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Urralburu alega ante el Supremo falta de garantías en el juicio

José María Irujo

La Sala Segunda del Tribunal Supremo celebró ayer la vista en la que las defensas de Gabriel Urralburu y de Antonio Aragón, ex presidente y ex consejero de Obras Públicas del Gobierno de Navarra, defendieron sus recursos de casación contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Navarra de 1998 que les condenó a 11 y 7 años de cárcel, respectivamente por delitos de cohecho y contra la Hacienda Pública. El letrado de Urralburu dijo que el juicio no tuvo suficientes garantías y el de Aragón pidió que se le apliquen atenuantes por su arrepentimiento. La fiscal recurrió la condena a tres años de prisión por encubrimiento impuesta a sus esposas y solicitó cuatro años por un delito de cooperación necesaria. Los cuatro se encuentran en libertad provisional y no asistieron a la vista.

Dos años y cuatro meses después de que la Audiencia de Navarra condenara a Urralburu y Aragón, ex dirigentes socialistas navarros, a sus esposas Olivia Balda y Ana Isabel Romeo; a Luis Roldán, ex director general de la Guardia Civil; y a Jorge Esparza, ex director comercial de Huarte; por delitos cometidos en el marco de la denominada trama navarra del caso Roldán el Supremo escuchó los argumentos de sus letrados contra la sentencia.

Comisión no solicitada

Javier Asiain, abogado de Urralburu, aseguró que el juicio celebrado en Pamplona no tuvo las garantías procesales necesarias. Destacó que la sentencia condenatoria se apoyó en unas comisiones rogatorias suizas que no habían sido solicitadas por el juzgado instructor del caso y en unas fichas, en las que venían detalladas las comisiones ilegales cobradas por su cliente, que, en su opinión, se enviaron a España por un conducto irregular. El letrado dijo que la Audiencia de Navarra confundió al Gobierno con su presidente y que en esa confusión estaba la base de la imputación de cohecho que se hace a Urralburu. Así, reiteró que ningún testigo atribuyó a éste su intervención en la adjudicación de obras y criticó que los peritos designados fueran funcionarios del Gobierno de Navarra, personado como acusación particular.

Sobre los delitos contra la Hacienda Foral arguyó que no estaban tipificados hasta 1995 y recordó que la figura de 'administrador de hecho' de la sociedad de la mujer de Urralburu que le atribuye el fallo, se introdujo en el Código Penal con posterioridad a los hechos. Además, defendió el argumento de que no puede condenarse a su cliente por cohecho y también por no declarar el dinero producto de la dádiva. El Supremo ya dejó claro en la sentencia del caso Roldán que no existe incompatibilidad entre ambas condenas.

Juan María Zuza, abogado de Aragón, expuso argumentos similares y reclamó que se le apliquen atenuantes por su arrepentimiento y expreso reconocimiento del cobro de comisiones ilegales. La Audiencia de Navarra no las aplicó porque el ex consejero de Obras Públicas confesó estos hechos al comienzo del juicio oral, lo que consideró 'extemporáneo'.

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Sobre la firma

José María Irujo
Es jefe de Investigación. Especialista en terrorismo de ETA y yihadista, trabajó en El Globo, Cambio 16 y Diario 16. Por sus investigaciones, especialmente el caso Roldán, ha recibido numerosos premios, entre ellos el Ortega y Gasset y el Premio Internacional Rey de España. Ha publicado cinco libros, el último "El Agujero", sobre el 11-M.

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