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El ‘caso de los ERE’ aterriza en la precampaña andaluza

La absolución de varios exconsejeros del ‘procés’ acusados de malversación será una de las bazas de las defensas en el Supremo

Caso de los ERE
Los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, durante el juicio en la Audiencia de Sevilla.Julio Muñoz
Reyes Rincón

La condena a los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán por el caso de los ERE llega al Tribunal Supremo en plena precampaña de las elecciones autonómicas, convocadas para el próximo 19 de junio. La Sala de lo Penal celebra este miércoles y jueves la vista pública sobre los recursos presentados por los 19 ex altos cargos a los que condenó la Audiencia de Sevilla y, aunque todos ellos están ya alejados de la política y desvinculados del PSOE, la cita servirá al PP para devolver al primer plano el binomio de socialismo y corrupción, el reclamo que entonó durante años para desalojar al PSOE de la Junta de Andalucía. Pero más allá de la derivada política, nueve ex altos cargos, entre ellos Griñán y cuatro exconsejeros, se juegan en el Supremo condenas de entre seis y ocho años de cárcel.

Con la vista que acogerá el Supremo esta semana, los recursos presentados contra la sentencia dictada por la Audiencia de Sevilla en noviembre de 2019 entran en la fase final. La cita es pública, pero solo están citadas las defensas y las acusaciones, no los condenados, lo que amortiguará el impacto político y mediático. Cada defensor tendrá entre 15 y 20 minutos para exponer las claves de unos recursos que, en los casos más breves, abarcan más de 200 páginas y en los más extensos superan el millar. “Hay que ir a lo medular. La de la Audiencia fue una sentencia caótica que abre frentes por todos lados y tocar todos los puntos que querríamos es imposible”, advierte Víctor Moreno Catena, defensor de la exconsejera de Economía Carmen Martínez Aguayo, condenada a seis años de cárcel y 15 de inhabilitación absoluta por malversación y prevaricación.

La Audiencia dio por probado que, entre los años 2000 y 2009, la entonces cúpula del PSOE andaluz urdió un “sistema fraudulento” dotado con 680 millones de euros que, sin control, repartió fondos a empresas en crisis para garantizar la “paz social”. Desde 2001, las ayudas las pagó directamente la agencia Idea mediante un convenio firmado por los dos máximos responsables de la Consejería de Empleo (el consejero José Antonio Viera y el exviceconsejero Antonio Fernández) que dejaba en manos del director general de Trabajo, Javier Guerrero (el principal imputado, fallecido en 2020), la facultad de ordenar el pago de las ayudas, pese a que “carecía de competencia legal para la concesión de subvenciones”. Con sistema, según la sentencia, el Gobierno andaluz se ahorraba cumplir con los requisitos legales para tramitar los expedientes de subvenciones y eludía la fiscalización de la Intervención, lo que favoreció “un descontrol absoluto”.

Los recursos de los 19 ex altos cargos suponen una impugnación a la totalidad a la resolución de la Audiencia, a la que reprochan múltiples “deficiencias técnicas”. “Tenemos la convicción real de que no ha existido ni por asomo una actuación coral de toda una administración pública como la que describe la sentencia. Eso es un disparate. Y como esto, otra serie de conclusiones a las que llega sin que hayan quedado probados”, señala el abogado Moreno Catena.

Una parte fundamental del debate va a girar en torno al delito de malversación, que es el que implica penas de cárcel y por el que están condenados, además de Griñán y Martínez Aguayo, otros tres exconsejeros, dos exviceconsejeros y dos ex directores generales. Los abogados sostienen que hay “contradicciones estructurales” en las acusaciones que se arrastraron hasta la sentencia. “Se acusa y se condena por una malversación continuada en grado de consumación. Pero es que en este juicio no se ha discutido eso, no ha habido ni una sola prueba sobre disposición de fondos públicos”, se queja uno de los letrados, que prefiere no ser citado. Es un argumento común de los recursos de todos los condenados por este delito, incluido el que fuera presidente andaluz, condenado por su etapa como consejero de Economía y Hacienda. Su abogado, José María Calero, recuerda que la malversación “exige” que la autoridad o el funcionario acusado tenga “disponibilidad de los fondos, capacidad directa para administrarlos”. “Y en este caso no los tiene. Los fondos lo administra Empleo”, advierte.

A favor de la tesis de los abogados juegan dos aspectos sobre los que el Supremo se tendrá que pronunciar. El primero, que el propio alto tribunal instruyó en 2015 el caso porque los dos expresidentes andaluces y otros implicados estaban aforados, pero no apreció malversación. El instructor, el magistrado Alberto Jorge Barreiro, consideró que Chaves y Griñán prevaricaron porque aprobaron “importantísimas partidas de dinero” para ayudas a empresas siendo “conscientes” de su procedencia ilícita; pero descartó que Griñán supiera como consejero de Economía que con este sistema se estuviera desviando dinero para el enriquecimiento de terceras personas (intrusos de los ERE, sindicatos, aseguradoras o despachos de abogados).

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Los abogados esgrimen también a su favor la jurisprudencia de la malversación desplegada por la Sala Penal en la sentencia del procés, en la que el tribunal absolvió de malversación a cinco exconsejeros porque desde sus departamentos no se dispusieron fondos para la celebración del 1-O, aunque todos ellos habían suscrito un acuerdo del Govern para asumir de forma solidaria los gastos que se promovieran para la realización del referéndum. En el caso de los ERE, todo el gasto salió de la Consejería de Empleo, por lo que las defensas consideran que, si hubo malversación, no puede abarcar a los responsables de otros departamentos.

En el caso del delito de prevaricación, por el que Chaves fue condenado a nueve años de inhabilitación, las defensas argumentan, entre otros motivos, que las transferencias de financiación, el mecanismo utilizado para pagar las ayudas sociolaborales y que la sentencia considera “ilegal”, estaban recogidas cada año en el proyecto de presupuestos autonómicos. “Se ha mantenido durante toda la instrucción y, finalmente en la sentencia, que las transferencias de financiación son ilegales, pero estaban en las leyes de presupuestos de la Junta de 2001 a 2010 y nadie las impugnaba”, sostiene uno de los abogados, que apunta: “La ley ilegal no existe por definición”.

Las tesis casi unánimes de las defensas serán rebatidas por las acusaciones, representadas en la Fiscalía y en la acusación particular que ejerce el PP. Ambos han pedido que el Supremo confirme la sentencia de la Audiencia de Sevilla. La decisión de la Sala Penal se conocerá cuando ya hayan pasado las elecciones andaluzas, pero tras la vista de esta semana el caso de los ERE aterrizará de nuevo en la campaña autonómica como lo ha hecho en cada convocatoria electoral de la última década.

Las defensas acuerdan que intervengan primero los abogados de los condenados por malversación

El tribunal, presidio por el magistrado Juan Ramón Berdugo, pidió a las defensas que acordaran entre ellas el orden de intervención y los abogados han optado por hacerlo en función de la gravedad de las penas (de mayor a menor). Así, intervendrán primero los de los condenados por malversación: además de Griñán y Martínez Aguayo, los exconsejeros Antonio Fernández, José Antonio Viera y Francisco Vallejo;  los exviceconsejeros Agustín Barberá y Jesús María Rodríguez Román; el ex director general de Trabajo Juan Márquez y el ex director general de la agencia Idea Miguel Ángel Serrano Aguilar. Tras ellos, los abogados de los nueve ex altos cargos condenados únicamente por un delito continuado de prevaricación a penas de inhabilitación, entre ellos el expresidente Manuel Chaves, condenado a nueve años de inhabilitación especial, la misma pena que recayó sobre el exconsejero de la Presidencia Gaspar Zarrías y la exconsejera de Economía y Hacienda Magdalena Álvarez. El principal imputado, el ex director general de Trabajo Javier Guerrero (condenado a 7 años y 11 meses por malversación) falleció en 2020, por lo que se extinguió su responsabilidad penal. No obstante, su familia sigue personada en el Supremo, puesto que el recurso se presentó cuando aún vivía. 

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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