pueda presumir, sino que las acusaciones lo han de probar”. Tampoco da credibilidad el fallo a lo esgrimido por la multinacional, es decir, que “el acusado, consciente de todo eso, haya acudido al registro y comprobado si el vehículo de su propiedad contiene elementos objeto de ese modelo o dibujo” o que “sea su voluntad el utilizar un vehículo de esas características vulnerando los derechos registrales de Ferrari”.

El tipo de delito, según incide la resolución, exige tener grandes conocimientos sobre competencia industrial. Para el magistrado, las acusaciones “no han podido probar que se haya ofrecido en venta el vehículo, por mucho que haya aparecido la foto del coche en la página web del establecimiento”. Por último, la sentencia desmonta los argumentos de los representantes legales de Ferrari con varios interrogantes: “¿Acaso el uso de un coche tuneado, que aun para los menos entendidos claramente resulta patente que no es un Ferrari, vulnera las reglas de la competencia? ¿Va a perder la marca Ferrari alguna venta de sus exclusivos vehículos por el hecho de que un vendedor de coches de segunda mano se pasee por Arteixo en un Ford Cougar que se parece a un Ferrari? ¿De verdad que se está pretendiendo una condena a penas de prisión y que incluye, de manera añadida, el pago de no menos de 2.100.000 euros por el daño reputacional provocado por el acusado en la imagen de la marca?”.

El Fiscalía había pedido un año de prisión por un delito contra la propiedad industrial, además del comiso y destrucción del vehículo. La parte demandante solicitó en el juicio la destrucción de todos los elementos incorporados en el vehículo que reproducen las marcas y diseños titularidad de la compañía italiana. Y en concepto de responsabilidad civil reclamó dos millones de euros, la cuantía que el infractor hubiera debido pagar por la concesión de una licencia que le hubiera permitido explotar los derechos de propiedad industrial de Ferrari, además de 100.000 euros por daños morales a la firma.

Ferrari F430 GT.
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