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Calendario de la declaración de la renta 2023-2024: cuándo empieza, borrador y plazos

La campaña comienza este miércoles 3 de abril y se extenderá hasta el 1 de julio

Campaña declaracion de la Renta 2023
Una empleada trabaja en una oficina de la Agencia Tributaria de Madrid.Marta Fernández Jara (Europa Press)
Pablo Sempere

El inicio de la Campaña de la Renta 2023-2024 ya está aquí. Este miércoles 3 de abril la Agencia Tributaria española pondrá a disposición de todos los contribuyentes el borrador de su declaración, permitiendo desde ese mismo momento la presentación formal mediante el canal telemático. A partir de entonces, dará inicio un calendario con distintas fechas y plazos que culminará el lunes 1 de julio, el último día de la campaña.

El pago del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) se produce siempre a año vencido. Es decir, la campaña que se abona este 2024 tomará como referencia los ingresos obtenidos por los contribuyentes a lo largo de 2023, ya sean rendimientos del trabajo o rendimientos del capital o de actividades económicas, entre otros. Como es habitual, la Agencia Tributaria tiene en cuenta aspectos como el volumen de renta, la situación familiar y personal del contribuyente o el número de pagadores.

Todo comienza con el primer borrador que el Ministerio de Hacienda pone a disposición de los obligados tributarios, en el que aparecen todos los datos fiscales que el organismo tiene en su base y sobre el que se puede trabajar para añadir información y partidas que den derecho a las correspondientes deducciones y rebajas. Desde este martes, los contribuyentes pueden consultar sus datos fiscales. Y, desde hace ya unos días, la Agencia Tributaria también permite obtener el número de referencia que posteriormente servirá para descargar el documento y, a partir de entonces, decidir mediante qué canal se liquidará el impuesto. En función de eso, habrá que tener en cuenta unas fechas u otras.

Calendario principal

Los contribuyentes que deseen ser atendidos por la Agencia Tributaria, tanto por teléfono como por el canal presencial, tienen que concertar previamente cita. Esta se puede pedir por internet, en la propia página web de la agencia, o llamando a los teléfonos habilitados para ello y que se recogen en el calendario que ha habilitado la agencia.

En todos los casos, la declaración del IRPF se tiene que presentar por medios electrónicos. Si el contribuyente opta por el programa Renta Web o por la aplicación móvil, el proceso es automático. Si, por el contrario, acude a los servicios de asistencia para que se le confeccione la declaración por teléfono o presencialmente, la presentación final también tendrá que ser electrónica.

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Sobre la firma

Pablo Sempere
Es redactor en la sección de Economía de CINCO DÍAS y EL PAÍS y está especializado en Hacienda. Escribe habitualmente de fiscalidad, finanzas públicas y financiación autonómica. Es graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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