_
_
_
_
_

Un empresario debe ingresar en prisión por la muerte de un obrero en accidente

El Juzgado de Ejecuciones Penales número 4 de Madrid ha ordenado el ingreso voluntario en prisión, en el plazo máximo de 10 días, del empresario Manuel Flores Santos, tras rechazar su petición de suspender la ejecución de la condena, a la que se opuso el ministerio fiscal.

Según el sindicato CC OO de Madrid, acusación popular en este caso, "el juzgado considera que el condenado no reúne los requisitos previstos en el Código Penal para acordar el beneficio de suspensión de la condena, ya que ésta es superior a los dos años de privación de libertad, por lo que deberá ingresar en prisión en el plazo indicado". Asimismo, esta central añade que este empresario, titular de la empresa Flosan, fue condenado a penas de dos años de prisión por un delito de homicidio y un año de prisión y multa de ocho meses por un delito contra los derechos de los trabajadores, en sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid del 27 de febrero de 2002.

Se le impuso, además, la inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión y oficio para el montaje y desmontaje de andamios, la indemnización a la familia del fallecido y el pago de las costas del juicio.

Siete metros de altura

Alfredo Roy Casado trabajaba desmontando un andamio por cuenta del empresario condenado, en la calle del General Arrando (Chamberí), el 23 de julio de 1999. El trabajador se encontraba en la primera plataforma del andamio, a unos siete metros de altura, cuando perdió el equilibrio y cayó al suelo.

Según la Audiencia Provincial, el trabajador no estaba dado de alta en la Seguridad Social; no se facilitaron las medidas de seguridad exigidas (casco, cinturón, arneses, formación, etcétera); el andamio carecía de las más elementales medidas de seguridad (no tenía barandilla ni cualquier otro sistema de protección, ni escalera de acceso a las plataformas de trabajo, ni puntos de anclaje de cinturones o arneses en elementos fijos y sólidos) y no existió de ninguna manera imprudencia de la víctima.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

La Audiencia considera ajustadas las penas impuestas "a la gravedad de los delitos y circunstancias del acusado". El empresario ya había sido condenado por el Juzgado de lo Penal número 13 de Madrid, sentencia que fue recurrida y que confirmó la Audiencia Provincial. Este periódico intentó localizar, sin éxito, a Manuel Flores Santos.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_