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El Constitucional convalida unas pruebas restringidas de acceso a la función pública

El Tribunal Constitucional ha declarado válido, "por una sola vez", el sistema de acceso a la función pública mediante pruebas convocadas por la Junta de Andalucía y el Gobierno canario de las que quedaron excluidos el personal contratado e interino transferido por la Administración del Estado e interinos que superaron pruebas selectivas. La sentencia resuelve las cuestiones de inconstitucionalidad acumuladas en las que el tribunal de lo contencioso que las elevó señalaba que las restricciones previas que se impusieron a los participantes "las convirtió en pruebas para personas determinadas".El Tribunal Constitucional indica que el derecho a la igualdad en el acceso a la función pública "supone una limitación fundamental a las llamadas pruebas restringidas', las cuales, en general, han de considerarse como un procedimiento proscrito en el artículo 23.2 de la Constitución".

Sin embargo, "no cabe excluir que, en determinados casos excepcionales", dice el Constitucional,-la diferencia de trato establecida en la ley en favor de unos y en perjuicio de otros; pueda considerarse como razonable, proporcionada y no arbitraria, ( ... ) siempre que dicha diferenciación se demuestre como un medio excepcional y adecuado para resolver una situción también excepcional".

Para el alto tribunal, las disposiciones impugnadas trataban de resolver "una situación singular, derivada de un proceso único e irrepetible de creación de una nueva forma de de organización de las administraciones autonómicas". Este proceso dio lugar a la necesidad de adscribir, de forma inmediata, a personal en régimen de derecho administrativo "cuando ni existían plantillas de funcionarios ni había tiempo para acudir a las formas normales de ingreso en la administración pública como funcionario."

La sentencia del Constitucional, de la que ha sido ponente el magistrado Vicente Gimeno Sendra, vuelve a referirse a que "la excepcionalidad de la situación" puede "justificar este sacrificio de la igualdad de trato", aunque más adelante se añade que en modo alguno "ha de resultar generalizable o extensible a otros supuestos".

Administración eficaz

Mediante dichas disposiciones, según la sentencia, lo que se perseguía era atender exclusivamente las expectativas de acceso a la función pública "creadas por la necesidad de instaurar una nueva administración autonómica y contribuir a la estabilidad y eficacia de la misma".

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