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El Tribunal Supremo confirma la expulsión de un guardia civil por maltrato

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha confirmado la expulsión de la Guardia Civil del agente José Antonio García Pérez, impuesta por el Ministerio de Defensa por falta muy grave, por haber sido el acusado condenado a dos años de prisión por maltrato físico o psíquico habitual y repetidas lesiones sobre su esposa. El alto tribunal considera que los delitos cometidos "revelan un comportamiento de todo punto incompatible con las funciones que la ley encomienda a la Guardia Civil".

El acusado, según la sentencia, maltrató a su novia, y posteriormente esposa, desde diciembre de 1997 hasta noviembre de 1999. Los malos tratos consistieron desde llamarla de forma continuada "puta" hasta pegarle patadas y puñetazos sin mediar palabra. Esas agresiones se produjeron de forma continuada, hasta que el 1 de noviembre de 1999 ella se marchó definitivamente del domicilio conyugal y se refugió en el de sus padres.

El 12 de octubre de ese año, el guardia civil llegó a disparar su arma de fuego contra una pared en vista de que la mujer se negaba a convivir con él. En vista de los acontecimientos, ella decidió reanudar la convivencia para "evitar males mayores", señala la sentencia.

A golpe de parachoque

Sin embargo, apenas 17 días más tarde, cuando ambos viajaban en coche, el acusado le sacó una navaja y la puso en el costado izquierdo de la mujer. Cuando ella se bajó del vehículo, el acusado la golpeó levemente con el parachoques en la pierna.

Ese mismo día, ya llegados al domicilio conyugal, el acusado la golpeó con un destornillador en un brazo y le dio puñetazos en la cabeza y también patadas en las piernas.

El 31 de octubre de 1999, un día antes de abandonar el domicilio conyugal la mujer, el guardia civil la increpó por el paradero de una camisa y le llegó a tirar de los pelos, además de insultarla. Como consecuencia de estas agresiones, la mujer sufrió hematomas y escoriaciones en brazos y muslos y dolor en la región sacroilíaca derecha.

El acusado decidió recurrir ante el Tribunal Supremo su expulsión del Instituto Armado, al señalar que la resolución que decretó su separación del cuerpo carecía de la exigible motivación.

El alto tribunal señala ahora que "quien actúa como lo hizo el demandante, con agresividad reiterada y llegando al extremo de hacer uso de un arma de fuego y un arma blanca, y de golpear con el parachoques del vehículo, sin que además concurriera ninguna circunstancia modificativa de la responsabilidad penal, es incompatible con el Instituto de la Guardia Civil, que es un instituto armado y tiene entre sus cometidos el de velar por la vida de las personas", indica la sentencia del Supremo.

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