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El Constitucional avala la ley de plazos del aborto

La nueva mayoría progresista del tribunal consagra el derecho de la mujer a interrumpir su embarazo en las primeras 14 semanas de gestación. La sentencia ha salido adelante por siete votos a cuatro

Aborto
Manifestación por el Día de la Mujer, el 8 de marzo en Sevilla.Alejandro Ruesga
José María Brunet

El Tribunal Constitucional ha avalado este martes de forma definitiva, por siete votos a cuatro, la ley del aborto de 2010, que consagra el derecho de la mujer a interrumpir su embarazo en las primeras 14 semanas de gestación sin necesidad de cumplir ningún requisito. El tribunal, con mayoría progresista desde su renovación en enero, rechaza así el recurso presentado por el PP hace 13 años. La sentencia ha sido redactada por la magistrada Inmaculada Montalbán y ha dividido al tribunal: el sector progresista a favor, el conservador en contra. Una de las magistradas progresistas, María Luisa Balaguer, ha emitido un voto concurrente, es decir, conforme con el sentido de la sentencia pero con argumentos propios.

El sentido de la sentencia se conocía desde febrero, cuando la nueva mayoría progresista del tribunal rechazó el primer borrador, elaborado entonces por el magistrado del sector conservador Enrique Arnaldo. Aquella ponencia consideraba ya plenamente constitucional el sistema de plazos, pero proponía anular el artículo 17 de la ley por considerar que no garantizaba una información completa y exhaustiva a la embarazada antes de que esta tomase su decisión. Arnaldo proponía que la mujer que comunicara su intención de abortar fuera informada no solo por escrito, sino también verbalmente, sobre la intervención a la que se iba a someter y sobre las posibles alternativas, como la existencia de ayudas públicas a la maternidad. La ley de 2010 solo garantizaba la información escrita.

La mayoría progresista del Constitucional rechazó anular dicho precepto y defendió que el aval a la ley del aborto debía ser completo. Por eso la ponencia decayó y la magistrada Montalbán asumió la redacción de una nueva sentencia, cuyo contenido se ha conocido este martes.

Entre medias, ha entrado en vigor una reforma parcial de la ley, aprobada por el Parlamento en febrero. Esa reforma suprime la necesidad de permiso paterno para las mujeres de 16 y 17 años que decidan abortar (que introdujo el Gobierno del PP en 2015) y elimina también la obligación de informar a la embarazada por escrito de las alternativas al aborto y la obligación de que ella reflexione durante tres días (requisitos que recogía la ley de 2010).

La sentencia sobre la ley del aborto es la que más se ha demorado en la historia del tribunal. La ley fue recurrida por el PP en 2010, pero el Constitucional aparcó la deliberación de este asunto durante más de una década al constatar que no existía consenso en su seno. La ponencia del magistrado Enrique Arnaldo fue redactada hace más de un año y la idea era debatirla después de la Semana Santa de 2022, pero el órgano de garantías decidió aplazar de nuevo la discusión para no generar nuevas tensiones en el tribunal, al que le faltaba apenas un mes para concluir su mandato con la composición que tenía entonces.

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En ese momento, el Constitucional tenía una mayoría conservadora, la que aprobó las sentencias que anularon el estado de alarma como instrumento jurídico para hacer frente a la pandemia. Ese debate ya supuso un gran desgaste para el tribunal, que no quiso repetir la experiencia a las puertas de su teórica renovación, aunque finalmente el cambio no llegó hasta enero de 2023. Pedro González-Trevijano y Juan Antonio Xiol, respectivamente presidente y vicepresidente del Constitucional hasta esa fecha, acordaron el aplazamiento a la espera de ser renovados. Su sustitución en enero dio paso a una nueva fase del Constitucional, ya con mayoría progresista, en la que fue elegido presidente Cándido Conde-Pumpido y vicepresidenta, Inmaculada Montalbán. Una de sus primeras decisiones fue llevar a la mayor brevedad posible al pleno la deliberación sobre la ley del aborto, sobre la que ahora, cuatro meses más tarde y tras el mencionado rechazo del primer borrador de fallo, el tribunal ha dictado definitivamente sentencia.

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