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El juez levanta el procesamiento a dos periodistas por falta de intención de calumniar

El titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Madrid, Joaquín Navarro Estevan, decidió ayer levantar el procesamiento de los directores de Efe, Ricardo Utrilla, y Europa Press, Antonio Herrero, en relación con la querella por calumnias presentada por las hijas de Xabier Galdeano, asesinado el 30 de marzo de 1985 por los Grupos Antiterroristas de Liberación (GAL). El magistrado considera que, tras la declaración del director de la Seguridad del Estado, Julián San Cristóbal, se ha demostrado la existencia de "fuentes, policiales" en las noticias difundidas por ambas agencias sobre la vinculación de Galdeano con la dirección de ETA, por lo que entiende que no hubo intención de calumniar y revoca su acuerdo de procesar a ambos periodistas.

En uno de los razonamientos jurídicos del auto, el juez Navarro asegura que en su resolución anterior, en ningún momento desconoció el derecho al secreto profesional que, en línea con una reciente sentencia del Tribunal Constitucional de la que fue ponente Francisco Tomás y Valiente, considera relacionado esencialmente "con los valores superiores de nuestro ordenamiento jurídico, singularmente con la libertad y el pluralismo político".

El magistrado razona asimismo que el derecho al secreto profesional "es complemento necesario del derecho a una información veraz", por lo que estima que el periodista está obligado "a comprobar la credibilidad, la sinceridad o la fuerza documental de quien le da determinadas noticias". Añade que ambos directores pudieron incurrir en negligencia "al no exigir pruebas de la veracidad de la información a su confidente o confidentes".

Intoxicación informativa

Razona el magistrado que si las aún anónimas "fuentes policiales", en verdad "entendían conveniente o útil para los intereses colectivos la información en cuestión, y si en verdad tenían suficientes elementos en que fundamentar la veracidad de tal información, contaban, evidentemente, con los medios necesarios para, sin tener que recurrir a su confidencial comunicación a las agencias, difundirla por sí mismas". Por el contrario, "lo acontecido parece encuadrar el marco de un episodio de intoxicación informativa, y el honor de los ciudadanos, de cualquier ciudadano", dice, "no puede quedar a las expensas de tales intoxicaciones".El auto dictado ayer por el juez Navarro señala que el documento remitido por el director de la Seguridad del Estado y su posterior declaración sumarial (veáse EL PAÍS del pasado 6 de septiembre), "han reforzado, de una parte, la real existencia de 'fuentes policiales', o del Ministerio del Interior, suministradoras de la información y, lo que es más importante", agrega, "han debilitado, hasta eliminarlo prima facie, el animus, voluntad o intención de los procesados de calumniar o difamar al señor Galdeano". En todo caso, rechaza que debieran haber sido procesados, en lugar de los directores, los periodistas que, "a pie de tajo", dice, "trataron la información".

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