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Promesas de amor

Frente a la sentencia del Tribunal Supremo que justifica un aborto por "estado de necesidad", los autores del artículo defienden una regulación que asegure el derecho de la mujer a la libre elección. Es decir, la promulgación de una ley de plazos, accesible a todos los ciudadanos respetando la objeción de conciencia.

La reciente sentencia del Tribunal Supremo, conocida en enero de este año, parece prometernos una puerta falsa para normalizar el viejo derecho humano: la libertad de elección; en este caso del aborto. Puerta falsa, porque el "estado de necesidad" es un vago término que vuelve a permitir demasiadas interpretaciones jurídicas y opiniones sociales. Y éste es un tema -el del aborto- que incumbre exclusivamente a los individuos, y más explícitamente a las mujeres. Por tanto, la única solución, la auténtica legal, debería ser una ley de plazos.Pero volvamos al principio de las promesas. En el año 1982, el PSOE prometía en su programa electoral una ley del aborto justa, democrática y a cargo de la sanidad pública. Tras años de laborioso parto el PSOE, ya en el poder, aborda a través de la Ley Orgánica de Interrupción Voluntaria del Embarazo, en el año 1985, la despenalización parcial del aborto (tres supuestos) que consigue atender sólo a un 3%-5% de las necesidades de la población; obliga a las mujeres a abortar en la ilegalidad tolerada apoyándose en la medicina privada poco preparada socialmente para recibir esa avalancha.

Alguna Administración sanitaria autonómica, como la valenciana, intentó mejorar la aplicación de la ley, pero no prosperó. Así, en febrero de 1990, 272 centros públicos acreditados atendían el 3%-5% de los casos y 39 centros privados acreditados, al 95% de mujeres que demandaban el servicio.

La ley orgánica de 1985 consigue otro propósito -paradojas de las leyes-, que es aumentar la inseguridad e indefensión de mujeres y profesionales de la salud, plasmada en una serie de procesos judiciales, con algunos ejemplos bochornosos: el juicio del centro Los Naranjos, de Sevilla, o los diversos procesos del doctor Germán Sáenz de Santamaría (condenas por prácticas de abortos en casos de estupro o por prostitución). El juicio de Pamplona del año pasado, en el que se juzga a médicos de la sanidad pública actuantes dentro de la más estricta legalidad, por iniciativa de un difuso grupo de opinión. Y el caso del doctor Pedro Enguix, el juicio pendiente más antiguo, del año 1981, en libertad provisional desde entonces y a punto de ser juzgado. A este paso podría convertirse en un preso de conciencia.

Promesas también hizo la ministra de Asuntos Sociales tras el juicio de Pamplona. Prometió una reforma urgente de la ley, porque la actual era injusta, ineficaz y conflictiva. Pero eso ya estaba dicho desde 1985, desde que la ley sólo consiguió que las mujeres no fueran condenadas. Y un año después de la promesa sigue sin ocurrir nada.

Intimidad

Mejor dicho, ocurren muchas cosas. Juicios en los que se viola la intimidad de las mujeres, se las maltrata psicológicamente y se las trata como delatoras. Juicios en los que los médicos y profesionales de la salud se sienten vejados, perseguidos y condenados de manera delirante. La aplicación de la despenalización del aborto parece que tiene mucho de teología y poco de geometría. Y en esto llega la promesa del Tribunal Supremo: aplicar la eximente del "estado de necesidad". Pero pensando un poco, la promesa se deshace entre los dedos. ¿El nuevo supuesto se aplicará con la declaración de Hacienda en la mano o con el informe de asistencia social?

Ya el Tribunal Constitucional, en otoño de 1989, reconocía el derecho de la mujer a interrumpir su embarazo cuando le supone una carga excesiva. Y nada cambió entonces. Flaco servicio le hace el poder judicial al Gobierno -aunque sea justa su queja-, si quisiera apañar un engendro de ley. Estamos por los embarazos deseados las leyes justas. Repetimos: la ley del aborto debe ser una ley de plazos. Una ley positiva y, no despenalizadora. El aborto no hay que justificarlo, pues es una decisión íntima que parte (de) las entrañas. La ley de plazos garantiza cualquier interrupción voluntaria del embarazo, dentro de los tres primeros meses, de gestación, con sólo la decisión de la mujer.

Una ley que asegure la prestación en todos los centros sanitarios públicos sin el menoscabo del derecho a la objeción de conciencia, exclusivamente aplicada a la práctica médica del aborto y no a la atención complementaria que debe recibir la usuaria. Una objeción mantenida tanto en los centros públicos como privados.

Una ley que ponga al servicio de la población los métodos menos agresivos, desmedicalizados, como la píldora UR-486. Y desde luego, una ley que cuente con el apoyo de la Administración sanitaria para su desarrollo y cumplimiento, en coheirencia con los criterios de la Organización Mundial de la Salud, que a través de un comunicado específico recordó al Gobierno español, a raíz del juicio de Pamplona, que "datos de países europeos han demostrado una reducción significativa de la mortalidad materno-infantil cuando el aborto ha sido legalizado. La experiencia de muchos países demuestra que conductas tendentes a restringir el derecho al aborto tienen efectos antinatalistas y antifamiliares... Un país que desee tener madres sanas, niños sanos y familias felices debe terminar a toda costa con la legislación restrictiva del aborto". Lo dice la Organización Mundial de la Salud. También el pleno del Parlamento Europeo, en la segunda quincena de marzo de 1990, condenó explícitamente la situación de España y Alemania, donde a pesar de la legislación del aborto persiste la persecución judicial contra mujeres y médicos.

Juicio

Hoy, 14 de febrero, se celebra el juicio pendiente desde el año 1981 contra el doctor Pedro Enguix y tres mujeres, por supuesto delito de aborto. Este caso tiene importantes aspectos que merecen ser recordados. El doctor Enguix ha sido pionero, aun a riesgo de su libertad, en la prestación del aborto en un trato de dignidad a la mujer. Divulgador en España del método de Karman por aspiración, método que desarrolla la desmedicalización y la autonomía de la mujer.

Como profesional de la medicina, trabaja en el campo de la salud de la reproducción desde coordenadas de respeto y libertad de las mujeres, siendo también pionero de esta nueva manera de entender el nacimiento y el parto consciente. El único camino para aumentar el valor individual y social de la maternidad / paternidad.

Enrique Lebrero es ginecólogo. Consuelo Ruiz-Jarabo pertenece a la Asociación para la Defensa de la Sanidad Pública.

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