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Atutxa, Knörr y Bilbao, condenados por desobediencia al Supremo

El alto tribunal reinterpreta la 'doctrina Botín' sobre la acción popular

El Pleno de la Sala Penal del Tribunal Supremo acordó anoche, tras seis horas de deliberación, condenar al ex presidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa y a los ex miembros de la Mesa de la Cámara Gorka Knörr (EA) y Kontxi Bilbao (EB), a penas de dos años de inhabilitación para cargo público y a multas de 108.000 euros por desobediencia al Tribunal Supremo, al no haber disuelto en 2003 el grupo parlamentario afín a Batasuna tras la ilegalización de este partido.

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El fallo, anticipado anoche por el Tribunal Supremo, implica una reinterpretación que la reciente doctrina del caso Botín, la apertura de un juicio a instancia exclusiva de la acción popular, que no ha superado el primer escollo y por lo tanto, vuelve la incertidumbre sobre su aplicación a los casos del lehendakari, Juan José Ibarretxe, y el caso del ácido bórico.

La doctrina Botín, mediante la cual el pasado diciembre quedó absuelto el presidente del Banco Santander, Emilio Botín, en el caso de las cesiones de crédito, fue adoptada por el pleno de la Sala Penal con una mayoría de 9 a 5, integrada por magistrados de todas las tendencias. Sin embargo, un sector de la Sala intentaba reinterpretar esa doctrina para el caso de que, si el fiscal no acusa y no existe acusación particular del perjudicado por el delito, sea posible abrir juicio a instancias exclusivamente de la acción popular.

Según las fuentes consultadas anoche, la mayoría del Pleno se inclinó por esa reinterpretación, de modo que para delitos en los que no puede haber perjudicado o éste es difuso se aplica la regla de que cualquiera puede ejercer la acusación a través de la acción popular. Esta modulación de la doctrina Botín fue acordada con los votos discrepantes de los magistrados del sector progresista Carlos Granados, Joaquín Jiménez, Andrés Martínez Arrieta y Luciano Varela.

Respecto al fondo del asunto, es decir, si Atutxa y sus compañeros incurrieron en delito de desobediencia al Tribunal Supremo, todos los magistrados del Pleno se mostraron de acuerdo, con ligeras diferencias de matiz que no darán lugar a votos discrepantes, en que se produjo el delito de desobediencia. Las penas de inhabilitación para cargo público no afectarán a Atutxa ni a Knörr, retirados de la política, pero si a Kontxi Bilbao, que sigue siendo parlamentaria.

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Atutxa había asistido en la mañana de ayer a la vista pública del recurso ante el Supremo, y a su término cargó contra "los endebles e incomprensibles argumentos del abogado del sindicato ultraderechista Manos Limpias" y confió en el que el Supremo "deje sin efecto su recurso".

Sin embargo, el Supremo ha anulado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia Vasco que había declarado que Atutxa, Knörr y Bilbao intentaron cumplir la orden del Supremo de disolver el grupo parlamentario de Batasuna, pero no pudieron hacerlo porque otra instancia, la Junta de Portavoces, lo había impedido.

Aquella sentencia, de diciembre de 2006, contó con el voto particular disidente del presidente del tribunal, Pablo Sesma de Luis, quien entendió que hubo "un intento de dar apariencia de acatamiento a lo que realmente escondía una desobediencia", tesis ésta que parece ser la que reflejará la sentencia del pleno del alto tribunal.

En la vista del recurso, el fiscal del Tribunal Supremo Fernando Prieto y la defensa de Atutxa habían pedido la aplicación de la doctrina Botín.

Juan María Atutxa, ex presidente del Parlamento vasco, a su llegada al Tribunal Supremo.
Juan María Atutxa, ex presidente del Parlamento vasco, a su llegada al Tribunal Supremo.EFE

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