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El atasco administrativo impidió la expulsión del atacante de Algeciras

Interior admite que no consigue ejecutar el 91% de las órdenes de devolución de extranjeros en situación irregular

Yasine Kanjaa con el machete en la mano, tras asesinar a Diego Valencia, en una imagen del vídeo grabado por un viandante.Vídeo: EPV
Ó. L.-F.

La situación irregular en España del marroquí Yassine Kanjaa, detenido el pasado miércoles tras matar a machetazos al sacristán Diego Valencia en Algeciras (Cádiz) y herir a otras cuatro personas, no es una excepción. En la actualidad, el Ministerio del Interior solo consigue devolver o expulsar (dos figuras legales distintas) a sus países de origen a un 9% de los extranjeros en situación irregular contra los que dicta una orden para hacerlo, porcentaje ligeramente superior al que se registraba a finales de 2022, cuando era del 7,5%. Pese al incremento del último mes, se mantiene por encima del 90% las órdenes que, como en el caso de Kanjaa, no se pueden ejecutar por diversos motivos administrativos, confirman fuentes del departamento de Fernando Grande-Marlaska. En la actualidad hay 178 inmigrantes irregulares recluidos en los Centros de Internamiento Extranjero (CIE, instalaciones en los que los extranjeros pueden estar retenidos un máximo de 60 días) para su expulsión inmediata.

Interior admite que la situación es peor que la que había antes de que estallara la pandemia, cuando estas cifras de expulsión casi se triplicaban. En 2019, el año anterior al inicio de la crisis sanitaria que obligó a cerrar las fronteras, la Policía concluyó la expulsión a sus países de origen de 4.677 personas y la devolución de otras 6.476 personas, según datos oficiales obtenidos a través del Portal de Transparencia. En total, suponen cerca de un 30% de las 37.890 órdenes que se dictaron contra extranjeros para que abandonasen territorio español, según Eurostat. El porcentaje de expulsiones y devoluciones estaba por debajo de la por entonces media europea (36%).

Además, desde octubre de 2020, una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) impide a España expulsar inmigrantes solo por estar en situación irregular. El fallo obliga al Gobierno a aplicar la propia Ley de Extranjería española que impone multa en casos de estancia irregular y solo contempla la expulsión de extranjeros sin papeles cuando existan circunstancias agravantes. La Policía Nacional dictó entonces nuevas instrucciones para el cumplimiento de esta sentencia en las que ordenaba a los agentes que priorizasen aquellos expedientes en los que fuese posible motivar la expulsión con “elementos negativos” de la actuación del inmigrante frente a aquellos en los que la única infracción sea su situación irregular en España.

En concreto, planteaba que sería motivo suficiente para tramitar la expulsión que el inmigrante hubiera sido detenido por la comisión de un delito o que tuviera antecedentes penales; que hubiera invocado una falsa nacionalidad; que hubiera una prohibición de entrada anterior; que carezca de domicilio y documentación; que hubiera incumplido una orden de salida obligatoria, y que no exista posibilidad de comprobar cómo y cuándo entró en territorio español por falta de documentación o la ausencia en esta del sello de entrada. En el caso de Kanjaa se daba uno de estos requisitos, ya que cuando se detectó su presencia en Algeciras en junio del año pasado iba indocumentado. Sin embargo, este fue también un obstáculo para su expulsión.

De hecho, el expediente administrativo que se le abrió entonces se concluyó cinco meses después, el pasado 3 de noviembre, cuando se le notificó su expulsión. Se inició entonces el plazo de ejecución de la orden que, sin embargo, no se materializó. Según detallan fuentes de Interior, a no estar en posesión de documentación de su país, las autoridades españolas tuvieron que iniciar el proceso de pedir a Rabat que lo documentase o, en su defecto, se le expidiese un salvoconducto para que la policía le pudiera llevar a Marruecos. Este proceso no siempre es ejecutado por los más de 30 países con los que España tiene acuerdos para que acepten el retorno de sus nacionales.

Los responsables policiales encargados del control fronterizo consideran las expulsiones un buen instrumento para frenar la inmigración irregular y, de hecho, el cierre de fronteras a causa de la covid-19 ―con la consiguiente suspensión de los vuelos de repatriación― hizo que la Comisión Europea expresase en varias ocasiones en documentos internos su preocupación por sus consecuencias en estas políticas. Tras la progresiva reapertura de la frontera, las expulsiones y devoluciones han vuelto, pero aún se está lejos de las cifras de 2019. La Policía Nacional, de la que depende la ejecución de las expulsiones a través de la Comisaría General de Extranjería, fijaba en su último Plan Estratégico, elaborado el pasado septiembre, como objetivo “aumentar las repatriaciones” de extranjeros en situación irregular.

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En concreto, el documento policial ponía el foco en los de origen subsahariano, para lo que proponía el empleo de “vuelos macro [de gran tamaño] a los países de origen” mediante la firma de acuerdos bilaterales “eficaces”. También planteaba incrementar las repatriaciones “con Argelia y Marruecos”, punto de origen de la mayor parte de las pateras que llegan a las costas españolas. E insistía en consolidar la expulsión de “la población reclusa extranjera”, una figura contemplada en el caso de condenas superiores a un año de cárcel. El informe también apuntaba en una previsible “alta presión migratoria procedente de África” fruto de “la situación económica mundial”, causada primero por la covid-19 y, posteriormente, por la guerra en Ucrania.

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Sobre la firma

Ó. L.-F.
Redactor especializado en temas del Ministerio del Interior y Tribunales. En sus ratos libres escribe en El Viajero y en Gastro. Llegó a EL PAÍS en marzo de 2017 tras una trayectoria profesional de más de 30 años en Ya, OTR/Press, Época, El Confidencial, Público y Vozpópuli. Es licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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