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Las hijas de Juan Banús pierden millones al llevar su testamento ante el juez

El Supremo falla a favor de la última voluntad del conocido constructor y pierden la demanda que le pusieron a su hermano

El Tribunal Supremo ha fallado este lunes a favor de la última voluntad del constructor Juan Banús Masdeu, fundador de la inmobiliaria Juban S.A., creada en 1953, y promotor de la exclusiva urbanización de Mirasierra en Madrid, y la ha impuesto sobre la de sus tres hijas. Estas han perdido así decenas de millones de euros por cuestionar su testamento ante el juez y demandar a su hermano.

Juan Banús Masdeu comenzó su negocio inmobiliario junto a su hermano José y ambos realizaron una de las construcciones más polémicas del régimen de Franco: se hicieron con la concesión de El Valle de los Caídos. José Banús Masdeu, fallecido en 1984, acabó siendo conocido como el promotor inmobiliario del régimen. Tras terminar la faraónica construcción, los dos hermanos separaron sus caminos aunque corrieron la misma suerte amasando una gran fortuna. Pero mientras José se dirigió a la Costa del Sol para crear su gran imperio gracias a la construcción de Puerto Banús en la década de los setenta, Juan se quedó en Madrid para llevar a cabo el proyecto de la ciudad satélite de Mirasierra.

Juan Banús, que falleció a los 82 años en 1980, dejó escrito en su testamento en 1978 que prohibía la intervención judicial en el mismo, lo que es conocido como la cláusula Socini. Según dispuso, si uno o varios de sus herederos incumplían esta obligación –como ha sucedido-, se quedarían automáticamente con la cuota de la herencia "legítima" que señalara la ley, aumentando la parte de los restantes.

Las tres hermanas Pilar, Elvira y María Dolores Banús Ferré solicitaron a la Administración de Justicia que se les adjudicara el valor actualizado de las 480 acciones de la inmobiliaria que transmitieron sus padres a sus hermanos varones, Juan y Antonio. Unas acciones que, sumados a los intereses, podrían ascender a más de 11 millones de euros para cada una.

Los demandados denunciaron a su vez a las tres hermanas por incumplir la citada cláusula del testamento del patriarca y, en la sentencia de este lunes, el Supremo les da la razón a aquellos y establece que la prohibición fijada por Juan Banús Masdeu en su día es aplicable al caso.

"La cautela es admisible dentro de la libertad de testar y no constituye fraude de ley" pues permite al heredero elegir entre respetar el testamento o contravenir sus disposiciones reclamando la intervención judicial y, en este caso, recibir únicamente su herencia legítima estricta, ha fallado el Supremo. De este modo, Pilar, Elvira y María Dolores Banús Ferré han perdido no solo los 33 millones de euros que solicitaban ante el juez cuestionando el testamento de su padre, sino una proporción de la herencia cuyo cálculo no concreta la sentencia del Supremo divulgada este lunes, pero que dada la fortuna multimillonaria del importante constructor alcanza probablemente las decenas de millones de euros.

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