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Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

Punto y final al derroche de energía en los edificios

La publicación del borrador de Real Decreto por el que se regula la calefacción individual de calefacción es una buena noticia para los consumidores

La calefacción central en los edificios de viviendas tiene los días contados. La publicación por parte del Ministerio de Energía, Agenda Digital y Turismo del borrador de Real Decreto por el que se regula la calefacción individual de calefacción es una buena noticia para los consumidores y las comunidades de propietarios. Este Real Decreto regulará la instalación de contadores de energía o, en caso de que no sea técnicamente viable, de los repartidores de costes.

Pero no todas las comunidades con calefacción central estarán obligadas a instalar medidores de consumo en los radiadores de las viviendas. El Proyecto excluye a los edificios que se encuentran en las zonas climáticas suaves que son, entre otras, las Islas Baleares y Canarias y el litoral mediterráneo. Una discriminación a mi entender positiva, aunque desde Europa se busque la reducción de consumos en todos los territorios nacionales.

Pese a que los estudios realizados corroboran que la contabilización individualizada permite reducir hasta un 25% el consumo de calefacción, para estudiar la viabilidad técnica y económica (con retorno de la inversión) de este tipo de instalaciones para cada caso concreto, el Gobierno dictará mediante una Orden Ministerial el porcentaje medio de ahorro de energía a obtener con esta medida y el plazo de amortización, en años, por debajo del cual se considera que la instalación a acometer es rentable económicamente.

El texto propuesto no contempla, sin embargo, las válvulas termostáticas. Las válvulas de radiador son una de las herramientas para que las familias regulen su consumo en calefacción y ahorren. Por otro lado, la propuesta de Real Decreto deja para más tarde la publicación de una Orden Ministerial que fijará qué edificios quedarán o no exentos de la obligación de instalar, en función de su viabilidad económica. Y deja la evaluación de este criterio de rentabilidad a un instalador, lo que hace necesario establecer responsabilidades y controles con criterios muy rigurosos en este proceso.

Así mismo, se establece un calendario de actuaciones tanto para evaluar la rentabilidad económica como para llevar a cabo la instalación que varía en función de en qué zona climática (aparecen especificadas en el Código Técnico de la Edificación) se encuentre ubicado el edificio, y si éste tiene más o menos de 70 viviendas. Unos plazos que permitirán que no se produzca un embudo en la instalación de estos dispositivos.

Por poner un ejemplo, los bloques de Soria que tengan calefacción central y más de 70 pisos tendrán que evaluar la rentabilidad antes del 31 de diciembre de 2019 y, si resulta positiva, instalar repartidores de costes antes del 31 de marzo de 2021. En Madrid, esta obligación llegará en 2021, y en Jaén en 2022. Todos los edificios sujetos a la obligación tendrán que estar equipados con contadores o repartidores de costes en 2022.

El contenido de este borrador, que se aprobará en los próximos meses, y que afectará a más de un millón y medio de viviendas en toda España, podrá reducir en dos toneladas la emisión de C02 a la atmósfera y mejorar la eficiencia energética de los edificios residenciales.

Ignacio Abati, director general de Ista España y presidente de Aercca (Asociación Española de Repartidores de Costes de Calefacción).

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