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Una sentencia declara nulo el trasvase de trabajadores del Condal a otros bancos

El trasvase de la plantilla de trabajadores del Banco Condal, del grupo Rumasa, a un consorcio de seis bancos es nulo, ya que se realizó de forma irregular y se transgredió la legislación laboral. Así lo ha resuelto la Magistratura de Trabajo número 6 de Barcelona en una reciente sentencia, en la que condena a la entidad extinguida, Banco Condal, en proceso de expropiación, a reincorporar en su plantilla a una empleada.

La resolución judicial hace referencia al caso de Lucía Serra Alvarez, quien el pasado mes de noviembre planteó una demanda ante la Magistratura de Trabajo en la que solicitaba su reincorporación a su antiguo puesto de trabajo en el Banco Condal, y reclamaba que se declarase nulo su traslado al Banco Hispano Americano, efectuado sin que se le notificase y a raíz del proceso de reprivatización de los bancos del grupo Rumasa.

La empleada aseguraba, en su escrito de demanda, que su traslado al Banco Hispano Americano, al igual que los efectuados con los demás trabajadores de la plantilla del Banco Condal era constitutivo de un despido nulo, ya que se había efectuado de forma irregular, sin respetar el procedimiento laboral y transgrediendo todas las normas jurídicas y constitucionales, a pesar de que la Administración dio su beneplácito.

La sentencia afirma también que el Banco Condal, a pesar de haber cerrado al público las oficinas, sigue existiendo como tal, y por consiguiente la empleada "no tiene que aceptar sin más aquella pretendida situación". La resolución acaba ordenando al Banco Condal que readmita a Lucía Serra en las mismas condiciones laborales que ostentaba antes. El abogado Navea ha asegurado que piensa ejercer todo tipo de acciones jurídicas para que se cumpla la sentencia.

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