Así quedan las penas en la ‘ley del solo sí es sí’ con la reforma del PSOE
Si hay “violencia o intimidación”, la condena sube entre uno y dos años con carácter general
El PSOE ha hecho pública este lunes su propuesta para reformar la ley de libertad sexual, conocida como del solo sí es sí, que modifica las penas (subiendo las mínimas y algunas máximas) para todos los supuestos de agresiones sexuales cometidas con violencia o intimidación. El texto registrado por los socialistas implica volver en esos casos al marco de penas que había antes de que entrara en vigor la actual norma, ya que es ahí donde se estaban produciendo la mayoría de las rebajas decretadas por los tribunales, que han beneficiado ya a alrededor de 400 agresores sexual. Además de cuando exista violencia o intimidación, este incremento de penas se aplicará también en los casos cometidos sobre una víctima “que tenga anulada por cualquier causa su voluntad” (por ejemplo, bajo los efectos de sumisión química), que con la ley anterior al solo sí es sí se consideraban abuso y tenían una pena más baja.
La propuesta socialista, de salir adelante, solo se aplicará a las agresiones cometidas una vez que esta entre en vigor, por lo que no evitará que se sigan produciendo reducciones de penas de delincuentes condenados antes de esta reforma o pendientes de juzgar, ya que la norma obliga siempre a aplicar al reo la ley penal más favorable. Los socialistas han registrado en el Congreso la proposición de ley tras semanas sin lograr un acuerdo con Unidas Podemos para que los dos socios del Gobierno de coalición abordaran conjuntamente el cambio, lo que agranda la brecha entre los aliados.
El texto registrado por los socialistas coincide en parte con la propuesta que presentó en diciembre el Partido Popular, que también abogaba por volver a las penas anteriores a la ley del solo sí es sí para las agresiones con violencia o intimidación. No obstante, ambos textos presentan algunas diferencias, como que el de los populares dejaba fuera de este subtipo básico agravado los casos cometidos sobre víctimas que tengan anulada por cualquier razón su voluntad; o no consideraba la violencia como un elemento que siempre implica que un acto sexual sea una agresión (aunque haya consentimiento), un aspecto que introdujo la ley del solo sí es sí y mantiene el texto del PSOE. Ambos textos sí son casi idénticos en lo relativo a las agresiones con penetración y a los casos en los que existan circunstancias consideradas agravantes. Frente a las acusaciones deslizadas por algunos dirigentes populares en el sentido de que el PSOE ha copiado su texto, fuentes socialistas defienden que el PSOE entregó esta propuesta a Unidas Podemos a principios de diciembre, antes de que los populares difundieran la suya.
Así quedarían las penas en el Código Penal si prospera la reforma registrada por los socialistas en solitario en la Cámara baja:
Aumenta un año el tipo básico
Los socialistas incluyen un tercer párrafo en el artículo 178 del Código Penal. Dice así: “Si la agresión se hubiera cometido empleando violencia, intimidación o sobre una víctima que tenga anulada por cualquier causa su voluntad, su responsable será castigado con la pena de uno a cinco años de prisión”. Este artículo preveía en la ley del solo sí es sí una horquilla de uno a cuatro años de prisión, lo que estaba llevando a que algunos agresores que actuaron con violencia o intimidación y con la ley anterior habían sido condenados a entre cuatro y cinco años, vieran ahora rebajado su castigo.
Un subtipo en las agresiones con penetración
Este mismo ajuste para los casos cometidos con violencia, intimidación o sobre una víctima con la voluntad anulada se aplica en las agresiones con penetración, reguladas en el artículo 179 del Código Penal. Al unir los antiguos supuestos de abuso y agresión, la ley de libertad sexual previó para los casos con penetración una pena mínima de cuatro años —dos menos de lo que tenían las agresiones con penetración en la ley anterior—, lo que ha derivado también en reducciones de castigos. La reforma que propone el PSOE deja en cuatro años esa pena mínima, pero crea un subtipo agravado en el artículo 179 que sube esa mínima a seis años cuando exista violencia, intimidación o se actúe sobre una víctima con la voluntad anulada.
Nuevas horquillas en los casos con agravantes
Se modifica el artículo 180 del Código Penal, que establece la pena para los casos en los que concurran una serie de agravantes (entre ellas, violencia extrema, violaciones múltiples, agresiones a personas vulnerables, relación de parentesco, uso de armas...). La reforma del PSOE incrementa el castigo en estos casos cuando, además de estas circunstancias consideradas más graves, hubiera violencia o intimidación.
Este cambio implica volver a las penas previstas en el Código Penal anterior en los casos con agravantes. La ley del solo sí es sí contemplaba de dos a ocho años para el tipo básico de agresión con agravantes y de siete a 15 años en los casos con penetración. La reforma socialista introduce otros dos supuestos: de cinco a diez años de cárcel para las agresiones con agravantes y violencia, y de 12 a 15 años en las agresiones con penetración, violencia y agravantes.
Agresiones a menores: la pena mínima se eleva dos años
Para los supuestos de agresiones sexuales a menores de edad se incrementan las penas, volviendo a las que había antes de la Ley de Libertad Sexual, ya que en estos casos también se estaban produciendo rebajas importantes a agresores ya condenados. Así, cuando haya penetración, el responsable será castigado con penas de 8 a 12 años (sube en dos años la mínima, que ahora estaba en 6); si hay violencia o intimidación, la pena a imponer estará entre los 12 y los 15 años (ahora había un subtipo agravado que estaba entre 10 y 15 años). En el nuevo tipo agravado de agresiones a menores se incluyen también las agresiones cometidas sobre menores que por cualquier causa tengan anulada su voluntad, que en la ley del solo sí es sí estaban en el tipo atenuado.
Ajustes en los casos de menores agresores
La propuesta introduce también otros ajustes en la Ley del Menor y la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim). En la primera se corrige el desequilibrio que se producía ahora entre las penas previstas para los agresores sexuales menores de edad y las de los adultos, ya que hasta ahora los menores podían tener castigos de internamiento superiores en algunos supuestos a las penas de prisión de los adultos para ese mismo delito. Para acabar con esta situación, el texto registrado por el PSOE prevé una pena máxima de internamiento de cinco años (más otros tres de libertad vigilada) para los agresores de 14 o 15 años y de ocho años (más hasta cinco de libertad vigilada) cuando el menor tiene 16 o 17. Además, se modifica el artículo 14.3 de la Lecrim para devolver a los juzgados de lo penal la competencia para juzgar los delitos contra la libertad sexual cuando las penas de prisión a las que se enfrenta el agresor sean inferiores a nueve años (ahora casi todos los casos de delito sexual se juzgan en las Audiencias Provinciales).
Lea el documento registrado este lunes por el PSOE. Si no puede leerlo, pinche aquí.
Las dos formaciones del Gobierno están de acuerdo en elevar las penas para acabar con los efectos indeseados de la ley, pero discrepan en la argumentación jurídica. Unidas Podemos alega que vincular una subida de las penas al hecho de que la agresión sexual se produzca con violencia o intimidación puede afectar a la esencia misma de la ley, al entender que desplaza el foco de atención en lugar de atenerse a la idea de la ausencia de consentimiento que define la agresión sexual. El PSOE insiste en que eso no sucede y que el pequeño retoque que se hace en el artículo 178 del texto no afecta a la esencia del delito ni a la definición del consentimiento que se introdujo en la ley para reforzar la idea de que tiene que ser explícito. Unidas Podemos ve inexplicable el cambio socialista, y anuncia que presentarán enmiendas.
-“Es muy grave, Irene [Montero], hay que ajustar la ley” -“La ley está bien hecha, Pilar [Llop], pero escucho propuestas”
Preguntas y respuestas para entender qué está pasando con la ‘ley del solo sí es sí’
La propuesta socialista no va a evitar las revisiones de condena, ni se pueden revertir las decisiones judiciales que han aplicado la ley más beneficiosa para el reo, tal y como se admite en la reforma presentada esta mañana. “Se trata de responder a una alerta social”, ha subrayado el portavoz del PSOE en el Congreso, Patxi López, tras la sucesión de rebajas de pena y las excarcelaciones de agresores sexuales. Una vez cambiadas las condenas, los presos tienen derecho a que sus casos se revisen y se les aplique la nueva ley si esta les resulta más beneficiosa, por aplicación del principio de retroactividad favorable que tienen las normas penales.
La Ley del Solo Sí es Sí ha establecido que el aspecto fundamental sobre el que se configuran los delitos contra la libertad sexual es el consentimiento, y así seguirá siendo.
— PSOE (@PSOE) February 6, 2023
La PL que presentamos:
⇾ Aumenta las condenas.
⇾ Reduce la horquilla de esas condenas@patxilopez pic.twitter.com/4Vmq5L2vnv
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.