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El Tribunal Superior revoca un tercio de las sentencias con jurado

Una de cada tres sentencias que se han dictado en Barcelona desde la puesta en marcha del tribunal del jurado, a mediados de 1996, han sido revocadas total o parcialmente por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), al estimarse los recursos presentados por alguna de las partes. El motivo principal de revocación es un defecto en la redacción del veredicto, aunque en otros casos se trata de un error en la calificación jurídica de los hechos que se juzgan. Las mayoría de las sentencias revocadas son casos de delitos contra la vida.

La Audiencia de Barcelona es, con diferencia, la que más sentencias ha dictado en España desde que entró en vigor la ley del jurado. En poco más de dos años se han celebrado 30 juicios y otros 37 casos acabaron con una sentencia de conformidad entre las partes. De las 30 sentencias dictadas entre mediados de 1996 y 1998, contra 24 se recurrió en apelación ante el TSJC y en 9 casos los recursos se estimaron. La mayoría de las sentencias fueron revocadas parcialmente y sirvieron para rebajar la pena impuesta en un principio por asesinato y dejarlo en una condena por homicidio. Contra otras 11 de estas sentencias se volvió a recurrir ante el Tribunal Supremo. Hasta ahora, cinco están pendientes de resolución, cuatro han sido confirmadas y una fue anulada. Se trata del caso de Domingo Ortega, que acabó condenado por imprudencia, a pesar de haber matado a su compañera tras apuñalarla reiteradamente. La responsabilidad de que ocurra un caso así es, en buena medida, del magistrado que preside el tribunal. Así opina al menos Gerard Thomas, ex presidente de la Audiencia de Barcelona, que impulsó de forma decidida la implantación del jurado. En su opinión, corresponde a los profesionales del derecho hacer entender a los ciudadanos del tribunal que en función de lo que respondan a las preguntas se apreciará un delito u otro y, en consecuencia, la pena será también muy distinta. Preguntas poco claras Como demuestra la estadística, eso no ocurre siempre, porque en ocasiones se formulan preguntas poco claras en su redacción que pueden llevar al jurado a emitir respuestas contradictorias. La ley prevé que, si eso ocurre, el presidente del tribunal puede devolver el cuestionario y mejorar su redacción. El problema es cuando no lo hace, porque el veredicto del jurado es intocable y el magistrado tiene que imponer entonces la sentencia a la que le conducen las respuestas. "El jurado no tiene por qué conocer la distinción entre intención y premeditación, pero lo entenderá si se le explica que es como el que compra unos zapatos porque está paseando y los ve en el escaparate o porque ha salido de casa decidido a comprarlos", explica Gerard Thomas. Está claro que los matices jurídicos no son tan sencillos como la compra de los zapatos y a veces puede resultar incomprensible que un mismo caso tenga que juzgarse en tres ocasiones. Es lo que le ha ocurrido a un marroquí de Girona, absuelto y condenado a menos de dos años y pendiente ahora de que se repita el juicio. Thomas reitera que la culpa no es del jurado. Falta voluntad política para desarrollar la ley. Antes de entrar en vigor se organizaron cursillos para magistrados y fiscales, pero de eso hace ya tres años.

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