_
_
_
_
_

La Audiencia da 10 días a Griñán y al resto de condenados por el ‘caso ERE’ para que ingresen en prisión

Los magistrados rechazan los recursos de súplica solicitados por los ex altos cargos de la Junta, mientras el expresidente de la Junta trata de suspender su entrada en la cárcel alegando una enfermedad grave

Jose Antonio Griñan
El expresidente andaluz José Antonio Griñán responde a las preguntas del fiscal en el juicio de la pieza política del caso ERE, en 2018.Raúl Caro (EFE)
Eva Saiz

El expresidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán, y el resto de los siete ex altos cargos de la administración condenados a penas de cárcel en la llamada pieza política del caso de los ERE ya tienen plazo máximo para su entrada en prisión: antes del 1 de enero de 2023. La Audiencia de Sevilla les ha dado 10 días, que empiezan a correr este viernes, para que ingresen voluntariamente en un centro penitenciario, después de desestimar sus recursos de súplica contra el auto que dictó el pasado 15 de noviembre, en el que rechazaba suspender la ejecución de la sentencia, como habían reclamado las defensas.

Solo para el antiguo ex viceconsejero de Empleo, Agustín Barberá, condenado a siete años de cárcel por malversación, la cuenta atrás fijada por los magistrados de la Sección Primera no se activa. Los jueces han acordado paralizar su entrada en la prisión hasta que se tramite la suspensión de la ejecución de la pena, que solicitó su defensa alegando su mal estado de salud, mientras se espera al informe del médico forense que certifique que padece una “enfermedad muy grave con padecimientos incurables” que establece el Código Penal, de acuerdo con el auto dictado este jueves y contra el que no cabe recurso.

Esa misma suspensión es la que va a intentar para su cliente la defensa del expresidente de la Junta que este mismo jueves, tras conocerse la resolución de la Audiencia, ha presentado ante el tribunal un escrito solicitando que se paralice su ingreso en la cárcel por padecer una enfremedad grave, según ha adelantado la cadena SER y ha podido confirmar este diario a través del abogado de Griñán, José María Calero. El artículo 80.4 del Código Penal dispone que los jueces y tribunales podrán otorgar la suspensión de cualquier pena impuesta sin sujeción a requisito alguno en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables. Esa es la argumentación que los magistrados han adoptado en el caso de Barberá y es la que Calero espera que se siga con su cliente.

El tribunal no se mueve ni un ápice de los razonamientos que ya reiteró en su resolución del pasado 15 de noviembre, en el que se rechazó la petición de suspender la ejecución de las condenas ratificadas por el Tribunal Supremo. “Los recurrentes plantean cuestiones ya resueltas en el auto recurrido y no hay dato o circunstancia alguna que permita reformar la resolución dictada”, indican los magistrados en su escrito. También se ciñen a los argumentos esgrimidos entonces para rechazar tanto las apelaciones de las defensas de los condenados relativas al largo tiempo transcurrido desde el inicio de la macrocausa, como las peticiones de suspensión por haberse presentado incidentes de nulidad ante el Tribunal Supremo. “En modo alguno la presentación del incidente puede dar lugar a la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad impuestas en sentencia firme, pues ello supondría un quebranto de los preceptos que regulan la suspensión de la ejecución de las penas y el cumplimiento efectivo de las mismas previstos en el artículo 80 y siguientes del Código Penal, en el artículo 988 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y en la doctrina del Tribunal Constitucional”, argumentó la sala entonces.

A continuación, los magistrados pasan a abordar las cuestiones alegadas de manera concreta en sus recursos por cada uno de los ex altos cargos condenados. Así respecto de la petición esgrimida por la defensa de Griñán, condenado a seis años de cárcel por un delito de malversación, de que se señalara un plazo prudencial de suspensión del ingreso en prisión de tres meses, la sala señala que “no puede atender a dicha petición, pues ninguna razón existe para acordar un aplazamiento de cumplimiento de una pena privativa de libertad, carente de apoyatura legal y que supondría un agravio comparativo para el resto de los penados y una decisión arbitraria carente de justificación”.

En el caso de la exconsejera de Hacienda, Carmen Martínez Aguayo, que también debe cumplir seis años de cárcel por malversación, los magistrados aducen que el voto particular de las dos magistradas del Supremo que alegaba su defensa “es irrelevante, pues los votos particulares no modifican el pronunciamiento condenatorio de la sentencia y no adquieren trascendencia en lo que respecta” a su ejecución. Sobre los recursos del exconsejero de Empleo, Antonio Fernández, condenado a siete años y 11 meses por prevaricación, y del antiguo director de la agencia IFA-IDEA, Miguel Ángel Serrano, sobre el que pesan seis años y medio de cárcel por el mismo delito, también se rechazan sus argumentos de que el auto recurrido no resolvía ni se pronunciaba sobre la cuestión jurídica planteada para la suspensión.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

También se desestima la alegación del exconsejero de Empleo, José Antonio Viera, a quien se le ha impuesto una pena de cárcel de siete años por malversación, al entender que “no existe ninguna excepcionalidad en este caso”, como las que enumera su defensa para suspender la ejecución de la condena. Cuatro de los condenados también esgrimían la vulneración al derecho de tutela judicial efectiva, otra argumentación que la Audiencia de Sevilla rechaza por entender que “la resolución recurrida se dicta atendiendo a estrictos criterios de legalidad al ejecutar una sentencia firme dictada por la Sala Segunda del Tribunal Supremo”.

Casi 12 años después de que se iniciara la macrocausa de los ERE, la pieza política parece abocada a su conclusión casi definitiva —a la espera de que se resuelvan los indultos presentados por todos los condenados― antes de que empiece el 2023. Además de Griñan, su exconsejera de Hacienda, Carmen Martínez Aguayo, el exconsejero de Innovación, Francisco Vallejo, los exconsejeros de Empleo Antonio Fernández y José Antonio Viera, el ex director general de la agencia Idea, Miguel Ángel Serrano, y el ex viceconsejero de Innovación, Jesús María Rodríguez Román, tendrán que ingresar en el centro penitenciario que escojan en los próximos 10 días. El ex viceconsejero de Empleo, Agustín Barberá, deberá esperar a que se tramite la suspensión de la ejecución de su pena de siete años de cárcel.

El expresidente de la Junta, tal y como relató este diario, no tenía grandes esperanzas de que este último recurso ante la Audiencia de Sevilla, pudiera prosperar y tiene desde verano asumido que iba a acabar entrando en prisión, según contaban sus allegados. Fuentes judiciales indican que, dadas las fechas en las que la Audiencia debía pronunciarse sobre los recursos de súplica de los condenados, se iba a hacer público el auto de forma que los plazos para la entrada en prisión no coincidieran con la Navidad. Griñán, no obstante, convencido como está de que no incurrió en ningún delito en relación con la gestión de las ayudas públicas fraudulentas de la Junta, que han reprobado duramente tanto esa sala como la Fiscalía Anticorrupción y el Supremo, el pasado verano al ratificar la condena de 2018, tiene previsto llegar hasta el Tribunal de Derechos Humanos de la Unión Europea, en el caso de que no prosperara el recurso de amparo que su defensa se plantea presentar, tras formular incidente de nulidad en el Supremo.

El auto de la Audiencia se ha conocido poco antes de que en el Parlamento andaluz se fueran a votar los primeros presupuestos con mayoría absoluta del PP, en unas sesiones muy broncas entre el PP y el PSOE-A, a cuenta de que los socialistas no presentaran a tiempo las enmiendas a las cuentas. En la sesión del miércoles, el portavoz de los populares, Toni Martín, además de hurgar en la herida de esa falta de coordinación, aludió a la condena a exatos cargos por el caso de las ayudas fraudulentas, un recurso habitual en sus intervenciones. El líder del PSOE, Juan Espadas, ha afirmado por su parte que “no tiene nada que decir sobre los ERE”, informa Lourdes Lucio.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Sobre la firma

Eva Saiz
Redactora jefa en Andalucía. Ha desarrollado su carrera profesional en el diario como responsable de la edición impresa y de contenidos y producción digital. Formó parte de la corresponsalía en Washington y ha estado en las secciones de España y Deportes. Licenciada en Derecho por Universidad Pontificia Comillas ICAI- ICADE y Máster de EL PAÍS.

Más información

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_